Convenio de Coordinación para el otorgamiento de recursos federales que serán destinados a la modernización del Registro Público de la Propiedad, que celebran la Secretaría de Gobernación y el Estado de Zacatecas

Fecha de disposición13 Agosto 2008
Fecha de publicación13 Agosto 2008
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. CONVENIO DE COORDINACION PARA EL OTORGAMIENTO DE RECURSOS FEDERALES QUE SERAN DESTINADOS A LA MODERNIZACION DEL REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARA "LA SEGOB", REPRESENTADA POR SU TITULAR EL C. LIC. FRANCISCO JAVIER RAMIREZ ACUÑA, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE ASUNTOS JURIDICOS Y DERECHOS HUMANOS, LIC. MIGUEL ALESSIO ROBLES; Y POR EL OFICIAL MAYOR, LIC. JUAN JOSE LEON RUBIO, Y POR LA OTRA PARTE EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE ZACATECAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA LA "ENTIDAD FEDERATIVA", REPRESENTADA POR LA LIC. AMALIA D. GARCIA MEDINA, EN SU CARACTER DE GOBERNADORA CONSTITUCIONAL, ASISTIDA POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LIC. GERARDO ROMO FONSECA; EL SECRETARIO DE FINANZAS, M.F. JORGE MIRANDA CASTRO, Y LA CONTRALORA M.A. NORMA JULIETA DEL RIO VENEGAS, CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. El Ejecutivo Federal, como una de sus acciones de gobierno estableció el Programa de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad, orientado a modernizar los Registros Públicos de la Propiedad estatales y estandarizar procesos e iniciar la homologación de la función registral a nivel nacional, desarrollando las instituciones regístrales para que brinden absoluta seguridad jurídica al tráfico inmobiliario.

  2. Con fecha 6 de marzo de 2007 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos para la aplicación del Programa para la Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad, para el ejercicio fiscal de 2007 (en lo sucesivo "EL PROGRAMA").

  3. El 27 de abril de 2007, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emitió los Lineamientos para informar sobre el ejercicio, destino y resultados obtenidos con recursos presupuestarios federales transferidos a las entidades federativas, a los municipios y a las demás demarcaciones territoriales del Distrito Federal, que se agrega al presente como Anexo 2, mismo que forma parte del presente Convenio como si a la letra se insertase.

  4. Mediante oficio número DS-044-07 de fecha 26 de marzo de 2007, la licenciada Amalia D. García Medina, Gobernadora Constitucional del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, manifestó el interés del Gobierno del Estado que representa para incorporarse al Programa Nacional de Modernización de los Registros Públicos de la Propiedad en términos de lo dispuesto por el apartado 5 de "EL PROGRAMA".

    DECLARACIONES

  5. DE "LA SEGOB", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:

    1. Que es una dependencia de la Administración Pública Federal, en los términos de los artículos 90, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1o., 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;

    2. Que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 fracción XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, tiene entre otras atribuciones las de conducir, siempre que no esté conferida esta facultad a otra Secretaría, las relaciones del Poder Ejecutivo con los demás Poderes de la Unión, con los órganos constitucionales autónomos, con los gobiernos de las entidades federativas y de los municipios y con las demás autoridades federales y locales, así como rendir las informaciones oficiales del Ejecutivo Federal;

    3. Que el Secretario del Ramo tiene las facultades suficientes para celebrar el presente Convenio, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 4 y 5, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación;

    4. Que el Subsecretario de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 fracciones IX y XII, del Reglamento

      Interior de la Secretaría de Gobernación;

    5. Que el Oficial Mayor del Ramo cuenta con facultades para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 fracciones VI y X, del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación;

    6. Que cuenta con la suficiencia presupuestal en la partida presupuestal 4232 relativa a subsidios a la Entidad Federativa de México para llevar a cabo la asignación materia del presente instrumento.

    7. Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubicado en el número 99, de la calle de Bucareli, planta baja, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06600, en esta ciudad

  6. DE LA ENTIDAD FEDERATIVA, POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:

    1. Que en términos de los artículos 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y de la Constitución Política del Estado de Zacatecas, es un Estado Libre y Soberano integrante de la Federación;

    2. Que concurre a la celebración del presente Convenio a través de la Gobernadora de la ENTIDAD FEDERATIVA, quien está facultada legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 72, 73, 74 y 82 fracciones XXI y XXVII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; así como los artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas, y demás disposiciones locales aplicables.

    3. El Secretario General de Gobierno, está facultado legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 85 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; artículo 24 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.

    4. El Secretario de Finanzas, está facultado legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 10 fracción II, 16, 21 y 25 fracción XXXlll de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.

    5. La Contralora, está facultada legalmente para celebrar el presente Convenio con fundamento en los artículos 84 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas; y el artículo 33 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Zacatecas.

    6. Que para los efectos del presente Convenio, señala como su domicilio legal el ubicado en boulevard Héroes de Chapultepec número 1902, Ciudad Gobierno, Zacatecas, Zac., código postal 98160.

    En virtud de lo anterior y con fundamento en los artículos 90 de la Constitución Política de los...

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