Convenio Específico en materia de transferencia de recursos que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Jalisco

Fecha de disposición30 Octubre 2008
Fecha de publicación30 Octubre 2008
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. CONVENIO ESPECIFICO EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE SALUD A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SECRETARIA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA LIC. MARIA EUGENIA DE LEON GARCIA, SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, ASISTIDA POR EL ING. ARTURO PEREZ ESTRADA, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA FISICA (DGDIF), Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE JALISCO, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL MTRO. OSCAR GARCIA MANZANO Y PEREZ MUGICA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE FINANZAS Y EL DR. ALFONZO GUTIERREZ CARRANZA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO DE SALUD ESTATAL Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO SERVICIOS DE SALUD JALISCO, Y EL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO HOSPITAL CIVIL DE GUADALAJARA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DR. JAIME AGUSTIN GONZALEZ ALVAREZ, EN SU CARACTER DE DIRECTOR GENERAL, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 29 de febrero de 2008, "LA ENTIDAD" y "LA SECRETARIA" celebraron el Acuerdo Marco de Coordinación, en lo sucesivo "EL ACUERDO MARCO", con objeto de facilitar la concurrencia en la prestación de servicios en materia de salubridad general, así como para fijar las bases y mecanismos generales a través de los cuales serían transferidos, mediante la suscripción del instrumento específico correspondiente, recursos presupuestarios federales, insumos y bienes a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud.

  2. Que de conformidad con lo establecido en la cláusula segunda de "EL ACUERDO MARCO", los convenios específicos serían suscritos atendiendo al ámbito de competencia que cada uno de ellos determine por "LA ENTIDAD" el Secretario de Finanzas y el Secretario de Salud Estatal y/o el Director General del Instituto y/o el Titular de los Servicios Estatales de Salud (según sea el caso); y por "LA SECRETARIA", la Subsecretaría de Administración y Finanzas, la Subsecretaría de Innovación y Calidad, la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud, la Comisión Nacional de Protección Social en Salud, la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios, por sí mismas, o asistidas por las unidades administrativas y/u órganos desconcentrados que cada una tiene adscritas.

    DECLARACIONES

  3. De "LA SECRETARIA":

    1. Que la Lic. María Eugenia de León García, en su carácter de Subsecretaria de Administración y Finanzas, tiene la competencia y legitimidad para suscribir el presente Convenio, según se desprende de lo previsto en los artículos 8 fracción XVI y 11 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    2. Que dentro de las funciones de la Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física (DGDIF), se encuentran las de asesorar y apoyar técnica y normativamente, a los órganos desconcentrados y a los servicios estatales de salud e institutos nacionales de Salud en la elaboración de proyectos, ejecución de trabajos relacionados con obras, conservación y mantenimiento, en coordinación con la Dirección General de Calidad y Educación en Salud, cuando se trate de unidades de atención médica; así como coordinar y vincular las acciones de obra y conservación con unidades del sector salud, a nivel federal y estatal, a fin de unificar criterios normativos en el desarrollo de la infraestructura física en salud; de conformidad con lo establecido en

      el artículo 22 fracciones X y XI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud.

    3. Que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente para hacer frente a los compromisos derivados de la suscripción del presente instrumento.

    4. Que para efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en la calle de Paseo de la Reforma 10, piso 29, colonia Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06030, en México, Distrito Federal.

  4. Declara "LA ENTIDAD".

    1. Que el Secretario de Finanzas, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 1, 3, 4, 23 fracción II, 28, 29 y 31 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    2. Que el Secretario de Salud Estatal y el Director General de Organismo Público Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, asiste a la suscripción del presente Convenio, de conformidad con los artículos 1, 3, 4, 23 fracción IX, 28, 29 y 36 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, cargo que quedó debidamente acreditado con la copia del nombramiento que se adjuntó a "EL ACUERDO MARCO".

