Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (Continúa en la Sexta Sección)

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. FRANCISCO JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; con fundamento en los artículos 9, 12, 23, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. y 12 de la Ley de Planeación; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 176 de su Reglamento; 7, 8, 32 fracciones IX, X y XIII, 54, 55, 56, 58, 59, 60, 61, 86, 87, 88, 89 y 124 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 30 y 38 del Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011; y 6o., fracción XXIII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 tiene entre sus principales ejes de acción: Lograr una Economía Competitiva y Generadora de Empleos, Garantizar la Igualdad de Oportunidades y la Sustentabilidad Ambiental;

Que en el apartado 2.7 denominado "Sector Rural" del eje 2 "Economía competitiva y generadora de empleos" del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, se establece que el sector agropecuario y pesquero es estratégico y prioritario para el desarrollo del país, porque ofrece los alimentos que consumen las familias mexicanas y provee de materias primas a las industrias manufacturera y de transformación;

Que en el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario y Pesquero 2007-2012 se define las políticas, estrategias y líneas de acción para que las actividades agropecuarias, acuícolas y pesqueras transiten hacia la modernidad en sinergia con otras actividades no agropecuarias del medio rural;

Que en el segundo párrafo del artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria se apunta que las dependencias, las entidades a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector o, en su caso, las entidades no coordinadas serán responsables de emitir las reglas de operación de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquéllas que continúen vigentes;

Que el artículo 30 del Decreto del Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2011 establece los criterios generales a que deberán sujetarse las reglas de operación de los programas federales y el anexo 18 del propio Decreto enlista los programas federales sujetos a reglas de operación;

Que, a fin de lograr un mayor impacto del gasto en el sector, expresado en términos de eficiencia y fomento en las actividades agropecuarias, pesqueras y acuícolas, así como de asistencia, el Ejecutivo Federal propuso una reestructura programática que privilegia el gasto en bienes públicos, para un mayor impacto; utiliza conceptos contables en la definición de rubros de apoyo, para mejorar la rendición de cuentas; replantea las prioridades y facilita la identificación de duplicidades y contraposición entre programas de los tres órdenes de gobierno;

Que la inversión realizada en bienes públicos tiene mayor impacto en productividad y eficiencia de los productores del sector agropecuario, pesquero y acuícola, por lo que es conveniente dar los incentivos necesarios para que se generen, sin dejar de apoyar la inversión privada;

Que la estructura programática de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación incluye los siguientes programas sujetos a reglas de operación: I) Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura; II) Apoyo al Ingreso Agropecuario: PROCAMPO para Vivir Mejor; III) Prevención y Manejo de Riesgos; IV) Desarrollo de Capacidades, Innovación Tecnológica y Extensionismo Rural; y V) Sustentabilidad de los Recursos Naturales;

Que a los programas sujetos a reglas de operación se les adicionarán otros ejes de política pública, para coadyuvar al impulso de los mercados y a perfeccionar la información disponible para el sector, siendo los más relevantes los relacionados con la generación de información para el desarrollo rural sustentable, la promoción de los productos agroalimentarios y su vinculación con el mercado exterior; el desarrollo de mercados; y la planeación y prospectiva;

Que la nueva estructura programática permitirá a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación eficientar el gasto de los recursos fiscales, los cuales serán canalizados a través de los programas sujetos a reglas de operación a su cargo; teniendo siempre como referente la población objetivo a la que están dirigidos, a fin de generar un mayor impacto en el desarrollo y sustentabilidad de las actividades agropecuarias, acuícolas y pesqueras del país, y

Que adicionalmente, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación define una estructura de reglas de operación que facilita su comprensión al ciudadano, he tenido a bien expedir el siguiente

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACION DE LOS PROGRAMAS DE LA SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION

Título I
Disposiciones generales Artículos 1 a 64
Capítulo I Artículo 1

Del Objeto de las Reglas

Artículo 1

El presente Acuerdo tiene por objeto establecer las Reglas de Operación para la aplicación de los siguientes programas y sus componentes:

