Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas NMX-F-392- SCFI-2012, NMX-F-495-SCFI-2012 y NMX-F-526-SCFI-2012

Fecha de disposición20 Marzo 2013
Fecha de publicación20 Marzo 2013
EmisorPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-F-392-SCFI-2012 INDUSTRIA AZUCARERA Y ALCOHOLERA-MATERIALES EN PROCESO, PRODUCTOS TERMINADOS Y SUBPRODUCTOS-SIMBOLISMO (CANCELA A LA NMX-392-1986), NMX-F-495-SCFI-2012 DETERMINACION DE AZUCARES REDUCTORES DIRECTOS EN AZUCAR DE CAÑA (CANCELA A LA NMX-F-495-1986) Y NMX-F-526-SCFI-2012 INDUSTRIA AZUCARERA Y ALCOHOLERA-DETERMINACION DE COLOR POR ABSORBANCIA EN AZUCARES (CANCELA A LA NMX-526-1992).

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 51-B y 54 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas y aprobadas por el Comité Técnico de Normalización Nacional de la Industria Azucarera y Alcoholera lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de la norma que se indica puede ser adquirido gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco No. 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México o en el catálogo electrónico de la Dirección General de Normas: http://www.economia-nmx.gob.mx/normasmx/index.nmx

La presente norma mexicana entrará en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

CLAVE O CODIGO TITULO DE LA NORMA
NMX-F-392-SCFI-2012 INDUSTRIA AZUCARERA Y ALCOHOLERA-MATERIALES EN PROCESO, PRODUCTOS TERMINADOS Y SUBPRODUCTOS-SIMBOLISMO (CANCELA A LA NMX-392-1986)
Objetivo y campo de aplicación La presente norma mexicana establece el sistema de símbolos aplicables a las materias primas, productos en proceso, productos terminados y subproductos de los ingenios azucareros.
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