Disposiciones administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de la Administración Pública Federal 2014

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Energía

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos. DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LOS INMUEBLES, FLOTAS VEHICULARES E INSTALACIONES INDUSTRIALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL 2014.

ODÓN DEMÓFILO DE BUEN RODRÍGUEZ, Director General de la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 17, 26 y 33, fracciones I y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 y 69 H de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2 fracción IV, 10, 11, fracciones I y IV, y 12 de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía; y 2 inciso F, fracción IV, 26 y 27 del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, y

CONSIDERANDO

Que la estrategia 4.6.2 del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018 consiste en asegurar el abastecimiento racional de energía eléctrica a lo largo del país, y una de las líneas de acción es promover el uso eficiente de la energía, así como el aprovechamiento de fuentes renovables, mediante la adopción de nuevas tecnologías y la implementación de mejores prácticas;

Que conforme lo establece la Estrategia Nacional de Energía 2013-2027, en el tema estratégico No. 2, se debe elaborar un Programa de Eficiencia Energética en la Administración Pública Federal;

Que con la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Ley para el Aprovechamiento Sustentable de la Energía, el 28 de noviembre de 2008, se crea la Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Energía dotado de autonomía técnica y operativa, que tiene por objeto promover la eficiencia energética y constituirse como órgano de carácter técnico en materia de aprovechamiento sustentable de la energía;

Que la citada Ley en su artículo 11, fracción IV, considera el expedir disposiciones administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética, de conformidad con las disposiciones legales aplicables, y

Que de acuerdo con la fracción VIII del artículo 17 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, deberán prever acciones para fomentar la eficiencia energética y el ahorro en el consumo de agua en las oficinas públicas.

He tenido a bien expedir las siguientes:

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS DE CARÁCTER GENERAL EN MATERIA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA EN LOS INMUEBLES, FLOTAS VEHICULARES E INSTALACIONES INDUSTRIALES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL 2014

  1. Objetivo.

    Las presentes Disposiciones tienen por objeto establecer un proceso de mejora continua para incrementar la eficiencia energética en inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal mediante la implementación de mejores prácticas e innovación tecnológica, así como la utilización de herramientas de operación, control y seguimiento, que contribuyan al uso eficiente de los recursos públicos y a la sustentabilidad.

  2. Definiciones.

    Para los fines de las presentes Disposiciones se establecen las siguientes definiciones. Los términos que no se incluyen tienen su acepción dentro del contexto en el que se utilizan.

    APF: Administración Pública Federal.

    Combustible: Es la fuente de energía necesaria para que un vehículo automotor pueda funcionar.

    Comité: Es el Comité Interno para el Uso Eficiente de la Energía de cada Dependencia o Entidad de la Administración Pública Federal.

    Comisión: La Comisión Nacional para el Uso Eficiente de la Energía.

    Diagnóstico energético integral: Es el estudio que tiene como propósito:

    1. Identificar el consumo por usos finales de energía eléctrica, térmica y combustibles en los inmuebles de uso de oficina, flotas vehiculares e instalaciones de la Administración Pública Federal

    2. Establecer el nivel de eficiencia de su utilización por equipos, aparatos, sistemas y procesos, en términos de índices energéticos, y

    3. Proponer las medidas de uso eficiente de la energía de forma integral; determinar los beneficios energéticos, económicos, ambientales, así como establecer, en su caso, la inversión requerida para su aplicación.

    Dependencia: Se considera a las Secretarías de Estado, sus órganos administrativos desconcentrados, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, la Presidencia de la República, la Procuraduría General de la República y los Tribunales Administrativos.

    Disposiciones: Las Disposiciones administrativas de carácter general en materia de eficiencia energética en los inmuebles, flotas vehiculares e instalaciones industriales de la Administración Pública Federal.

    Entidad: Se considera a los organismos Paraestatales que formen parte de la Administración Pública Federal, en los términos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y de conformidad con la relación que publica anualmente la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

    Flota vehicular: Conjunto de vehículos automotores del sector público que, bajo la administración de un responsable, se utilizan para prestar diversos servicios de transportación.

    Grupo de Trabajo: Es el Grupo de Trabajo de Eficiencia Energética en la Administración Pública Federal.

    Hospital: El inmueble en el cual se atiende a los pacientes para proporcionar el diagnóstico y tratamiento médico que necesitan. No incluyen aquellos inmuebles constituidos como clínicas de medicina familiar.

    Índice de Consumo de Energía Eléctrica (ICEE): Es la relación entre el consumo total de energía eléctrica en un año (en kWh/año) y la superficie construida (en m2), expresado en kWh/m2-año.

    Inmueble: Aquel edificio o conjunto de edificios (en el mismo predio) destinados para oficinas y otros usos pertenecientes a la Administración Pública Federal.

    Inmueble de uso de oficina: Aquel inmueble destinado para uso de oficinas pertenecientes a la APF. Si el inmueble tiene más de un uso (uso mixto), se clasificará como uso de oficinas cuando las áreas de éstas, representen más del 50% de la superficie total construida.

    Inmueble de otro uso: Aquel inmueble que no se clasifique como de uso de oficina.

    Instalación industrial: Centro de trabajo en el cual se llevan a cabo procesos productivos, de transformación o de servicios, a través de uno o varios procesos consumidores de energía.

    Programa: Programa de Eficiencia Energética en la Administración Pública Federal.

    Plan Anual de Trabajo (PAT): El Plan Anual de Trabajo con que deberá...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR