Convocatoria para la acreditación y aprobación de tercero especialista en materia de estaciones de servicio de fin específico y de estaciones asociadas a la actividad de expendio en su modalidad estación de servicio para autoconsumo, para diésel y gasolina

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EmisorSecretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos. CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACIÓN Y APROBACIÓN DE TERCERO ESPECIALISTA EN MATERIA DE ESTACIONES DE SERVICIO DE FIN ESPECÍFICO Y DE ESTACIONES ASOCIADAS A LA ACTIVIDAD DE EXPENDIO EN SU MODALIDAD ESTACIÓN DE SERVICIO PARA AUTOCONSUMO, PARA DIÉSEL Y GASOLINA.

La Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, a través de la Unidad de Gestión Industrial, con fundamento en el artículo Transitorio Décimo Noveno, segundo párrafo, del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en Materia de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 2013, y en los artículos 1o., 2o., 5o., fracciones III, IV, VIII, IX, X, XXI y XXX, 27 y 31, fracciones II, IV y VIII, de la Ley de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos; 95, y 129 de la Ley de Hidrocarburos; 1o., 2o, 17 y 26 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 2o., fracción XXXI, inciso d), y segundo párrafo, 5o., fracción I, y 45 BIS del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; 1o., y 4o., de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 2o., fracción II, incisos a), e) y f), 3o, fracciones I, IV, IV-A, XI, XV-A, XVII y XVIII, 38, fracciones V, VI, y IX, 68, 69, 70, 70-B, 70-C, 71, 73, 74, 84 al 87, 118 y 119 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 74, fracciones I, II, V y VIII, 75, 76, 78, 79, 87 y 88 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 1o, 2o, fracción VIII, 3o, párrafos primero y segundo y fracciones I y XLVII, 12, fracciones VI y X, del Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Seguridad Industrial y de Protección al Medio Ambiente del Sector Hidrocarburos, conjuntamente con la Entidad Mexicana de Acreditación, A.C., han tenido a bien expedir la siguiente:

CONVOCATORIA

Dirigida a las personas morales interesadas en obtener su acreditación y, en su caso, aprobación como Tercero Especialista, con el objeto de que en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento, verifiquen el cumplimiento de la conformidad de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-ASEA-2015, denominada "Diseño, construcción, mantenimiento y operación de estaciones de servicio de fin específico y de estaciones asociadas a la actividad de Expendio en su modalidad de Estación de Servicio para Autoconsumo, para diésel y gasolina", publicada en el Diario Oficial de la Federación el pasado 3 de diciembre de 2015, por lo cual los interesados en la verificación de la conformidad de esta norma oficial mexicana de emergencia deberán cumplir lo siguiente:

  1. Requisitos para la obtención de la acreditación:

    1. Realizar el ingreso de la solicitud de acreditación como Unidad de Verificación Tipo "A" en la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA), a través del sistema automatizado SAEMA en la página de internet www.ema.org.mx o en las oficinas de la Entidad, ubicadas en la Calzada General Mariano Escobedo No. 564, Colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11590, México, D.F., a partir de la fecha de publicación de esta Convocatoria.

    2. La solicitud deberá indicar que desea obtener la acreditación respecto a la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-ASEA-2015 y acompañar los documentos que demuestren que se cumplen todos los requisitos establecidos en la Norma Mexicana NMX-EC-17020-IMNC-2014, Criterios generales para la operación de varios tipos de unidades (organismo) que desarrollan la verificación (inspección), en adelante NMX-EC-17020, así como:

      o Presentar descripción detallada de la estructura de la organización del solicitante, incluyendo el organigrama señalando para cada puesto involucrado en la verificación de la NOM-EM-001-

      ASEA-2015, su categoría: directivo, gerente técnico, gerente técnico sustituto, gerente de calidad, supervisor/verificador técnico, personal operativo; incluyendo la descripción de puestos, las actividades, las responsabilidades del personal técnico que llevará a cabo las labores de verificación y los mecanismos de supervisión del mismo, así como la especialidad, conocimientos, habilidades y experiencia específicos requeridos de la persona que ocupe cada puesto. Dentro de su estructura deberá contar con un gerente técnico que supervise al personal técnico y un gerente sustituto que supla al primero durante su ausencia.

      o Presentar relación y currícula del personal técnico que realizará las labores de verificación de la Norma Oficial Mexicana de Emergencia NOM-EM-001-ASEA-2015 que correspondan conforme a los criterios que se establecen en el Anexo 1 de esta Convocatoria, incluyendo los documentos que se requieren en dicho anexo.

      o Presentar copia del seguro de responsabilidad civil, según lo establecido en la norma mexicana NMX-EC-17020 que ampare la reparación de daños y perjuicios que pudiera causar a sus clientes y/o terceros con motivo del ejercicio de las actividades objeto de la solicitud de acreditación. El seguro deberá ser contratado con una institución de seguros autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas.