  1. Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura, con los componentes:

    a) Agrícola, Ganadero y Pesca;

    b) Agricultura Protegida;

    c) Electrificación para Granjas Acuícolas;

    d) Infraestructura Pesquera y Acuícola;

    e) Manejo Postproducción (incluye infraestructura Rastros TIF, FIMAGO, PROVAR e infraestructura para centros de acondicionamiento pecuario);

    f) Modernización de la Flota Pesquera y Racionalización del Esfuerzo Pesquero;

    g) Recursos Genéticos (agrícolas, pecuarios y acuícolas), y

    h) Tecnificación del Riego.

  2. Programa de Apoyo al Ingreso Agropecuario PROCAMPO Para Vivir Mejor, con los componentes:

    a) PROCAMPO: Para Vivir Mejor;

    b) Diesel Agropecuario/Modernización de la Maquinaria Agropecuaria;

    c) Diesel Marino;

    d) Fomento Productivo del Café, y

    e) Gasolina Ribereña.

  3. Programa de Prevención y Manejo de Riesgos, con los componentes:

    a) Apoyo al Ingreso Objetivo y a la Comercialización (incluye agricultura por contrato y ganadería por contrato);

    b) Atención a Desastres Naturales en el Sector Agropecuario y Pesquero;

    c) Garantías (incluye garantías para adquisición de fertilizantes y desarrollo pesquero);

    d) Fondo para la Inducción de Inversión en Localidades de Media, Alta y Muy Alta Marginación, y

    e) Sanidades.

  4. Programa de Desarrollo de Capacidades, Innovación Tecnológica y Extensionismo Rural, con los componentes:

    a) Apoyos para la Integración de Proyectos (incluye apoyos a Organizaciones Sociales, Elaboración e Integración de Proyectos y Sistemas Producto);

    b) Desarrollo de Capacidades y Extensionismo Rural, e

    c) Innovación y Transferencia de Tecnología.

  5. Programa de Sustentabilidad de los Recursos Naturales, con los componentes:

    a) Bioenergía y Fuentes Alternativas;

    b) Conservación y Uso Sustentable de Suelo y Agua;

    c) Disminución del Esfuerzo Pesquero;

    d) Inspección y Vigilancia Pesquera;

    e) Ordenamiento Pesquero y Acuícola;

    f) PROGAN, y

    g) Reconversión Productiva.

  6. Proyectos Transversales, comprendiendo:

    a) Proyecto Estratégico de Seguridad Alimentaria (PESA);

    b) Desarrollo de las Zonas Aridas;

    c) Trópico Húmedo;

    d) Apoyo a la Cadena Productiva de los Productores de Maíz y Frijol (PROMAF);

    e) Apoyo a Agricultura de Autoconsumo de Pequeños Productores hasta 3 hectáreas, y

    f) Modernización sustentable de la Agricultura Tradicional.

    Todos los programas y sus componentes incluidos en las presentes Reglas de Operación están sujetos al presupuesto autorizado en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el año fiscal correspondiente, y se sumarán a la perspectiva transversal del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable, con el fin de incrementar el ingreso permanente de los beneficiarios y la producción de alimentos de calidad en beneficio de las familias y se ejecutarán observando las prioridades establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012 y, en el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario y Pesquero 2007-2012, así como en los acuerdos del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable y de la Comisión Intersecretarial para el Desarrollo Rural Sustentable.

    Una estrategia especial de los programas y sus componentes será la atención de la competitividad de las ramas productivas básicas: maíz, frijol, trigo, sorgo, arroz, caña de azúcar, café, huevo, leche, carne de bovino, porcino y aves, y pescado.

    La interpretación de las disposiciones contenidas en el presente acuerdo, así como la resolución de los asuntos no previstos en éstas, serán facultad de la Secretaría en los...

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