Aviso para dar a conocer el incentivo a la cultura de la calidad del frijol negro, pinto y claro, del componente incentivos a la comercialización de los estados de Chihuahua, Durango y Zacatecas del ciclo agrícola primavera-verano 2013

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EmisorSecretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. BALTAZAR MANUEL HINOJOSA OCHOA, Director en Jefe de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; con fundamento en los artículos 17, 26 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 9 y 12 de la Ley de Planeación; 7, 32, fracciones VI, IX y XIV, 54, 55, 56, 60, 70, 72, 104, 105, 109, 178, 179, 183 fracción V, 188, 189, 190 fracción II y 191 fracciones II, III, VI, VII y VIII de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 fracciones XI, XX y XXI, 30 y 31 fracción IV, 36 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 2 apartado D, fracción I, 44, 45 párrafos primero y segundo, 46 y octavo transitorio, del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y 1 fracción I, 2, 3 y 4 fracción LXXXI, 5, 7, 8 numeral 5 inciso c), 9, 10, 20, 21, 23, 24 fracción I, 25 fracción II, 69, 70, 71, 72 primer y segundo párrafo, 74, 79, 80, quinto transitorio y Anexo I del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2013, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013 tiene contemplado en su cuarta meta nacional denominada "México Próspero", en su "Objetivo 4.10. Construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país", la Estrategia 4.10.1. orientada a impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante la inversión en el desarrollo de capital físico, humano y tecnológico, y más específicamente como línea de acción, la de Impulsar una política comercial con enfoque de agronegocios y la planeación del balance de demanda y oferta, para garantizar un abasto oportuno, a precios competitivos, coadyuvando a la seguridad alimentaria, así como la de apoyar la producción y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agropecuarios y pesqueros de las zonas rurales más pobres, generando alternativas para que se incorporen a la economía de manera más productiva;

Que conforme al Decreto que establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE) publicado el 22 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, el Gobierno Federal debe garantizar en el corto plazo a la población el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad a través de acciones coordinadas, eficientes y transparentes con alto contenido de participación social. Dichas acciones contribuirá al cumplimiento de uno de los objetivos de SINHAMBRE estipulados en el Artículo Segundo, inciso III, referido a la necesidad de aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas;

Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 (PEF), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, establece en su Anexo 10, de conformidad con su artículo 3 fracciones XI, XX y XXI, la asignación del gasto para el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, para el componente, denominado Incentivos a la Comercialización, dentro del Ramo 08, en la Vertiente de Competitividad, del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable;

Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2013, prevé en el numeral II, parte II.1, el manejo y prevención de riesgos climáticos y de mercado, así como la planeación del balance oferta-demanda, como dos de los pilares de la estrategia integral de elevar la productividad para alcanzar el máximo potencial del sector agropecuario, y para impulsarlos, la instrumentación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, con el fin de fortalecer con el primer pilar, la cadena productiva y comercial agroalimentaria, dando certidumbre en los mercados y en el ingreso de los productores a través de incentivos a la comercialización de productos agroalimentarios elegibles, buscando con el segundo un crecimiento equilibrado del mercado que permita elevar la producción y productividad para garantizar el abasto a precios accesibles y en condiciones adecuadas de sanidad, cantidad y calidad;

Que en el artículo 8, numeral 5, inciso c) del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2013, en adelante Reglas de...

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