Convocatoria para la Convención Obrero Patronal revisora del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión
Fecha de disposición | 23 Noviembre 2015 |
Fecha de publicación | 23 Noviembre 2015 |
Emisor | SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL |
Sección | PRIMERA. Poder Ejecutivo |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social.- Unidad de Funcionarios Conciliadores.- Contrato Ley-Radio y Televisión.- Oficio No. 12/212/(72)/18 Legajo 53.
ASUNTO: CONVOCATORIA PARA LA CONVENCIÓN OBRERO PATRONAL REVISORA DEL CONTRATO LEY DE LA INDUSTRIA DE LA RADIO Y LA TELEVISIÓN.
México, Distrito Federal, a tres de noviembre de dos mil quince.
VISTO el expediente administrativo número 12/212/(72)/18 legajo 53, formado en la Unidad de Funcionarios Conciliadores de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, con motivo de las solicitudes de trabajadores sindicalizados, para que se convoque a una Convención Obrero Patronal Revisora del Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión en su forma integral, con fundamento en el artículo 419 fracciones I y II de la Ley Federal del Trabajo, presentadas en esta Dependencia por los sindicatos: De trabajadores de la Industria de la Radiodifusión, Televisión, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM), Industrial de Trabajadores y Artistas de Televisión y Radio, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM) e industrial de Empleados y Artistas de Radiodifusoras y Televisoras, Similares y Conexos de la República Mexicana (CTM) a través de sus escritos recibidos en esta Unidad los días dieciséis, veinte y veintidós de octubre de dos mil quince respectivamente, y
CONSIDERANDO
PRIMERO.- Que por convenio de treinta y uno de enero de dos mil catorce, firmado por patrones y trabajadores sindicalizados, representantes del interés profesional de la Industria de la Radio y la Televisión, se dio por revisado en su forma integral, el Contrato Ley de esta Rama Industrial, señalándose en la cláusula séptima una vigencia del primero de febrero del año de dos mil catorce al treinta y uno de enero del año dos mil dieciséis. El referido convenio y el Contrato Ley íntegro se publicaron en el Diario Oficial de la Federación de siete de marzo de dos mil catorce.
SEGUNDO.- Que el Contrato Ley mencionado fue modificado en su aspecto salarial, por convenio de fecha treinta de enero de dos mil quince, publicado en el Diario Oficial de la Federación el veintisiete de febrero de dos mil quince.
TERCERO.- Que atendiendo las solicitudes recibidas con fechas dieciséis, veinte y veintidós de octubre de dos mil quince, formuladas en tiempo por los sindicatos afectos al Contrato Ley de la Industria de la Radio y la Televisión, que...
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