Acuerdo General de Administración X/2003, del cuatro de agosto de dos mil tres, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establece y regula la estructura administrativa de la Oficialía Mayor de este Alto Tribunal

Fecha de disposición12 Septiembre 2003
Fecha de publicación12 Septiembre 2003
EmisorSUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SecciónPRIMERA. Poder Judicial

ACUERDO General de Administración X/2003, del cuatro de agosto de dos mil tres, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se establece y regula la estructura administrativa de la Oficialía Mayor de este Alto Tribunal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.

ACUERDO GENERAL DE ADMINISTRACION X/2003, DEL CUATRO DE AGOSTO DE DOS MIL TRES, DEL COMITE DE GOBIERNO Y ADMINISTRACION DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION, POR EL QUE SE ESTABLECE Y REGULA LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE LA OFICIALIA MAYOR DE ESTE ALTO TRIBUNAL.

El Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, integrado por los señores Ministros Mariano Azuela Güitrón, Sergio Salvador Aguirre Anguiano y Juan Díaz Romero, con fundamento en el punto tercero del Acuerdo Plenario 2/2003 relativo a la creación, atribuciones, funcionamiento e integración de los comités del propio Tribunal Pleno, y

CONSIDERANDO:

PRIMERO. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene, entre otras atribuciones, la de nombrar los comités que sean necesarios para la atención de los asuntos de su competencia;

SEGUNDO. Que el veinte de enero de dos mil tres, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió el Acuerdo 2/2003, relativo a la creación, atribuciones, funcionamiento e integración de los comités del propio Tribunal Pleno, en cuyo punto primero se creó el Comité de Gobierno y Administración;

TERCERO. Que en el punto tercero del mencionado acuerdo, se establece que dicho Comité se ocupará del ejercicio presupuestal y de todas las cuestiones que no sean competencia de los otros comités;

CUARTO. Que mediante Acuerdo General de Administración I/2003, del dieciocho de febrero del dos mil tres, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se creó la Oficialía Mayor y se establecieron sus atribuciones;

QUINTO. Que es conveniente modificar la estructura orgánica administrativa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para contar con un sistema que atienda a las necesidades actuales de este Alto Tribunal.

En este sentido, resulta pertinente crear las Secretarías de Servicios al Trabajo y a Bienes, la Técnico Jurídica y la de Administración, para que desarrollen las atribuciones que anteriormente correspondían a las Secretarías de Finanzas y de Administración creadas transitoriamente en el Acuerdo General de Administración IV/2003, en tanto se definía la nueva estructura administrativa;

SEXTO. Que ante la nueva estructura administrativa que se propone, es necesario crear algunas Direcciones Generales, desaparecer y adscribir a diversas y cambiar de nombre a otras, de la Oficialía Mayor de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como precisar las atribuciones que les corresponden.

Por lo expuesto, y con fundamento en las citadas disposiciones legales, se expide el siguiente:

ACUERDO

PRIMERO. Se crean las Secretarías al Trabajo y a Bienes, la Técnico Jurídica y la de Administración, las cuales estarán adscritas a la Oficialía Mayor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, tendrán las atribuciones y obligaciones establecidas en este Acuerdo.

SEGUNDO. La Secretaría de Servicios al Trabajo y a Bienes tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones; así como las necesarias para coordinar, dirigir y supervisar que las Direcciones Generales adscritas a ella ejerzan adecuadamente las facultades que se les confiere en este Acuerdo en materia de Tecnología de la Información, Adquisiciones y Servicios y Obras y Mantenimiento.