    3. Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son Que sus prioridades para alcanzar los objetivos pretendidos a través del presente instrumento son la de implementar y fortalecer los servicios de atención médica, a través de acciones de Infraestructura Física en Salud para elevar la calidad en los servicios de salud, como son los siguientes:

      Construcción y equipamiento del Hospital Regional de La Barca, Municipio de La Barca

      Fortalecimiento, remodelación y equipamiento del Hospital General de Occidente, Municipio de Zapopan

      Fortalecimiento, ampliación y equipamiento del Instituto de Cirugía Reconstructiva, Municipio de Guadalajara

      Fortalecimiento, ampliación y equipamiento del Organismo Público Descentralizado Hospitales Civil de Guadalajara Fray Antonio Alcalde y Juan I. Menchaca, Municipio de Guadalajara

      Ampliación del Hospital Regional de Tamazula, Municipio de Tamazula de Gordiano

      Ampliación del Hospital Regional de Mascota, Municipio de Mascota

      Ampliación del Hospital Regional Sierra Amula, Municipio de El Grullo

      Construcción por obra nueva del Centro de Salud de Arandas, Municipio de Arandas

      Rehabilitación del Centro de Salud existente en Arandas, Municipio de Arandas

      Construcción de las nuevas oficinas administrativas de Tepatitlán, Municipio de Tepatitlán de Morelos

      Construcción por obra nueva del Centro de Salud San Ignacio Cerro Gordo, Municipio de San Ignacio Cerro Gordo

      Construcción y equipamiento del Hospital General Lagos de Moreno, Municipio de Lagos de Moreno

    4. Que para todos los efectos legales relacionados con este Convenio señala como su domicilio el ubicado en la calle Dr. Joaquín Baeza Alzaga número 107, colonia Centro en Guadalajara, Jalisco.

    5. Que el Dr. Jaime Agustín González Alvarez en su carácter de Director General del O.P.D. Hospital Civil de Guadalajara, tiene facultades legales suficientes para representarlo, de conformidad con el artículo 21 de la Ley del Organismo Público Descentralizado Hospital Civil de Guadalajara y conforme al nombramiento realizado por el C. licenciado Emilio González Márquez, Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco, de fecha primero de mayo del año 2007, las cuales, a la fecha,

      no han sido revocadas ni modificadas en forma alguna y que el Hospital Civil de Guadalajara es un Organismo Público Descentralizado por Decreto número 16527 publicado en el Periódico Oficial del Estado, con fecha del 10 de abril de 1997 y con Registro Federal de Contribuyentes OPD-970410-9Y3; de conformidad con el Acuerdo de Coordinación para la Descentralización Integral de los Servicios de Salud, entre los Ejecutivos Federal y el Estado de Jalisco.

      Una vez expuesto lo anterior y toda vez que la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone en sus artículos 74 y 75, que el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, autorizará la ministración de los subsidios y transferencias que con cargo a los presupuestos de las dependencias, se aprueben en el Presupuesto de Egresos, mismos que se otorgarán y ejercerán conforme a las disposiciones generales aplicables. Dichos subsidios y transferencias deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad que en ella se señalan, las partes celebran el presente Convenio al tenor de las siguientes:

      CLAUSULAS

      PRIMERA.- OBJETO.- El presente Convenio Específico y los anexos que forman parte del mismo, tienen por objeto de transferir recursos presupuestales a "LA ENTIDAD" para coordinar su participación con el Ejecutivo Federal, en términos del artículo 9 de la Ley General de Salud, que permitan a "LA ENTIDAD" el desarrollo de la infraestructura en salud, a fin de fortalecer la oferta de servicios en particular para el desarrollo de la Infraestructura y/o equipamiento de las siguientes unidades de atención médica: construcción y equipamiento del Hospital Regional de La Barca, Municipio de La Barca; fortalecimiento, remodelación y equipamiento del Hospital General de Occidente, Municipio de Zapopan; fortalecimiento, ampliación y equipamiento del Instituto de Cirugía Reconstructiva, Municipio de Guadalajara; fortalecimiento, ampliación y equipamiento del Organismo Público Descentralizado Hospitales Civil de Guadalajara Fray Antonio Alcalde y Juan I. Menchaca, Municipio de Guadalajara; ampliación del Hospital Regional de Tamazula, Municipio de Tamazula de Gordiano; ampliación del Hospital Regional de Mascota, Municipio de Mascota; ampliación del Hospital Regional Sierra Amula, Municipio de El Grullo; construcción por obra nueva del Centro de Salud de Arandas, Municipio de Arandas; rehabilitación del Centro de Salud existente en Arandas, Municipio de Arandas; construcción de las nuevas oficinas administrativas de Tepatitlán, Municipio de Tepatitlán de Morelos; construcción por obra nueva del Centro de Salud San Ignacio Cerro Gordo, Municipio de San Ignacio Cerro Gordo; construcción y equipamiento...

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