    3. Demostrar que se está legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas y que dentro de su objeto social se encuentra la verificación de normas oficiales mexicanas, normas mexicanas, normas de emergencia.

    4. Copia de la cédula de identificación fiscal expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    5. Poder notarial mediante el cual se acredite la personalidad jurídica y las facultades del representante legal que suscriba la solicitud.

    6. Estados financieros dictaminados y auditados para efectos fiscales, revisados por auditores externos autorizados de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables, y/o declaración anual de impuesto sobre la renta correspondiente al último año, y los estados financieros internos al mes anterior, salvo que se trate de una persona moral de reciente creación, en donde tendrá que acreditar su capacidad financiera.

    7. Carta suscrita por el representante legal del solicitante en la que manifieste, bajo protesta de decir verdad, que en la estructura del capital social, en los órganos de administración, los accionistas, administradores o el personal técnico y operativo no existe participación o interés directo o indirecto con las empresas vinculadas con el diseño, construcción, mantenimiento y operación de estaciones de servicios, objeto de verificación.

    8. Carta compromiso suscrita por el representante legal del solicitante en la que se obliga a garantizar que su personal técnico no incurra en situaciones de conflicto de interés, tales como prestar al mismo regulado servicios distintos al de verificación, incluidos los de gestión, consultoría y proveeduría relacionados con las actividades sujetas a la verificación a las que se refiere la presente Convocatoria.

    9. Copia del contrato de trabajo suscrito con el personal técnico que realizará las funciones de verificación.

    10. Directrices de comportamiento del personal, de tal forma que se asegure que no se incurrirá en conflictos de interés y que mantendrá la confidencialidad de la información obtenida durante los servicios de verificación.

    11. Escrito firmado por el representante legal del solicitante, en el que se establezca el compromiso de salvaguardar la confidencialidad de la información a la que se tenga acceso en el desempeño de las actividades de verificación, debiendo presentar el procedimiento que se utilizará para efectos de que el personal del Tercero Especialista salvaguarde la confidencialidad e imparcialidad de sus dictámenes.

    12. Carta firmada por el representante legal del solicitante, mediante la cual el interesado se

      responsabilice por las actividades de verificación de su personal técnico y por los dictámenes de conformidad que emitan como resultado de sus labores de verificación.

    13. Contar con un sistema de capacitación que contenga las tres etapas definidas en el punto 6.1 de la norma mexicana NMX-EC-17020, de tal forma que contenga las tres etapas definidas en el punto 6.1.6.

    14. Presentar copia del Manual de Aseguramiento de la Calidad y del Manual de Procedimientos que se usarán para la prestación de los servicios de verificación. Estos manuales deberán integrarse según lo establecido en el punto 7 de la norma mexicana NMX-EC-17020.

    15. Presentar un programa de capacitación dirigido al personal técnico que realizará funciones de evaluación de la conformidad (verificación). El programa deberá incorporar cursos en materias relacionadas con las áreas a evaluar, así como con los procedimientos de evaluación de la conformidad correspondientes y con sistemas de aseguramiento de calidad.

    16. En su caso, describir en forma detallada cualquier otro servicio que el solicitante ofrece además de sus servicios de evaluación de la conformidad (pruebas, certificación y/o verificación), y cualesquiera otros no relacionados con los campos para los cuales solicita su acreditación.

      1.1. La solicitud y documentación antes descrita podrá presentarse a la EMA, hasta en tanto la Agencia, no publique en el Diario Oficial de la Federación el aviso del cierre de la Convocatoria.

      1.2. Los solicitantes que no cumplan con dichos requisitos serán debidamente notificados por escrito y deberán presentar la información complementaria en los plazos que para ello tiene establecido la EMA.

      1.3. Los solicitantes que cumplan con todos los requisitos...

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