Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Tabasco, que tiene por objeto que la Secretaría asigne recursos a la entidad para cubrir el equivalente al 70 por ciento del costo del proyecto preventivo denominado Centros Regionales de Prevención, Atención de Emergencias y Capacitación en Protección Civil

Fecha de disposición01 Marzo 2010
Fecha de publicación01 Marzo 2010
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO DEL RAMO, LIC. FERNANDO FRANCISCO GOMEZ MONT URUETA, ASISTIDO POR EL OFICIAL MAYOR DEL RAMO, LIC. MANUEL RODRIGUEZ ARREGUI Y POR LA COORDINADORA GENERAL DE PROTECCION CIVIL, LIC. LAURA GURZA JAIDAR; Y POR OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TABASCO POR CONDUCTO DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE TABASCO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL ESTADO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, QUIM. ANDRES RAFAEL GRANIER MELO, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. HUMBERTO DOMINGO MAYANS CANABAL, CON LA COMPARECENCIA DEL SECRETARIO DE SEGURIDAD PUBLICA, C. SERGIO LOPEZ URIBE, DEL SECRETARIO DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, L.C.P. JOSE MANUEL SAIZ PINEDA, DEL SECRETARIO DE ASENTAMIENTOS Y OBRAS PUBLICAS, ING. HECTOR MANUEL LOPEZ PERALTA, DEL SECRETARIO DE CONTRALORIA, C.P. ROGER S. PEREZ EVOLI, DE LA CONSEJERIA JURIDICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO, LIC. MIGUEL ALBERTO ROMERO PEREZ Y DE LA DIRECCION GENERAL DE PROTECCION CIVIL, ING. ROBERTO ANTONIO LOPEZ ROMERO, QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA ACTUANDO CONJUNTAMENTE COMO LAS "PARTES", DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece que el Ejecutivo Federal para el cumplimiento de los objetivos y la atención de las prioridades nacionales, los programas sectoriales, institucionales, regionales y especiales atenderá como tema prioritario para el desarrollo nacional, el de protección civil, concretamente en una primera perspectiva hacia el avance de la seguridad, el principio de la prevención y atención de desastres.

La Protección Civil constituye un elemento fundamental de nuestra organización social y de congruencia con la sociedad, y significa una tarea indispensable, consciente, propositiva, global y planificada para proteger y conservar al individuo y a la sociedad.

En términos de la Ley General de Protección Civil, el Sistema Nacional de Protección Civil es un conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y entidades del sector público entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos voluntarios, sociales, privados y con las autoridades de las entidades federativas, los municipios u órganos político administrativos, a fin de efectuar acciones coordinadas, destinadas a la protección de la población, contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre.

Es objetivo del Sistema Nacional de Protección Civil, proteger a la persona y a la sociedad ante la eventualidad de un desastre, provocado por agentes naturales o humanos, a través de acciones que reduzcan o eliminen la pérdida de vidas, la afectación de la planta productiva, la destrucción de bienes materiales y el daño a la naturaleza, así como la interrupción de las funciones esenciales de la sociedad.

El 13 de junio de 2003, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se reforman los artículos 3o. y 4o. de la Ley General de Protección Civil, el cual tuvo como objeto principal, que se incluyera en el Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año, el Fondo para la Prevención de Desastres, estableciendo los montos para la operación de cada uno de ellos, conforme a las disposiciones aplicables, cuya coordinación sería responsabilidad de "LA SECRETARIA".

El 15 de agosto de 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo que establece las Reglas del Fondo para la Prevención de Desastres Naturales "REGLAS", el cual tiene como finalidad proporcionar recursos tanto a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal como a las entidades federativas, destinados a la realización de acciones y mecanismos tendientes a reducir riesgos, así como evitar o disminuir los efectos del impacto destructivo de los fenómenos naturales sobre la vida y bienes de la población, los servicios públicos y el medio ambiente.

Mediante oficio s/n, del 10 de marzo de 2008, el Quím. Andrés Rafael Granier Melo, Gobernador del Estado de Tabasco, solicitó el apoyo con cargo a los recursos del Fondo para la Prevención de Desastres Naturales (FOPREDEN), para ejecutar el Proyecto Preventivo denominado "Centros Regionales de Prevención, Atención de Emergencias y Capacitación de Protección Civil", para el ejercicio fiscal 2009.

