Decreto Promulgatorio del Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General Iberoamericana, adoptado en San José, Costa Rica, el catorce de mayo de dos mil cuatro

EmisorSecretaría de Relaciones Exteriores

DECRETO Promulgatorio del Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General Iberoamericana, adoptado en San José, Costa Rica, el catorce de mayo de dos mil cuatro.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a sus habitantes, sabed:

El trece de septiembre de dos mil cuatro, el Plenipotenciario de los Estados Unidos Mexicanos, debidamente autorizado para tal efecto, firmó ad referéndum el Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General Iberoamericana, adoptado en San José, Costa Rica, el catorce de mayo de dos mil cuatro.

El Convenio mencionado fue aprobado por la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, el veintitrés de noviembre de dos mil cuatro, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del doce de enero de dos mil cinco.

El instrumento de ratificación, firmado por el Ejecutivo Federal a mi cargo el dieciocho de enero de dos mil cinco, fue depositado ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República de Bolivia, el veintinueve de marzo del propio año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10o. del Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General Iberoamericana.

Por lo tanto, para su debida observancia, en cumplimiento de lo dispuesto en la fracción I deI artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, promulgo el presente Decreto, en la residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el veintiuno de septiembre de dos mil cinco.- Vicente Fox Quesada.- Rúbrica.- El Secretario del Despacho de Relaciones Exteriores, Luis Ernesto Derbez Bautista.- Rúbrica.

VICTOR MANUEL URIBE AVIÑA, CONSULTOR JURIDICO ADJUNTO, ENCARGADO DE LA CONSULTORIA JURIDICA DE LA SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES,

CERTIFICA:

Que en los archivos de esta Secretaría obra copia certificada del Convenio de Santa Cruz de la Sierra Constitutivo de la Secretaría General Iberoamericana, adoptado en San José, Costa Rica, el catorce de mayo de dos mil cuatro, cuyo texto en español es el siguiente:

CONVENIO DE SANTA CRUZ DE LA SIERRA CONSTITUTIVO DE LA SECRETARÍA GENERAL IBEROAMERICANA

Los Estados miembros de la Conferencia Iberoamericana

Considerando,

Que la I Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno celebrada en Guadalajara, en julio de 1991, constituyó la Conferencia Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno con la participación de los Estados soberanos de América y Europa de lengua española y portuguesa;

Que las afinidades históricas y culturales y la riqueza de nuestra expresión plural nos unen en torno al objetivo común de desarrollar los ideales de la comunidad iberoamericana con base en el diálogo, la cooperación y la solidaridad;

Que en las Cumbres Iberoamericanas de Jefes de Estado y de Gobierno celebradas en Guadalajara, Madrid y Salvador, Bahía, de carácter fundacional, se reconoce que nuestra relación se basa en la democracia, en el respeto de los derechos humanos, a las libertades fundamentales, y se orienta por los principios de soberanía, integridad territorial y no intervención en los...

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