Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla, que tiene por objeto transferir recursos presupuestales que permitan a la entidad la aplicación del XXXVII Examen Nacional de Aspirantes a Residencias Médicas (ENARM)

Fecha de disposición10 Octubre 2013
Fecha de publicación10 Octubre 2013
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

CONVENIO Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Puebla, que tiene por objeto transferir recursos presupuestales que permitan a la entidad la aplicación del XXXVII Examen Nacional de Aspirantes a Residencias Médicas (ENARM). CONVENIO ESPECÍFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN Y DESARROLLO DEL SECTOR SALUD, DR. LUIS RUBÉN DURÁN FONTES, ASISTIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DE CALIDAD Y EDUCACIÓN EN SALUD, DR. JOSÉ IGNACIO SANTOS PRECIADO, Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE PUEBLA, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", POR CONDUCTO DEL C. ROBERTO JUAN MOYA CLEMENTE, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN Y EL C. ROBERTO RIVERO TREWARTHA, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, ASISTIDOS POR EL C. JOSÉ MARIO MÁRQUEZ AMEZCUA, EN SU CARÁCTER DE SUBSECRETARIO DE SERVICIOS DE SALUD DE LA SECRETARÍA DE SALUD Y COORDINADOR DE SERVICIOS DE SALUD DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO DE PUEBLA, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 10 de octubre de 2012 "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARÍA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de Salubridad General, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serán transferidos, mediante la suscripción de los instrumentos consensuales específicos correspondientes, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos de los artículos 9o. y 13 apartado B de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la Cláusula Segunda de "EL ACUERDO MARCO", los Convenios Específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD", el Titular de la Secretaría de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla, y el Titular de la Secretaría de Finanzas, actualmente Secretaría de Finanzas y Administración; por "LA SECRETARÍA", la Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, la Comisión Nacional contra las Adicciones por sí mismas, o asistidas por las Unidades Administrativas y/u Órganos Desconcentrados que cada una tiene adscritas.

    DECLARACIONES

  3. De "LA SECRETARÍA":

    I.1. Que con fundamento en los artículos 1, 2, fracción I, 26 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es la autoridad competente para celebrar este instrumento, y que es la autoridad sanitaria y coordinadora del Sistema Nacional de Salud, y por tanto es quien establece y conduce la política nacional en materia de salubridad general, asistencia social y servicios médicos.

    I.2. Que el Dr. Luis Rubén Durán Fontes, en su carácter de Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud, cargo que acredita con la copia fotostática del nombramiento de fecha 16 de diciembre de 2012, que se adjunta al instrumento para formar parte de su contexto, tiene competencia y legitimación para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 2 A fracción I, 8 fracción XVI y 9 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, en relación con lo establecido en el Acuerdo emitido por el Secretario de Salud, mediante el cual se adscriben orgánicamente las unidades de la Secretaría de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 11 de marzo de 2010.

    I.3. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, se

    encuentran las de conducir la política nacional para elevar la calidad de los servicios de atención médica y asistencia social, así como para la formación, capacitación y actualización de los recursos humanos para la salud; normar, controlar y evaluar, en términos de las disposiciones legales aplicables, la asignación de campos clínicos; participar en coordinación con las unidades administrativas competentes, en la elaboración de convenios de colaboración que celebre la Secretaría en materia de Educación en Salud con el Sector Educativo, con organismos nacionales e internacionales, públicos, sociales y privados; participar con las autoridades e instituciones educativas en la definición del perfil del personal profesional y técnico del área de la Salud, así como representar a la Secretaría de Salud ante la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos; llevar a cabo las acciones necesarias para la elaboración y aplicación del Examen Nacional de Residencias Médicas; Informar resultados de las evaluaciones a la Comisión Interinstitucional para la Formación de Recursos Humanos para la Salud, otorgar las constancias; Gestionar recursos para el desarrollo de los programas de la Comisión, ante la Subsecretaría de Administración y Finanzas; de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2 B fracción II, 18, fracciones I, XXI, XXII, XXlll, XXV y XXVI, XXVI Bis 1, XXVI Bis 2 y XXVI Bis 3 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    I.4. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    I.5. Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de Lieja No. 7, primer piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en México, Distrito Federal.

  4. Declara "LA ENTIDAD":

    II.1. Que en términos de lo dispuesto por los artículos 40, 42, fracción I y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 1 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla, es integrante de la Federación.

    II.2. Que las Secretarías de Finanzas y Administración y de Salud son parte integrante de la Administración Pública Centralizada del Estado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 1, 17 fracciones II y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla.

    II.3. Que el Organismo Público Descentralizado denominado Servicios de Salud del Estado de Puebla, es parte integrante de la Administración Pública Paraestatal, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 82 y 83 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla; 3, 50 y 59 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; y 1o. del Decreto de Creación del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla" y 9 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla.

    II.4. Que el Secretario de Finanzas y Administración asiste a la suscripción del presente Convenio Específico, de conformidad con los artículos 3, 10, 11 párrafo segundo, 14, 19 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, artículo Noveno Transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado, que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla, publicado en el Periódico Oficial del Estado el 31 de diciembre de 2012; 3, 4 fracción I, 6 y 8 del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración, y artículos 11 Apartado A fracción IV, 36 y 37 de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Puebla, cargo que se acredita con la copia del nombramiento que se adjunta al presente instrumento para formar parte de su contexto.

    II.5. Que el Secretario de Salud y Director General de los Servicios de Salud del Estado de Puebla suscribe el presente instrumento, de conformidad con los artículos 3, 10, 11 párrafo segundo, 14 párrafo primero, 19, 43, 60 y 61 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 12 y 17 fracción I de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Puebla, 2o., 4o., 5o., 8o. fracción II, y 15 fracción I del Decreto de Creación del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla"; 4 fracción I, 8 y 10 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, 4 fracción II, 9, y 11 fracción XXIII del Reglamento

    Interior del Organismo Público Descentralizado denominado "Servicios de Salud del Estado de Puebla", cargo que se acredita con la copia del nombramiento que se adjunta al presente instrumento para formar parte de su contexto.

    II.6. Que el Subsecretario de Servicios de Salud de la Secretaría de Salud y Coordinador de Servicios de Salud de los Servicios de Salud...

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