Convenio Modificatorio a las Bases de Coordinación que, en el marco del Programa Nacional de Becas para el desarrollo del proyecto denominado Programa de Capacitación SEP-SEDENA 2016, celebran la Secretaría de Educación Pública y la Secretaría de la Defensa Nacional

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.- Secretaría de la Defensa Nacional. CONVENIO MODIFICATORIO A LAS BASES DE COORDINACIÓN DE FECHA 27 DE MAYO DE 2016: QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA, EN LO SUCESIVO "LA SEP", REPRESENTADA POR EL DR. SALVADOR JARA GUERRERO, SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN SUPERIOR, ASISTIDO POR EL ACT. JOSÉ ERNESTO MEDINA AGUILAR, COORDINADOR NACIONAL DE BECAS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y, POR LA OTRA PARTE, LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL, EN LO SUCESIVO "LA SEDENA", REPRESENTADA POR EL SUBSECRETARIO DE LA DEFENSA NACIONAL, C. GRAL. DE DIV. D.E.M., NOÉ SANDOVAL ALCÁZAR; DE CONFORMIDAD CON LO SIGUIENTE:

ANTECEDENTE

Con fecha 27 de mayo de 2016, "LA SEP" y "LA SEDENA", suscribieron las Bases de Coordinación, en lo sucesivo "LAS BASES", conforme a las cuales "LA SEP" proporcionaría apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2016, para el otorgamiento de hasta 150 (ciento cincuenta) Becas de Capacitación en idioma inglés en los Estados Unidos de América, a discentes y/o docentes de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Militar, que resulten beneficiarios (as) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación SEP-SEDENA 2016", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con las especificaciones establecidas en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LA SEP" y "LA SEDENA", forma parte integrante del presente instrumento.

"LA SEP" se obligó a aportar a "LA SEDENA" con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2016, hasta la cantidad de $23'440,000.00 (Veintitrés Millones Cuatrocientos Cuarenta Mil Pesos 00/100 M.N.), para que la destinara exclusivamente a cubrir el pago de becas de los(as) beneficiarios(as), del "Programa", consistentes en la entrega de un apoyo económico de acuerdo con los montos y periodos establecidos en el Anexo de Ejecución de este instrumento.

En "LAS BASES", se estableció que su vigencia iniciaría a partir de la fecha de su firma y hasta el 31 de diciembre 2016, y que podría modificarse de común acuerdo entre "LA SEP" y "LA SEDENA".

DECLARACIONES

  1. De "LA SEP":

    I.1.- Que de conformidad con los artículos 2o., fracción I, 26 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, es una dependencia de la Administración Pública Centralizada, la cual tiene a su cargo el ejercicio de la función social educativa, sin perjuicio de la concurrencia de las entidades federativas y los municipios.

    I.2.- Que el Dr. Salvador Jara Guerrero, Subsecretario de Educación Superior, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 21 de enero de 2005 y, el "Acuerdo número 399 por el que se delegan facultades a los subsecretarios y titulares de unidad de la Secretaría de Educación Pública", publicado en el mismo órgano informativo el día 26 de abril de 2007.

    I.3.- Que cuenta con los recursos financieros necesarios para la celebración del presente instrumento, en el marco del Programa Nacional de Becas S243, en su presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2016, con cargo a la clave presupuestaria: 11 500 2 5 03 00 005 S243 43901 1 1 09.

    I.4.- Que para efectos de las presentes bases señala como domicilio el ubicado en la Calle de Argentina No. 28, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06020, en la Ciudad de México.

  2. De "LA SEDENA":

    II.1.- Que es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, en términos de lo dispuesto por los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción I y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y entre otras atribuciones tiene a su cargo el despacho de los asuntos a ella encomendados, de conformidad con el artículo 29 de dicha Ley y los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

    II.2.- Que el C. Gral. de Div. D.E.M. Noé Sandoval Alcázar, Subsecretario de la Defensa Nacional, suscribe el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 18 y 19 de la Ley Orgánica de Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos y 11 y 12 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Defensa Nacional, en donde se le delegan atribuciones para auxiliar al General Secretario en sus funciones.

