Convenio Marco de Coordinación que celebran la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el Estado de Guanajuato

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. CONVENIO MARCO DE COORDINACIÓN EN LO SUCESIVO "CONVENIO MARCO" QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, EN ADELANTE DENOMINADA "LA SEMARNAT", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL ING. JUAN JOSÉ GUERRA ABUD, CON LA PARTICIPACIÓN DEL SUBSECRETARIO DE PLANEACIÓN Y POLÍTICA AMBIENTAL, M. EN C. RODOLFO LACY TAMAYO, DEL SUBSECRETARIO DE FOMENTO Y NORMATIVIDAD AMBIENTAL, ING. CUAUHTÉMOC OCHOA FERNÁNDEZ, DEL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN PARA LA PROTECCIÓN AMBIENTAL, ING. RAFAEL PACCHIANO ALAMÁN, LA OFICIAL MAYOR DEL RAMO, IRMA ADRIANA GÓMEZ CAVAZOS, DEL PROCURADOR FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE, DR. EN D. GUILLERMO HARO BÉLCHEZ, DEL COMISIONADO NACIONAL DE ÁREAS NATURALES PROTEGIDAS, MTRO. LUIS FUEYO MACDONALD, EL TITULAR DE LA UNIDAD COORDINADORA DE PARTICIPACIÓN SOCIAL Y TRANSPARENCIA, LIC. JORGE LEGORRETA ORDORICA, EL COORDINADOR GENERAL DEL CENTRO DE EDUCACIÓN Y CAPACITACIÓN PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE, LIC. FELIPE NEMER NAIME, Y POR EL DELEGADO FEDERAL DE "LA SEMARNAT" EN EL ESTADO DE GUANAJUATO, DR. ISRAEL CABRERA BARRÓN, Y POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ESTADO", REPRESENTADO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, LIC. MIGUEL MÁRQUEZ MÁRQUEZ, ASISTIDO EN ESTE ACTO POR EL LIC. ANTONIO SALVADOR GARCÍA LÓPEZ, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE GOBIERNO; POR EL C P. JUAN IGNACIO MARTÍN SOLÍS, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN; POR EL DR. ÉCTOR JAIME RAMÍREZ BARBA, SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL Y HUMANO; POR LA LIC. MA. ISABEL TINOCO TORRES, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIA DE TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS; Y POR LA M. EN A. ANA CARMEN AGUILAR HIGAREDA, EN SU CARÁCTER DE DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DE ECOLOGÍA DEL ESTADO; A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DESIGNARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Que la Ley de Planeación establece en su artículo 3o., que la planeación nacional de desarrollo es la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base en el ejercicio de las atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social, política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como propósito la transformación de la realidad del país, de conformidad con las normas, principios y objetivos que la propia Constitución y la ley establecen; y que mediante la planeación se fijarán objetivos, metas, estrategias y prioridades; se asignarán recursos, responsabilidades y tiempos de ejecución, se coordinarán acciones y se evaluarán resultados.

  2. Que la Meta Nacional México Próspero del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 (PND 2013-2018) enmarca las estrategias vinculadas con el quehacer del Sector Medio Ambiente y Recursos Naturales. Específicamente, el objetivo 4.4 "Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo", comprende las siguientes estrategias:

    · Implementar una política integral de desarrollo que vincule la sustentabilidad ambiental con costos y beneficios para la sociedad;

    · Implementar un manejo sustentable del agua, haciendo posible que todos los mexicanos tengan acceso a ese recurso;

    · Fortalecer la política nacional de cambio climático y cuidado al medio ambiente para transitar hacia una economía competitiva, sustentable, resiliente y de bajo carbono, y

    · Proteger el patrimonio natural.

  3. Que el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018 se encuentra estructurado en torno a tres Estrategias Transversales del PND 2013-2018: i) Programa para Democratizar la Productividad; ii) Programa para un Gobierno Cercano y Moderno; y, iii) Programa Nacional para la Igualdad de Oportunidades y No Discriminación contra las Mujeres, y establece seis grandes objetivos del quehacer del Sector:

    1. Promover y facilitar el crecimiento sostenido y sustentable de bajo carbono con equidad y socialmente incluyente;

    2. Incrementar la resiliencia a efectos del cambio climático y disminuir las emisiones de compuestos y

      gases de efecto invernadero;

    3. Fortalecer la gestión integral y sustentable del agua, garantizando su acceso a la población y a los ecosistemas;

    4. Recuperar la funcionalidad de cuencas y paisajes a través de la conservación, restauración y aprovechamiento sustentable del patrimonio natural;

    5. Detener y revertir la pérdida de capital natural y la contaminación del agua, aire y suelo, y

    6. Desarrollar, promover y aplicar instrumentos de política, información, investigación, educación, capacitación, participación y derechos humanos para fortalecer la gobernanza ambiental.

