Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar productos originarios y provenientes de la República Argentina, de la República de Cuba, de la República de Panamá y de la República del Perú, que sustituye al similar publicado el 29 de diciembre de 2005

DOF, 16 de Enero de 2006Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia

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Acuerdo por el que se dan a conocer los cupos para importar productos originarios y provenientes de la República Argentina, de la República de Cuba, de la República de Panamá y de la República del Perú, que sustituye al similar publicado el 29 de diciembre de 2005

ACUERDO por el que se dan a conocer los cupos para importar productos originarios y provenientes de la República Argentina, de la República de Cuba, de la República de Panamá y de la República del Perú, que sustituye al similar publicado el 29 de diciembre de 2005.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

SERGIO ALEJANDRO GARCIA DE ALBA ZEPEDA, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 34 fracción I de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. fracción III, 5o. fracción V, 23 y 24 de la Ley de Comercio Exterior; 9o. fracción V, y 26 al 36 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 1 y 5 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que nuestro país es parte del Tratado de Montevideo 1980, que instituye la Asociación Latinoamericana de Integración, dentro de la cual se ha negociado con los distintos Estados Miembros y con países de América Central y del Caribe, preferencias arancelarias sujetas a cupo;

Que el 20 de agosto de 1985 se publicó el Acuerdo que regula la distribución de los cupos de importación negociados en el seno de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI), al amparo del Tratado de Montevideo 1980, para administrar los cupos establecidos para Argentina, Cuba, Chile, Brasil, Guatemala, Honduras, El Salvador, Nicaragua, Uruguay, Panamá y Perú;

Que el Acuerdo por el que se da a conocer el Séptimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 8, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos y la República del Perú fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2005;

Que México ha firmado con Bolivia, Chile, Costa Rica, Nicaragua, El Salvador, Guatemala, Honduras, Colombia, Venezuela y Uruguay, Tratados de Libre Comercio, a través de los cuales se administran las preferencias arancelarias;

Que el Acuerdo de Complementación Económica No. 55, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2002;

Que el Acuerdo de Complementación Económica No. 53, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2002;

Que se han publicado los acuerdos que dan a conocer los cupos establecidos en esos tratados y acuerdos citados en los considerandos precedentes;

Que al amparo del Acuerdo que regula la distribución de los cupos de importación negociados en el seno de la ALADI, continúan administrándose los cupos de importación otorgados por México a la República de Argentina, la República de Cuba, la República de Panamá y la República del Perú;

Que es necesario actualizar la administración de la distribución de los cupos de importación negociados en el seno de la ALADI, al amparo del Tratado de Montevideo 1980, y

Que la medida a que se refiere el presente instrumento, cuenta con la opinión favorable de la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CUPOS PARA IMPORTAR PRODUCTOS ORIGINARIOS Y PROVENIENTES DE LA REPUBLICA ARGENTINA, DE LA REPUBLICA DE CUBA, DE LA REPUBLICA DE PANAMA Y DE LA REPUBLICA DEL PERU

ARTICULO 1.- Para los efectos del presente Acuerdo se entenderá por:

I. Dólares.- Dólares de los Estados Unidos de América;

II. TIGIE.- Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación;

III. Importadores tradicionales.- Personas físicas y morales establecidas en los Estados Unidos Mexicanos que hayan registrado importaciones durante el ejercicio del cupo inmediato anterior;

IV. Nuevos importadores.- Personas fís...

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