    II.3.- Que señala como su domicilio legal el ubicado en Avenida Boulevard Manuel Ávila Camacho y

    Ejército Nacional, Colonia Lomas de Sotelo, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11600, en la Ciudad de México.

    Una vez leído el antecedente y declaraciones del presente convenio, las partes manifiestan su voluntad de suscribir el mismo, en la forma y términos que se estipulan en las siguientes:

    CLÁUSULAS

    Primera. Es objeto del presente instrumento, modificar las bases PRIMERA, SEGUNDA, inciso A) y el Anexo de Ejecución de "LAS BASES".

    Segunda. Las partes acuerdan modificar las bases PRIMERA y SEGUNDA, inciso A) de "LAS BASES", para quedar como siguen:

    "PRIMERA. Es objeto del presente instrumento, establecer las bases conforme a las cuales "LA SEP", proporcionará apoyo financiero durante el ejercicio fiscal 2016, para el otorgamiento de hasta 160 (ciento sesenta) Becas de Capacitación en idioma inglés en los Estados Unidos de América, a discentes y/o docentes, de planteles de nivel superior pertenecientes al Sistema Educativo Militar, que resulten beneficiarias(os) en el marco del Programa Nacional de Becas, para el desarrollo del proyecto denominado "Programa de Capacitación SEP-SEDENA 2016", en lo sucesivo el "Programa", de acuerdo con las especificaciones establecidas en el Anexo de Ejecución, el cual firmado por "LA SEP" y "LA SEDENA", forma parte integrante del presente instrumento."

    "SEGUNDA.-"LA SEP", en cumplimiento al objeto de las presentes bases, se obliga a:

    A).- Aportar con base en su disponibilidad presupuestaria en el ejercicio fiscal 2016, hasta la cantidad de $26'440,000.00 (Veintiséis Millones Cuatrocientos Cuarenta Mil Pesos 00/100 M.N.), que será destinada exclusivamente para cubrir el pago de becas de los(as) beneficiarios(as) del "Programa" consistentes en la entrega de un apoyo económico de acuerdo con los montos y periodos establecidos en el Anexo de Ejecución de este instrumento."

    Tercera. Las partes acuerdan modificar el Anexo de Ejecución de "LAS BASES", para quedar como el que se adjunta al presente instrumento, mismo que una vez firmado por ambas formará parte integrante de "LAS BASES".

    Cuarta.- Las partes acuerdan que, con excepción de las modificaciones a las bases PRIMERA y SEGUNDA, inciso A) y el Anexo de Ejecución de "LAS BASES", a que se refieren las cláusulas Primera, Segunda y Tercera que anteceden, rigen todos y cada uno de los términos establecidos en "LAS BASES", mismos que se tienen por ratificados mediante el presente instrumento.

    QUINTA.- El presente convenio modificatorio entrará en vigor a partir de la fecha de su firma.

    Enteradas las partes del contenido y alcance del presente convenio modificatorio, lo firman en cuatro tantos, en la Ciudad de México, el día 22 de agosto de 2016.- Por la SEP: el Subsecretario de Educación Superior, Salvador Jara Guerrero.- Rúbrica.- El Coordinador Nacional de Becas de Educación Superior, José Ernesto Medina Aguilar.- Rúbrica.- Por la SEDENA: el Subsecretario de la Defensa Nacional, Gral. de Div. D.E.M. Noé Sandoval Alcázar.- Rúbrica.

    ANEXO DE EJECUCIÓN, QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LAS BASES DE COORDINACIÓN, CELEBRADO ENTRE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA Y LA SECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL.

    "LA SEP" proporcionará apoyo financiero por la cantidad de $26'440,000.00 (Veintiséis Millones Cuatrocientos Cuarenta Mil Pesos 00/100 M.N.), para que se destine exclusivamente al...

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