Declaratoria de vigencia de las normas mexicanas que se indican

EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
Fecha de disposición22 Julio 2015
Fecha de publicación22 Julio 2015
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.- Subsecretaría de Competitividad y Normatividad.- Dirección General de Normas. DECLARATORIA DE VIGENCIA DE LAS NORMAS MEXICANAS NMX-J-198-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-198-ANCE-2005), NMX-J-410-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-410-1982), NMX-J-454-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-454-ANCE-2009), NMX-J-598-ANCE-2015 (CANCELA A LA NMX-J-598-ANCE-2007), NMX-J-610/4-34-ANCE-2015, NMX-J-673/11-ANCE-2015, NMX-J-673/25-1-ANCE-2015, NMX-J-703/1-ANCE-2015 Y NMX-J-706/2-ANCE-2015.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones II, XIII y XXXIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3 fracción X, 51-A, 54 y 66 fracción V de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 45 y 46 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 21 fracciones I, IX y XXI del Reglamento Interior de esta Secretaría y habiéndose satisfecho el procedimiento previsto por la ley de la materia para estos efectos, expide la Declaratoria de Vigencia de las Normas Mexicanas que se enlistan a continuación, mismas que han sido elaboradas, aprobadas y publicadas como Proyectos de Normas Mexicanas bajo la responsabilidad del Organismo Nacional de Normalización denominado "Asociación de Normalización y Certificación, A.C. (ANCE)" lo que se hace del conocimiento de los productores, distribuidores, consumidores y del público en general. El texto completo de las normas que se indican puede ser adquirido en la sede de dicho organismo ubicado en Av. Lázaro Cárdenas número 869, fraccionamiento 3, colonia Nueva Industrial Vallejo, delegación Gustavo A. Madero, Código Postal 07700, México, Distrito Federal y/o al correo electrónico: ance@ance.org.mx, o consultarlo gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Código Postal 53950, Estado de México.

Las Normas Mexicanas, NMX-J-410-ANCE-2015, NMX-J-454-ANCE-2015, NMX-J-598-ANCE-2015, NMX-J-610/4-34-ANCE-2015, NMX-J-673/11-ANCE-2015, NMX-J-673/25-1-ANCE-2015, NMX-J-703/1-ANCE-2015 y NMX-J-706/2-ANCE-2015 entrarán en vigor 60 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de Vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

La Norma Mexicana NMX-J-198-ANCE-2015 entrará en vigor 180 días naturales después de la publicación de esta Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación.

CLAVE O CÓDIGO
TÍTULO DE LA NORMA
NMX-J-198-ANCE-2015
ILUMINACIÓN-CONTROLADORES PARA LÁMPARAS FLUORESCENTES-MÉTODOS DE PRUEBA (CANCELA A LA NMX-J-198-ANCE-2005; NORMA REFERIDA EN LA NOM-058-SCFI-1999, NOM-064-SCFI-2000 Y NOM-017-ENER/SCFI-2012)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana establece los métodos de prueba para controladores para lámparas fluorescentes.
Esta Norma Mexicana aplica a controladores electromagnéticos, electrónicos o híbridos para lámparas fluorescentes, del tipo de cátodo caliente [encendido normal, rápido (incluyendo rápido modificado) o instantáneo] o de cátodo frío y controladores para lámparas fluorescentes de inducción magnética
Concordancia con Normas Internacionales
Esta Norma no coincide con las Normas Internacionales "IEC 60921, Ballasts for tubular fluorescent lamps-Performance requirements, ed 2.1 (2006-06)" e "IEC 60929, AC and/or DC-supplied electronic control gear for tubular fluorescent lamps-Performance requirements, ed 4.0 (2011-05)", no es posible concordar con las Normas Internacionales por las razones siguientes:
a) La Norma Internacional contiene requisitos de desempeño en materia de controladores para lámparas fluorescentes, los cuales no se cubren en esta Norma Mexicana, ya que existe una regulación sobre el tema.
b) La Norma Mexicana difiere en las características eléctricas de los controladores, lo cual se debe a diferencias de tecnología tanto en sistemas de encendido, tensiones de alimentación y potencia.
c) Las condiciones ambientales en el país difieren de las que se contemplan en la Norma Internacional, por lo que, los métodos de prueba se ajustan a dichas diferencias.

Bibliografía
NOM-008-SCFI-2002, Sistema general de unidades de medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.
NOM-017-ENER/SCFI-2012, Eficiencia energética y requisitos de seguridad de lámparas fluorescentes compactas autobalastradas. Límites y métodos de prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013.
NOM-058-SCFI-1999, Productos eléctricos-Balastros para lámparas de descarga eléctrica en gas-Especificaciones de seguridad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1999.
IEC 60921 ed 2.1 (2006-06-26) Ballasts for tubular fluorescent lamps-Performance requirements.
IEC 60929 ed 4.0 (2011-05-19) AC and/or DC-supplied electronic control gear for tubular fluorescent lamps-Performance requirements.
ANSI C82.2- 2002 For lamp ballasts-methods of measurement of fluorescent lamp ballasts.
ANSI C82.11-2011 For lamp ballasts-High frequency fluorescent lamp ballasts.
ANSI C78.375-2014 Fluorescent lamps-Guide for electrical measures.
UL 935 Ed. 10- 2001 Fluorescent-Lamp Ballasts.
NMX-J-410-ANCE-2015
GUÍA PARA LA INSTALACIÓN Y EL MANTENIMIENTO DE TRANSFORMADORES INMERSOS EN LÍQUIDO AISLANTE (CANCELA A LA NMX-J-410-1982)
Objetivo y campo de aplicación
Esta Norma Mexicana se proporciona como una guía para el transporte, el manejo, la inspección, la instalación y el mantenimiento de transformadores de potencia inmersos en liquido con designaciones iguales o mayores que 501 kVA con tensiones en el secundario iguales o mayores que 1 000 V. Esta guía cubre el intervalo completo de transformadores de potencia, incluyendo transformadores de extraalta tensión (EAT).
Contiene información para el uso de transformadores con designaciones menores que 10 MVA con altas tensiones inferiores a 69 kV, Aplica para transformadores con designaciones mayores o iguales que 10 MVA con tensiones en el primario mayores o iguales que 69 kV, misma que incluye transformadores EAT.
Concordancia con Normas Internacionales
Esta norma no coincide con ninguna Norma Internacional, por no existir esta última al momento de elaborar la Norma Mexicana.
Bibliografía
NMX-J-116-ANCE-2005, Transformadores de distribución tipo poste y tipo subestación-Especificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 2005 (norma retirada).
NMX-J-123-ANCE-2008, Aceites minerales aislantes para transformadores-Especificaciones, muestreo y métodos de prueba, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 8 de diciembre de 2008.
NMX-J-284-ANCE-2012, Transformadores y autotransformadores de potencia-Especificaciones, publicada en el Diario Oficial...

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