Convenio de Coordinación para conjuntar esfuerzos y recursos para fomentar la creación, modernización, eficiencia, consolidación, competitividad y sustentabilidad de las empresas del sector abasto en el Estado de Morelos, que celebran la Secretaría de Economía y dicha entidad federativa

Fecha de disposición24 Agosto 2012
Fecha de publicación24 Agosto 2012
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. CONVENIO DE COORDINACION PARA CONJUNTAR ESFUERZOS Y RECURSOS PARA FOMENTAR LA CREACION, MODERNIZACION, EFICIENCIA, CONSOLIDACION, COMPETITIVIDAD Y SUSTENTABILIDAD DE LAS EMPRESAS DEL SECTOR ABASTO EN EL ESTADO DE MORELOS, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, EL PODER EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA, REPRESENTADA POR EL LIC. MIGUEL MARON MANZUR, SUBSECRETARIO PARA LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, ASISTIDO POR EL ING. MARIO SERGIO LOPEZ SALAZAR, DIRECTOR DE DESARROLLO SECTORIAL, POR FALTA DE DESIGNACION DE DIRECTOR DE DESARROLLO EMPRESARIAL Y OPORTUNIDADES DE NEGOCIO; Y POR LA OTRA PARTE EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR LOS SECRETARIOS DE FINANZAS Y PLANEACION, C.P. ALFREDO JAIME DE LA TORRE, DE DESARROLLO ECONOMICO, DR. RAFAEL TAMAYO FLORES Y DE LA CONTRALORIA, C.P. MARTHA PATRICIA ALEGRIA LOYOLA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA EN EL ORDEN INDICADO COMO "LA SECRETARIA" Y "EL GOBIERNO DEL ESTADO", A QUIENES CONJUNTAMENTE SERAN DENOMINADOS COMO LAS PARTES, SUJETANDOSE AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

  1. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece en su artículo 25 que corresponde al Estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que éste sea integral y sustentable, mediante el fomento del crecimiento económico. Asimismo, impone al Estado el fomento de las actividades que demande el interés general y la concurrencia al desarrollo económico nacional, con responsabilidad social, de los sectores: público, privado y social.

  2. El Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, establece que el objetivo de la política económica de la presente administración, es lograr mayores niveles de competitividad y de generar más y mejores empleos para la población, lo que es fundamental para el desarrollo humano sustentable; que los individuos cuenten en nuestro país con mayores capacidades, y que México se inserte eficazmente en la economía global, a través de mayores niveles de competitividad y de un mercado interno cada vez más vigoroso, así como elevar la competitividad y lograr mayores niveles de inversión en diferentes ámbitos que nos permitan crear los empleos que demanda este sector de la población.

  3. El Programa Sectorial de Economía 2007-2012 establece como uno de sus Objetivos Rectores, mejorar la eficiencia y la competitividad de los servicios logísticos del país. En el ámbito de sus respectivas atribuciones, distintas dependencias, incluida la Secretaría de Economía trabajarán para que se favorezca la promoción de México como una mejor ubicación geográfica (hub logístico) del continente americano; se impulsará el desarrollo de Corredores Multimodales para el movimiento de mercancías; así como la implementación de sistemas modernos de inspección, entre otras actividades.

  4. La logística es una función crucial para impulsar la competitividad de la economía mexicana, es prioridad de esta administración impulsar la competitividad para generar más y mejores empleos y que ello requiere remover los obstáculos que impiden a las empresas y a la economía en su conjunto crecer de manera acelerada.

  5. Las empresas en México tienen que competir a nivel global en condiciones de igualdad con los trabajadores y las empresas de las diferentes naciones. Para ello, el gobierno se ha propuesto establecer un entorno que permita que las inversiones y los empleos se concreten en el país.

  6. La Secretaría de Economía ha diseñado en coordinación con representantes de los ámbitos logístico y del abasto, la Academia y diversas dependencias del Gobierno Federal, el Programa de Competitividad en logística y Centrales de Abasto, en lo sucesivo el PROLOGYCA.

  7. El PROLOGYCA, es una estrategia institucional del Gobierno Federal para impulsar el desarrollo de la logística, el abasto y los servicios relacionados, tanto por el lado de la oferta, como por el lado de la demanda y posicionar a México como un hub logístico a nivel global en esta actividad económica.

  8. Que el PROLOGYCA tiene como objetivo general, promover el desarrollo económico nacional, a través del otorgamiento de apoyos de carácter temporal a programas y proyectos que fomenten la creación, desarrollo, consolidación, viabilidad, productividad, competitividad y sustentabilidad del ámbito logístico y del abasto.

  9. Con el fin de impulsar íntegramente el desarrollo de las empresas del ámbito logístico y del Sector

Abasto, la Secretaría de Economía, en el ámbito de su competencia y con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 43, 75, 76 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 66, 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181 de su Reglamento; 4, 5 fracción XVI y 31 fracciones II, VI y IX del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, emitió el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Competitividad en Logística y Centrales de Abasto (PROLOGYCA), para el Ejercicio Fiscal 2012, en lo sucesivo REGLAS DE OPERACION, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 23 de diciembre de 2011. El Consejo Directivo del PROLOGYCA, aprobará las solicitudes de apoyo que presente EL GOBIERNO DEL ESTADO, en lo sucesivo LOS PROYECTOS, en términos de las reglas 8, 10, 13, 14, 15, 40 y 41, de las citadas REGLAS DE OPERACION.

DECLARACIONES

  1. LA SECRETARIA DECLARA QUE:

    I.1. Es una Dependencia del Poder Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 2 fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. Conforme a lo establecido en el artículo 34 de la...

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