Convenio de Coordinación para dar cumplimiento al contenido del Anexo 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Estado de Chihuahua

Fecha de disposición31 Mayo 2013
Fecha de publicación31 Mayo 2013
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CONVENIO DE COORDINACION PARA DAR CUMPLIMIENTO AL CONTENIDO DEL ANEXO 30 DEL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, EN LO SUCESIVO "LA SEMARNAT", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL ING. JUAN JOSE GUERRA ABUD, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR LA OFICIAL MAYOR DE "LA SEMARNAT", LA DRA. IRMA ADRIANA GOMEZ CAVAZOS, ASI COMO POR LA DELEGADA FEDERAL DE "LA SEMARNAT" EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA, LIC. BRENDA FRANCISCA RIOS PRIETO, Y POR LA OTRA PARTE, EL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, EN LO SUCESIVO EL "EJECUTIVO ESTATAL", REPRESENTADO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO, EL LIC. CESAR HORACIO DUARTE JAQUEZ, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL C. RAYMUNDO ROMERO MALDONADO, EL ING. JAIME RAMON HERRERA CORRAL Y EL LIC. MANUEL GUILLERMO MARQUEZ LIZALDE EN SUS RESPECTIVOS CARACTERES DE SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, SECRETARIO DE HACIENDA Y SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA, RESPECTIVAMENTE; A QUIENES ACTUANDO EN CONJUNTO SE LES DENOMINARA "LAS PARTES", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013, en el "ANEXO 30. DISTRIBUCION DEL PROGRAMA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES", asigna recursos a 32 entidades federativas por un monto de $1'513,214,598.00 (un mil quinientos trece millones doscientos catorce mil quinientos noventa y ocho pesos 00/100 M.N.).

  2. La Ley de Planeación, establece en su artículo 3o., que la planeación nacional de desarrollo es la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base en el ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la Ley establecen; y que mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.

  3. El Decreto por el que se establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de enero de 2013, establece en su artículo Primero el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE) y dispone que la Cruzada contra el Hambre es una estrategia de inclusión y bienestar social, que se implementará a partir de un proceso participativo de amplio alcance cuyo propósito es conjuntar esfuerzos y recursos de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como de los sectores público, social y privado, y de organismos e instituciones internacionales para el cumplimiento de los objetivos previstos en el propio Decreto.

  4. El Estado debe favorecer y estimular el tránsito de México hacia el desarrollo sustentable, para ello es indispensable el diseño e implementación de políticas ambientales con acciones compartidas entre las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal y los gobiernos estatales y municipales, así como con la participación de los otros Poderes, asegurando que sus efectos sean complementarios y sinérgicos.

  5. A través de ello, se reforzará la integralidad y congruencia de las políticas de desarrollo económico, el bienestar social y el cuidado del ambiente; y se podrán compartir recursos públicos y promover su mayor eficacia y eficiencia.

  6. Asimismo, se busca fortalecer una cultura de equidad de género, que permita fomentar el principio conforme en el cual, mujeres y hombres accedan con justicia e igualdad al uso, control y beneficios de los bienes, servicios, recursos y oportunidades de la Entidad.

    DECLARACIONES

  7. DECLARA "LA SEMARNAT":

    I.1. Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal, integrante de la Administración Pública Federal, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 2o. fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

    I.2. Que de conformidad con lo establecido en las fracciones I, II, V, X, XVII y XXII del artículo 32 Bis de la referida Ley Orgánica le corresponde, entre otros asuntos, el formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; vigilar y estimular en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas de su competencia; promover la participación social en la formulación, aplicación y vigilancia de la política ambiental y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente; así como coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de recursos naturales.

    I.3. Que de conformidad a lo establecido en los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, su Titular, el C. Ing. Juan José Guerra Abud, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio de Coordinación.

    I.4. Que le asiste en la firma del presente Instrumento jurídico, la Oficial Mayor de esta Secretaría, quien de conformidad con lo previsto en los artículos 10, fracciones IX y XXXI, y 35, fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, cuenta con facultades para suscribir el presente Convenio y dentro de su respectiva competencia es responsable de instrumentar, realizar o gestionar, según corresponda, los actos y procedimientos presupuestales que deban llevar a cabo las unidades responsables del Sector.

    I.5. Que le asiste en la firma del presente Instrumento jurídico, la Delegada Federal de "LA SEMARNAT" en el Estado de Chihuahua, quien dentro de su respectiva competencia es responsable de auxiliar a las unidades administrativas centrales de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales en el seguimiento del cumplimiento del presente instrumento jurídico conforme a lo dispuesto en el artículo 40, fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

    I.6. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio de Coordinación señala como su domicilio el ubicado en boulevard Adolfo Ruiz Cortines 4209, Jardines en la Montaña, código postal 14210, Tlalpan, Ciudad de México, D.F.

  8. DECLARA EL "EJECUTIVO ESTATAL":

    II.1. Que el Estado de Chihuahua es una entidad libre y soberana que forma parte integrante de la Federación, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 41 primer párrafo, 42, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y los artículos 1o., 2o., 30, 31, 93 fracción XLI y 97 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, cuyo Poder Ejecutivo lo ejerce el Gobernador del Estado, quien puede suscribir convenios y contratos en nombre del mismo, asistido del Secretario General de Gobierno con la participación de los titulares de las dependencias a las que el asunto corresponda.

    II.2. Que el Titular del Ejecutivo Estatal, Lic. César Horacio Duarte Jáquez, acredita su personalidad como Gobernador Constitucional del Estado, mediante Decreto número 1136/2010 XI P.E, expedido por el H. Congreso del Estado, publicado el día 11 de agosto de 2010 en el Periódico Oficial del Estado, que declaró válidas las elecciones para Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, que se efectuaron el día 4 de julio de 2010 y de las que resultó electo para el periodo comprendido del 4 de...

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