Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Nayarit, para fortalecer la infraestructura y equipamiento de las redes de los servicios de salud en la entidad, en particular en las localidades de Los Encinos, Mesa del Nayar, Carrizal de las Vigas y San Isidro

Fecha de disposición20 Octubre 2011
Fecha de publicación20 Octubre 2011
MateriaDerecho Mercantil y de la Empresa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Nayarit, para fortalecer la infraestructura y equipamiento de las redes de los servicios de salud en la entidad, en particular en las localidades de Los Encinos, Mesa del Nayar, Carrizal de las Vigas y San Isidro. CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MAKI ESTHER ORTIZ DOMINGUEZ, SUBSECRETARIA DE INTEGRACION Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, ASISTIDA POR EL DR. FRANCISCO JOSE BAÑUELOS TELLEZ, DIRECTOR GENERAL DE PLANEACION Y DESARROLLO EN SALUD (DGPLADES) Y, POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NAYARIT, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL ING. FLORENCIO ROMAN MESSINA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE ADMINISTRACION, Y EL DR. OMAR REYNOZO GALLEGOS, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD ESTATAL Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DE NAYARIT, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES: ANTECEDENTES
  1. Con fecha 29 de febrero de 2008, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud. II. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD", el Secretario de Finanzas (o su equivalente), y la Secretaría de Salud y/o Director General de los Servicios de Salud de Nayarit; y por "LA SECRETARIA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Innovación y Calidad (actualmente la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud), la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/u órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas. III. La presente administración se plantea cinco objetivos en la atención de los retos en salud que enfrenta el país y que se enmarcan dentro de las acciones que contempla el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en el punto 3.2. Salud, en sus numerales siguientes: Objetivo 4. Mejorar las condiciones de salud de la población; Objetivo 5. Prestar servicios de salud con calidad y seguridad; Objetivo 6. Reducir las desigualdades en salud mediante intervenciones focalizadas en grupos vulnerables y comunidades marginadas; Objetivo 7. Evitar el empobrecimiento de la población por motivos de salud, y el Objetivo 8. Garantizar que la salud contribuya al combate a la pobreza y al desarrollo del país. Que dentro de la estrategia 5.3 del Plan Nacional de Desarrollo se ha establecido en materia de infraestructura física en salud, que consolidará la red de servicios de atención a la salud e implementará un programa nacional de conservación y mantenimiento de la infraestructura en salud, así como el desarrollo de infraestructura para especialidades médicas. IV. Que el Gobierno Federal ha establecido dentro de la Estrategia 10 del Programa Nacional de Salud 2007-2012 "Apoyar la prestación de servicios de salud", mediante el desarrollo de la infraestructura y el equipamiento necesarios, buscando contribuir a lograr elevar el nivel de salud de la población, reducir las desigualdades en salud con servicios de calidad y seguridad, impulsar la dignificación y mantenimiento de la infraestructura y equipo de las unidades de salud. V. Que en fecha 6 de septiembre de 2010, la Secretaría de Salud, a través de la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, suscribieron el Convenio de Colaboración con el objeto de implementar las acciones necesarias para el desarrollo y fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento de las Redes de Servicios de Salud en los municipios con menor índice de desarrollo humano, con el cual apoyarán los proyectos de infraestructura en salud que darán servicio a la población de alta y muy alta marginación, preferentemente con población indígena. Por lo que derivado del citado Convenio de Colaboración, la Secretaría de Salud recibirá de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas recursos al Ramo 12 con cargo a su presupuesto, para ser transferidos a las entidades federativas beneficiadas que se detallan en el Anexo 2 del Convenio de Colaboración, a través de Convenios Específicos en Materia de Transferencia de Recursos que se suscriban con cada una de las entidades federativas, de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Primera del Acuerdo Marco de Colaboración, citado en el Antecedente II del presente instrumento. VI. Que por Oficio número DGPOP-08/05995 de fecha 1 de octubre del año 2010, la Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto de la Secretaría de Salud, comunica el registro de la ampliación presupuestaria No. 632, para el fortalecimiento de la infraestructura y equipamiento de las redes de servicios de salud, en los municipios con menor índice de desarrollo humano, para la población de alta marginación, preferentemente indígena, con una asignación de $9,222,000.00 (nueve millones doscientos veintidós mil pesos 00/100 M.N.), registrado con el folio número 2010-6-AYB-2408, por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al Estado de Nayarit. DECLARACIONES

  2. De "LA SECRETARIA": 1. Que la Dra. Maki Esther Ortiz Domínguez, en su carácter de Subsecretaria de Integración y Desarrollo del Sector Salud (Subsecretaria de Innovación y Calidad), tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 8 fracción XVI y 9 fracciones II, IV, V, VIII, IX y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO". 2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud (DGPLADES), se encuentran las de diseñar, desarrollar e implantar instrumentos para la innovación y la modernización del Sistema Nacional de Salud, fortaleciendo la función rectora y de coordinación de "LA SECRETARIA" con las unidades que lo conforman o que en él participan, vigilando permanentemente en ello el cumplimiento de las políticas y estrategias en materia de equidad, así como coordinar el análisis de la oferta, demanda, necesidades y oportunidades de los servicios de salud para el diseño y desarrollo de propuestas innovadoras, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 fracciones I, II, III, V, VIII, X y XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud. 3. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento. 4. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en el número 7 (siete) la calle de Lieja, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06696, en México, Distrito Federal. II. De "LA ENTIDAD": 1. Que el Secretario de Administración, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con el nombramiento de que fue objeto por el Gobernador Constitucional del Estado, y de acuerdo con los artículos 1, 4, 17, 30, 31 fracciones VI y XXV, y 41 Quater de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit, y artículo 4 del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración; cargo que se acredita debidamente con la copia del nombramiento que se adjunta al presente Convenio Específico. 2. Que el Secretario de Salud Estatal y Director General de los Servicios de Salud de Nayarit, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 15 y 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; 1, 3 y 12 fracción VI de la Ley de Salud para el Estado de Nayarit; 11, fracción XII, del Decreto 7979, publicado en el Periódico Oficial, el 31 de agosto de 1996 y 20, fracción V, del Reglamento Interior de los Servicios de Salud de Nayarit, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO". 3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son implementar las acciones que permitan coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que le permitan fortalecer la infraestructura y equipamiento de las redes de los servicios de salud en el Estado. 4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio legal el ubicado en calle Dr. Gustavo Baz número 33, Fraccionamiento Fray Junípero Serra, C.P. 63169, de la ciudad de Tepic, Nayarit. Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables...

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