Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Chiapas, para contribuir a la constitución del Registro Nacional de Poderes Notariales y aprovechar la información contenida en el mismo

Fecha de disposición05 Junio 2009
Fecha de publicación05 Junio 2009
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. CONVENIO DE COORDINACION QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, A TRAVES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LIC. CARLOS MARIA ABASCAL CARRANZA, CON LA PARTICIPACION DEL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS Y DERECHOS HUMANOS, LIC. PABLO MUÑOZ Y ROJAS, Y DEL DIRECTOR GENERAL DE COMPILACION Y CONSULTA DEL ORDEN JURIDICO NACIONAL, DR. EDUARDO CASTELLANOS HERNANDEZ Y, POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR, PABLO SALAZAR MENDIGUCHIA, CON LA PARTICIPACION DEL SECRETARIO DE GOBIERNO, ROGER GRAJALES GONZALEZ Y DEL DIRECTOR DE ARCHIVO GENERAL Y NOTARIAS DEL ESTADO, FERNANDO RODRIGUEZ NARVAEZ; Y COMO TESTIGOS DE HONOR EL LIC. DAVID FIGUEROA MARQUEZ, PRESIDENTE DE LA ASOCIACION NACIONAL DEL NOTARIADO MEXICANO, A.C. Y EL LIC. OSCAR GABRIEL ESQUINCA CAMACHO, PRESIDENTE DEL CONSEJO ESTATAL DE NOTARIOS DEL ESTADO DE CHIAPAS, PARA CONTRIBUIR A LA CONSTITUCION DEL REGISTRO NACIONAL DE PODERES NOTARIALES Y APROVECHAR LA INFORMACION CONTENIDA EN EL MISMO, DE CONFORMIDAD CON LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

La gobernabilidad democrática del país, entraña necesariamente la colaboración y coordinación intergubernamental y con la sociedad civil organizada en su colegiación profesional. Esta colaboración y coordinación se significa por la creación de nuevos servicios públicos que contribuyen a la certeza y seguridad jurídica.

Con el propósito de contribuir a la certeza y seguridad jurídica en materia de derecho sucesorio en nuestro sistema federal de gobierno, "LA SECRETARIA" y "EL GOBIERNO DEL ESTADO" suscribieron un convenio de coordinación para constituir el Registro Nacional de Avisos de Testamento, mismo que fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de febrero de 2003.

El 23 de enero de 2004, empezó a funcionar la base de datos nacional del Registro Nacional de Avisos de Testamento, el cual expide de manera automática y por vía electrónica, a solicitud fundada y motivada de la autoridad competente de las entidades federativas, un reporte de búsqueda nacional del aviso o avisos de testamento que hubiese otorgado el autor de una sucesión.

Conforme a la cláusula quinta del convenio de referencia, el Consejo Consultivo del Registro Nacional de Avisos de Testamento se integra con servidores públicos de "LA SECRETARIA", de los gobiernos de las entidades federativas y con representantes de la Asociación Nacional del Notariado Mexicano, a efecto de evaluar y dar seguimiento a las acciones que permitan la consolidación de este nuevo servicio público.

El Consejo Consultivo del Registro Nacional de Avisos de Testamento ha dado origen a las propuestas de reforma legislativa local que "LA SECRETARIA" ha puesto a consideración de los gobiernos de las entidades federativas, de conformidad con lo previsto en las cláusulas segunda y cuarta de dicho Convenio.

A partir de esta experiencia de colaboración y coordinación intergubernamental y con la Asociación Nacional del Notariado Mexicano, se ha analizado la conveniencia de aprovechar las nuevas tecnologías de la información para contribuir igualmente a la certeza y seguridad jurídica en el caso del otorgamiento o revocación de los poderes generales y especiales notariales por personas físicas y personas morales que no tengan actividad mercantil.

El poder notarial es el documento eficaz, formulado ante la fe de un notario público, mediante el cual una persona con capacidad legal otorga su potestad a otra para que ésta efectúe los actos jurídicos que en él se establecen. Sin embargo, la carencia de información actualizada y precisa con respecto a la vigencia del mandato jurídico en escritura pública trae como consecuencia inseguridad, incertidumbre e incluso falsificaciones.

"LA SECRETARIA" y la Asociación Nacional del Notariado Mexicano propusieron a los integrantes del Consejo Consultivo del Registro Nacional de Avisos de Testamento, durante la reunión de este órgano celebrada el 8 de diciembre de 2005, en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, la creación de un Registro Nacional de Poderes Notariales que administre una base de datos nacional para coadyuvar a la certeza y seguridad en el intercambio jurídico sustentado en dichos instrumentos notariales.

El Registro Nacional de Poderes Notariales es una respuesta del Gobierno Federal y de los gobiernos de las entidades federativas, para atender la problemática planteada. Este nuevo servicio público consistirá en una base de datos nacional con la información de los poderes otorgados por personas físicas y personas morales que no tengan actividad mercantil, ante notario público en las 32 entidades federativas y ante Cónsul Mexicano en el extranjero, mediante un programa informático central interconectado con las oficinas de los Archivos de Notarías.

A través del programa informático se realizarán la captura, almacenamiento, custodia, consulta, verificación, administración y transmisión de la información en materia de poderes notariales otorgados por personas físicas y personas morales que no tengan actividad mercantil. La operación se efectuará únicamente por vía electrónica. Los notarios públicos informarán a los Archivos de Notarías de sus respectivas entidades federativas del otorgamiento de poder notarial por personas físicas y personas morales que no tengan actividad mercantil o la revocación total o parcial, en su caso, ante su fe, mediante el aviso único correspondiente, que contenga el tipo de poder, el objeto y alcance para el cual fue dado.

La consulta a la base de datos nacional únicamente se realizará a través de los Archivos de Notarías. Las...

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