  1. Instrumentar y vigilar la administración y adquisición de los recursos materiales y tecnológicos de la Suprema Corte;

  2. Vigilar el cumplimiento oportuno y adecuado de políticas, lineamientos, programas, disposiciones y decisiones emitidas o suscritas por los comités de Ministros y el Oficial Mayor en materia de recursos materiales y tecnológicos;

  3. Vigilar el cumplimiento de las normas aplicables y procedimientos relativos a la adquisición de bienes muebles, inmuebles y de carácter tecnológico;

  4. Autorizar y vigilar el ejercicio de las asignaciones presupuestales destinadas a la adquisición de los recursos materiales y tecnológicos requeridos por la Institución;

  5. Vigilar el cumplimiento de las asignaciones mediante el procedimiento de licitación pública, invitación, concurso por invitación restringida y adjudicación directa, por parte de los proveedores y contratistas;

  6. Coordinar y supervisar las acciones tendientes al buen funcionamiento de los bienes muebles e inmuebles de la Suprema Corte;

  7. Coordinar los servicios y actividades del Centro de Evaluación de Competencias Laborales de la Suprema Corte;

  8. Supervisar los trámites de contratación de los servicios necesarios para el correcto funcionamiento de la Suprema Corte y firmar los contratos requeridos;

  9. Coordinar y supervisar la contratación de las remodelaciones, mantenimiento y construcción de inmuebles;

  10. Formular el anteproyecto de presupuesto de la Secretaría de Servicios al Trabajo y a Bienes e integrar los de las áreas administrativas a su cargo, así como verificar su correcto y oportuno ejercicio;

  11. Apoyar al Pleno, a los comités de Ministros, al Presidente y al Oficial Mayor, dentro del ámbito de su competencia, en todas las actividades que expresamente le sean encomendadas;

  12. Acordar con los titulares de las unidades administrativas adscritas y el Oficial Mayor, respectivamente, los asuntos que sean de su competencia;

  13. Designar y proponer los nombramientos y movimientos del personal de las unidades administrativas a su cargo, de conformidad con las necesidades del servicio;

  14. Proponer medidas e instrumentos tendientes a la mejor consecución de sus atribuciones;

  15. Vigilar que se cumpla con las disposiciones aplicables en los asuntos de su competencia y con la normatividad en materia de transparencia y acceso a la información; y,

  16. Las demás que le confieran las disposiciones legales y reglamentarias aplicables, así como las que le sean encomendadas por el Oficial Mayor, el Presidente, los comités de Ministros y el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

    TERCERO. Se crean las Direcciones Generales de Tecnología de la Información, y de Obras y Mantenimiento, las que estarán adscritas a la Secretaría de Servicios al Trabajo y a Bienes, al igual que la Dirección General de Adquisiciones y Servicios.

    CUARTO. La Dirección General de Tecnología de la Información tendrá las siguientes atribuciones y obligaciones:

  17. Proponer los lineamientos en materia de tecnología de la información, desarrollo organizacional y desarrollo administrativo, con sujeción a las políticas y normas técnicas que establezca la Secretaría de Servicios al Trabajo y a Bienes, a efecto de armonizar el desarrollo de estas materias al interior de la Suprema Corte y su comunicación con el resto del Poder Judicial de la Federación;

  18. Fungir como área globalizadora en materia de Tecnología de la Información, presupuestando lo correspondiente en el anteproyecto de presupuesto de la Suprema Corte;

  19. Planear, analizar, diseñar, evaluar, desarrollar y mantener los sistemas de información que requieran los órganos jurisdiccionales y unidades administrativas; así como la administración y operación de los recursos tecnológicos requeridos;

  20. Desarrollar estudios técnicos de viabilidad y emitir, en su caso, dictámenes para la adquisición de recursos tecnológicos, vigilando por una parte el cumplimiento de las garantías otorgadas por los proveedores de bienes informáticos y por otra el uso lícito de las licencias de software propiedad de la Institución;

  21. Elaborar, integrar, actualizar y difundir el Manual de Organización de la Suprema Corte; así como los manuales específicos de cada unidad administrativa que la integran;

  22. Realizar estudios de modernización administrativa, basados en reingeniería y realineación de procesos, orientados a proponer la estructura organizacional óptima requerida por la Institución; así como la determinación de los perfiles de puestos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR