Título de Concesión otorgado en favor de la empresa Inmuebles y Construcciones Vizcaya, S.A. de C.V., para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en una zona marítima operacional no exclusiva, para la construcción y operación de una marina de uso particular, localizada en el Fraccionamiento Las Playas, Municipio de Acapulco, en el Estado de Guerrero

DOF, 11 de Agosto de 2011Poder Ejecutivo › Secretaria de Comunicaciones y Transportes

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Título de Concesión otorgado en favor de la empresa Inmuebles y Construcciones Vizcaya, S.A. de C.V., para usar y aprovechar bienes de dominio público de la Federación, consistentes en una zona marítima operacional no exclusiva, para la construcción y operación de una marina de uso particular, localizada en el Fraccionamiento Las Playas, Municipio de Acapulco, en el Estado de Guerrero

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes. TITULO DE CONCESION QUE OTORGA EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DEL TITULAR DE LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, EL LIC. DIONISIO ARTURO PEREZ-JACOME FRISCIONE, EN FAVOR DE LA EMPRESA INMUEBLES Y CONSTRUCCIONES VIZCAYA, S.A. DE C.V., POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE LEGAL, EL C. JORGE LUIS MORALES AGATON, EN LO SUCESIVO "LA SECRETARIA" Y "LA CONCESIONARIA", RESPECTIVAMENTE, PARA USAR, Y APROVECHAR BIENES DE DOMINIO PUBLICO DE LA FEDERACION, CONSISTENTES EN UNA ZONA MARITIMA OPERACIONAL NO EXCLUSIVA, PARA LA CONSTRUCCION Y OPERACION DE UNA MARINA DE USO PARTICULAR, LOCALIZADA EN EL FRACCIONAMIENTO LAS PLAYAS, MUNICIPIO DE ACAPULCO, EN EL ESTADO DE GUERRERO, AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

I. Constitución.- "La Concesionaria" acreditó ante "La Secretaría" estar constituida conforme a la Ley General de Sociedades Mercantiles, según consta en la copia certificada de la Escritura Pública No. 62,092 de fecha 10 de octubre de 2003, otorgada ante la fe del Notario Público No. 7 del Distrito Judicial de Tabares de la Ciudad y Puerto de Acapulco en el Estado de Guerrero, el Lic. David Muñoz Rosas, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Guerrero, el día 8 de diciembre de 2003, con el folio mercantil No. 309 y encontrarse inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes con la clave ICV630206GV0, documento que se agrega como Anexo Uno.

II. Representante Legal.- El C.P. Jorge Luis Morales Agatón, es representante legal de "La Concesionaria" y tiene capacidad y facultades para aceptar y suscribir en su nombre el presente instrumento, como aparece en la copia certificada de la Escritura Pública No. 65,528 de fecha 27 de enero de 2006, otorgada ante la fe del Notario Público No. 7 del Distrito Judicial de Tabares de la Ciudad y Puerto de Acapulco en el Estado de Guerrero, el Lic. David Muñoz Rosas, documento que se agrega como Anexo Dos.

III. Domicilio.- "La Concesionaria" señala como su domicilio, el ubicado en Avenida del Tanque No. 407, Fraccionamiento Hornos Insurgentes, C.P. 39350 en el Municipio de Acapulco, Estado de Guerrero, y en el área concesionada.

IV. Terrenos colindantes.- "La Concesionaria" se encuentra en el supuesto jurídico del último párrafo del artículo 24 de la Ley de Puertos, toda vez que acreditó la propiedad del lote de terreno y construcciones que existen en el marcado con el número nueve de la Avenida de la Aguada, así c...

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