Esa solicitud contemplaba la coparticipación siguiente:

Coparticipación Estatal Coparticipación FOPREDEN Total del Proyecto
$56'669,293.20 $132'228,350.80 $188'897,644.00

A través del oficio CGPC/452/2008, del 25 de marzo de 2008, se notificó al Director General de Protección Civil del Estado de Tabasco, en su carácter de responsable designado para el seguimiento del proyecto, que la solicitud presentada junto con sus anexos correspondientes sería sometido a consideración del Comité Técnico Científico, (CTC) a efecto de que se valorara la viabilidad técnica del mismo, situación que tuvo verificativo con el oficio CGPC/533/2008, del 4 de abril de 2008 (Artículo 16 de las Reglas).

En respuesta a lo anterior, por oficio H00-D.M./048-5/2008, del 12 de mayo de 2008, el Director de Instrumentación y Cómputo del Centro Nacional de Prevención de Desastres y Presidente del Comité Técnico Científico del FOPREDEN, comunica que para poder considerar el proyecto como viable, los miembros del CTC, requieren una exposición oral por parte del solicitante, así como un planteamiento que tome en consideración las deficiencias expuestas por ese órgano colegiado (Artículo 11 de las Reglas).

Dichos requerimientos se notificaron al solicitante mediante oficios CGPC/945/2008 y DGF/DGAC/DN/210/2008, del 2 y 6 de junio de 2008, respectivamente.

Por otra parte, con oficio DGF/DGAC/DN/300/2008, del 4 de julio de 2008, se hace del conocimiento de la Dirección General de Protección Civil del Estado de Tabasco, el Acuerdo CE/2008/3a. EXT/27-jun-08/05, tomado por el Consejo de Evaluación del FOPREDEN, en su Tercera Sesión Extraordinaria del 27 de junio del 2008, a través del cual se resuelve extender el plazo señalado por las Reglas en los artículos 16 y 17, lo anterior con el propósito de ampliar la oportunidad para que los solicitantes solventen los elementos de valoración requeridos por el CTC.

Con base en la presentación oral y la información adicional proporcionada por el solicitante, el CTC emite dictamen final considerando al proyecto como favorable, sujetándolo al cumplimiento de diversas condiciones y recomendaciones al proyecto, lo cual fue notificado con oficio H00-D.M./070-6/2008, del 15 de julio de 2008.

Posteriormente, el solicitante mediante oficio SSP/DGPC/DPyCS/777/2008 de fecha 4 de agosto de 2008, remite diversa información adicional respecto del proyecto preventivo antes mencionado, la cual fue enviada al CTC para su opinión técnica correspondiente, con oficio DGF/DGAC/DN/438/2008, del 7 de agosto de 2008.

En tal virtud, el Consejo de Evaluación del FOPREDEN, en su Cuarta Sesión Extraordinaria, celebrada el día 6 de agosto de 2008, mediante Acuerdo CE/2008/4a. EXT/06-AGO-08/26, determinó el proyecto como elegible, sujeto a diversas condiciones y recomendaciones que se debían de atender antes del 30 de noviembre de 2008, así mismo resolvió incluir la cantidad de $132'228,350.80 (ciento treinta y dos millones doscientos veintiocho mil trescientos cincuenta pesos 80/100 M.N.) en el monto global de recursos requeridos a la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, para que ésta determinara su viabilidad presupuestaria e incluyera dicha coparticipación en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2009. Situación que fue notificada al solicitante mediante oficio DGF/DGAC/DN/494/2008, del 4 de septiembre de 2008.

En cumplimiento a lo ordenado mediante acuerdo CE/2008/3a ORD/20-OCT-08/01, dictado por el Consejo de Evaluación del FOPREDEN en su Tercera Sesión Ordinaria del 20 de octubre de 2008, por oficio DGF/DGAC/DN/806/2008, del 10 de noviembre de 2008, se requiere al solicitante el cumplimiento de las condiciones impuestas por ese órgano colegiado, esto con la finalidad de que dicho proyecto se encuentre en posibilidades de continuar con el procedimiento de acceso a los recursos del FOPREDEN.

Así pues, el solicitante por oficio SSP/DGPC/DPyCS/1510/2008, del 26 de noviembre de 2008, remite diversa documentación con el fin de solventar las condiciones impuestas por el Consejo de Evaluación del FOPREDEN, información que fue envida al CTC con el propósito de contar con la opinión técnica correspondiente, a través del oficio DGF/DGAC/DN/869/2008, de fecha 1 de diciembre de 2008.

Con oficio H00-D.M./136-5/2008, del 10 de diciembre de 2008, se notifica la opinión técnica emitida por el CTC, misma que contiene diversas...

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