  4. Que el Estado debe favorecer y estimular el tránsito de México hacia el desarrollo sustentable; para ello, es indispensable el diseño e implementación de políticas ambientales con acciones compartidas entre las diferentes dependencias de la Administración Pública Federal y los gobiernos estatales y municipales; así como con la participación de los otros Poderes, asegurando que sus efectos sean complementarios y sinérgicos.

  5. Que a través de ello, se reforzará la integralidad y congruencia de las políticas de desarrollo económico, el bienestar social y el cuidado del ambiente; y se podrán compartir recursos públicos y promover su mayor eficacia y eficiencia.

  6. La Constitución Política para el Estado de Guanajuato dispone en el penúltimo párrafo del artículo primero que toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, el Estado garantizará el respeto a este derecho, el daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley. En consonancia con lo anterior es interés de "EL ESTADO" la suscripción del presente instrumento jurídico para que en coordinación con la Federación se realicen proyectos y acciones ambientales que permita un desarrollo sustentable de la Entidad.

  7. El artículo 2o. de la Ley para la Protección y Preservación del Ambiente del Estado de Guanajuato establece en el ámbito estatal de acuerdo a las siguientes bases: garantizar el derecho de toda persona a vivir en un medio ambiente adecuado para su desarrollo, salud y bienestar; preservar y restaurar el equilibrio ecológico, así como el mejoramiento del medio ambiente; proteger la biodiversidad, el aprovechamiento sustentable, la preservación y, en su caso, la restauración del suelo, el agua y demás recursos naturales; prevenir y controlar la contaminación del aire, agua y suelo en bienes, zonas y fuentes contaminantes de jurisdicción estatal; garantizar la participación corresponsable de la población, en forma individual o colectiva, en la preservación y restauración del equilibrio ecológico y la protección al ambiente.

  8. Con fundamento en lo establecido en los artículo 24, 26 y 28 de la Ley de Planeación para el Estado de Guanajuato, en fecha 12 de marzo de 2013 se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el Programa de Gobierno 2012 2018, que establece el Eje Calidad de Vida que da impulso a las acciones para propiciar una sociedad participativa, organizada e incluyente, con equidad de oportunidades para los diferentes géneros sociales y que cuenta con formación socioeducativa, saludable, con vivienda digna e infraestructura básica y comunitaria, manejo equilibrado de los recursos naturales y del entorno para transitar a un desarrollo sustentable.

  9. El Programa de Gobierno 2012 2018 señalado contempla, entre otros, como proyectos específicos de la estrategia transversal Impulso a los Territorios de Innovación PE.V1 Gestión Integral del Agua; PE.V2 Cambio Climático: reducir los impactos del cambio climático e incrementar medidas de adaptación a sus efectos; PE.V3 Biodiversidad: conservar los ecosistemas y biodiversidad del Estado como insumo para el desarrollo social y económico, además del aprovechamiento de servicios ambientales; PE.V4 Equilibrio Regional: incrementar el desarrollo sustentable, la equidad y competitividad de las regiones y zonas metropolitanas con un enfoque de innovación.

    DECLARACIONES

  10. DECLARA "LA SEMARNAT":

    I.1. Que es una Dependencia del Ejecutivo Federal integrante de la Administración Pública Federal, en términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y, 2 fracción I, 26 y 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y autoridad competente para celebrar el presente "CONVENIO MARCO".

    I.2. Que de conformidad con lo establecido en las fracciones I, II, III, IV, V, X, XIV, XVII y XXII del artículo 32 Bis de la referida Ley Orgánica de la Administración Pública Federal le corresponde, entre otros asuntos, el formular y conducir la política nacional en materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra dependencia; vigilar y estimular en coordinación con las autoridades federales, estatales y municipales el cumplimiento de las leyes, normas oficiales mexicanas y programas de su competencia; promover la participación social en la formulación, aplicación y vigilancia de la política

    ambiental y concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración del ambiente; así como coordinar, concertar y ejecutar proyectos de formación, capacitación y actualización para mejorar la capacidad de gestión ambiental y el uso sustentable de recursos naturales.

    I.3. Que su Titular tiene las facultades suficientes y legitimidad para suscribir el presente Instrumento, de conformidad con lo establecido en los artículos 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

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