Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Campeche, para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios

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CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Campeche, para fortalecer la ejecución y desarrollo del Programa y Proyectos Federales de Protección contra Riesgos Sanitarios, así como el fortalecimiento de la Red Nacional de Laboratorios. CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LIC. MIKEL ANDONI ARRIOLA PEÑALOSA, TITULAR DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS, ASISTIDO POR EL LIC. CARLOS RAÚL ALATORRE VALLARINO, SECRETARIO GENERAL DE LA COMISIÓN FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS Y, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO DE CAMPECHE, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL C.P. TIRSO AGUSTÍN RODRÍGUEZ DE LA GALA GÓMEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS; Y LA C. ALICIA DE FÁTIMA CRISANTY VILLARINO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE LA CONTRALORÍA Y EL DR. ALFONSO COBOS TOLEDO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SERVICIOS DESCENTRALIZADOS DE SALUD PÚBLICA DEL ESTADO DE CAMPECHE, CON LA ASISTENCIA DEL DR. JULIO CÉSAR GRANADOS CANTO, COMISIONADO PARA LA PROTECCIÓN CONTRA RIESGOS SANITARIOS DEL ESTADO DE CAMPECHE (COPRISCAM), CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 17 de julio de 2012, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD", el Secretario de Finanzas y la Secretaria de la Contraloría y el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche; y por "LA SECRETARÍA", el Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, asistido por el Secretario General de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

    DECLARACIONES

  3. De "LA SECRETARÍA":

    1. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios es un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Salud, con autonomía técnica, administrativa y operativa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 bis y 17 bis 1 de la Ley General de Salud, 1, 2, 3 y 10 del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, cuyo objeto es el ejercicio de las atribuciones en materia de regulación, control y fomento sanitarios conforme a la Ley General de Salud.

    2. Que su representante, en su carácter de Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio Específico, según se desprende de lo previsto en los artículos 17 bis y 17 bis 1, de la Ley General de Salud; 1, 2 inciso C, fracción X, 3, 6, 36 y 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; 10, fracciones XVI y XVII del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 1 de marzo de 2011, expedido por el Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.

    3. Que dentro de las funciones del Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, se encuentran las de representar al órgano de que se trate, con facultades para celebrar los actos jurídicos, convenios que requieran para el ejercicio de las atribuciones del órgano respectivo, participar, en el ámbito de su competencia, en los mecanismos de coordinación y concertación que se establezcan con las autoridades federales, estatales y municipales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    4. Que la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios tiene conferidas, entre otras

      facultades, la de efectuar la evaluación de riesgos a la salud en las materias de su competencia; instrumentar la política nacional de protección contra riesgos sanitarios en materia de medicamentos, insumos para la salud y sustancias tóxicas o peligrosas para la salud; ejercer el control y la vigilancia sanitaria de los productos señalados, de las actividades relacionadas con éstos y de los establecimientos destinados al proceso de dichos productos; evaluar, expedir o revocar las autorizaciones de los productos citados y de los actos de autoridad que para la regulación, en el control y fomento sanitario se establecen o deriven de la Ley General de Salud, así como imponer sanciones y aplicar medidas de seguridad, en las materias de su competencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 17 bis de la Ley General de Salud y 3, fracciones I, VII y X del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

    5. Que el Secretario General, participa en la suscripción del presente Convenio Específico en términos del artículo 19, fracción XV, del Reglamento de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.

    6. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    7. Que existe aprobado el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013.

    8. Que para efectos del presente Convenio Específico señala como domicilio el ubicado en calle Oklahoma número 14, colonia Nápoles, Delegación Benito Juárez, código postal 03810, México, Distrito Federal.

  4. Declara "LA ENTIDAD":

    1. Que el Secretario de Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción III y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    2. Que la Secretaria de la Contraloría, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción IV y 28 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche, y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 2 de octubre de 2012, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado, Fernando Eutimio Ortega Bernés, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.

    3. Que el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Servicios Descentralizados de Salud Pública del Estado de Campeche, asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 16, fracción XI y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Campeche; 9 fracción I del Acuerdo del Ejecutivo del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Campeche el 9 de septiembre de 1996, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    4. Que el Comisionado de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Campeche (COPRISCAM), participa en la suscripción del presente instrumento, de conformidad con los artículos 4o. y 7o., fracción XX del Acuerdo del Ejecutivo del Estado de Campeche, por el que se crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Campeche (COPRISCAM), y acredita su cargo mediante nombramiento de fecha 16 de abril de 2012, expedido por el Gobernador Constitucional del Estado de Campeche, Lic. Fernando Eutimio Ortega Bernés, mismo que en copia fotostática simple se adjunta al presente instrumento, para formar parte integrante de su contexto.

    5. Que dentro de las funciones de la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Campeche, se encuentran las de suscribir contratos, convenios, acuerdos y documentos relativos al ejercicio de sus funciones y de aquellas que le han sido conferidas por delegación o que le correspondan por suplencia, con plenas facultades, de conformidad con lo establecido en el artículo 7, fracción XIV del Acuerdo del Ejecutivo del Estado de Campeche, por el que se crea la Comisión para la Protección contra Riesgos Sanitarios del Estado de Campeche (COPRISCAM), publicado el 28 de julio del 2004 en el Periódico Oficial del Estado de Campeche.

    6. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son el fortalecimiento de la ejecución y desarrollo del programa y proyectos federales de protección contra riesgos sanitarios, así como el fortalecimiento de la red nacional de laboratorios.

    7. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio Específico señala como su domicilio el ubicado en la Calle 10 No. 286-A, Barrio de San Román, C.P. 24040, de la Ciudad de San Francisco de Campeche, Campeche.

    Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y...

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