Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública

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EmisorSecretaría de la Función Pública

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 14, 18 y 37 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA

ARTÍCULO ÚNICO

Se REFORMAN los artículos 2, fracción XI; 3, apartado A, fracciones VII y XVI.3; 6, fracciones I, XV y XVIII; 7, fracción VII; 7 BIS, fracciones I, II, III, IV, VI, VII, VIII, IX, X, XI y XII; 7 TER, fracciones VI y VII; 7 QUATER, párrafo primero y sus fracciones VII, IX y X; 8, fracciones VI, XX y XXII; 9, fracciones II, VII, IX y XX; 12, fracción XIV bis; 13, fracción IV; 14, fracción VIII; 15, fracción V, inciso a); 16, fracción IV; 17; 17 BIS, fracciones I, XI y XII; 18, fracciones I, II, III, V, VI y VIII bis; 23, fracciones I, II, VI, IX y XVI; 25, fracciones I, III, IV, V, IX, X, XIII, XV, XVII, XVIII, XIX y XX; 26, fracciones I, II, párrafo primero y su numeral 2, III, IX, X, XII, XIV, XV, XVI, XVI bis, XVIII, XVIII bis y XXI; 27, fracciones II, III, IV, V y VII; 28, fracciones I, II, V y VIII; 29, fracciones I, III, VI y VIII; 30, fracciones I, II, numeral 6, VIII, XI, XIII, XVI, XVII y XXII; 31, fracciones I, párrafos primero y segundo, IV, V y X; 32, fracciones VIII, IX, XIII y XIV; 33; 33 BIS, fracciones II a VIII; 34, párrafos primero, fracciones III, V, VI, XI y XVIII y segundo; 37, párrafos primero y su fracción IX y segundo; 38, fracciones I, IX y XIV; 41, fracciones II, párrafo primero y sus numerales 1, 2, 4, 5, 6 y 8, V, VI y VII; 42, fracciones I, II, VI, XII, XIII y XVI; 43, fracciones I, II y V; 44, fracciones I, III, V, VII, VIII y X; 45; 46; 49, fracciones IV y VII; 50, fracciones II, VI, VII y VIII; 62, fracciones I, numeral 1, III, numeral 2 y XII; 65, fracciones VII y VIII; 66, fracción I; 67, fracción II; 68, fracción I, numeral 1; 70, fracciones I, II, III, IV, V, VI, IX y XI; 72, fracción XV; 73, fracciones II y III; 76; 77, fracciones VII y VIII; 78, fracciones III, VI y VII y 87; se ADICIONAN los artículos 3, apartado A, las fracciones VI. 6, VI. 6.1, VI.6.1.1, VI.6.1.2, VII ter, VII ter. 1, VII ter. 2, VII ter. 3, XVII bis y XVII ter; 6, la fracción XVIII bis; 7 BIS, las fracciones XIII a XVII; 7 QUATER, las fracciones XI y XII; 9, la fracción VII bis; 12, fracciones X bis, X ter y X quater; 14 BIS; 14 BIS 1; 14 BIS 2; 17 BIS, las fracciones I bis, I ter, XI bis y XI ter; 17 TER; 17 TER 1; 17 TER 2; 17 TER 3; 19, la fracción XV bis; 25, la fracción XVIII bis; 26, las fracciones I bis y XII bis; 28, la fracción V bis; 29, la fracción VI bis; 30, las fracciones I bis, XI bis y XXII bis; 31, la fracción X bis; 32, las fracciones VIII bis y XIV bis; 33 BIS, las fracciones IX a XIII; 34, la fracción IX bis; 35, la fracción I bis; 36, la fracción I bis; 37, la fracción III bis; 38, fracciones I bis y I ter; 38 BIS; 38 TER y 50, las fracciones VI bis, VII bis, VII ter, VIII bis y VIII ter y se DEROGAN los artículos 3, apartado A, fracciones XXIV, XXIV.1, XXIV.1.1, XXIV. 1.2 y el apartado B; 6, fracciones VIII y XVI; 7, fracción I bis; 16, fracción XI; 19, la fracción XI; 23, la fracción XIII; 25, la fracción VIII; 34, las fracciones II y VIII; 37, las fracciones I, II, IV, V, X, XI y XII; 62, la fracción IV; 65, la fracción I; 66, las fracciones IV y V; 75; 75 BIS; 75 BIS 1 y 85 del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 2

...

  1. a X. ...

  2. Secretario: el o la Titular de la Secretaría;

  3. a XIII. ...

ARTÍCULO 3

...

  1. ...

    1. a VI. 5 ...

    2. 6 Dirección General de Información e Integración;

      VI.6.1 Dirección General Adjunta de Evolución Patrimonial;

      VI.6.1.1 Dirección de Evolución Patrimonial A, y

      VI.6.1.2 Dirección de Evolución Patrimonial B;

    3. Unidad de Políticas de Apertura Gubernamental y Cooperación Internacional;

    4. bis. ...

    5. ter. Unidad de Vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción;

    6. ter. 1 Dirección General de Vinculación con el Sistema Nacional Anticorrupción;

    7. ter. 2 Dirección General de Vinculación con el Sistema Nacional de Fiscalización;

    8. ter. 3 Dirección General de Análisis, Diagnóstico y Formulación de Proyectos en Materia Anticorrupción de la Administración Pública Federal;

    9. a XVI. 2. ...

    10. 3. Dirección General Adjunta de Apoyo en Contrataciones Públicas;

    11. ...

    12. bis. Dirección General de Igualdad de Género;

    13. ter. Dirección General de Transparencia;

    14. a XXIII.4 ...

    15. Derogada.

    16. 1 Derogada.

    17. 1.1 Derogada.

    18. 1. 2 Derogada.

    19. a XXVIII. ...

  2. Derogado.

  3. a E. ...

    ...

ARTÍCULO 6

...

  1. Emitir las disposiciones, reglas y bases de carácter general, normas y lineamientos para el ejercicio de las atribuciones que las leyes otorgan a la Secretaría, entre otras, en las materias de control interno y la evaluación de la gestión gubernamental, auditorías, desarrollo administrativo armónico, coordinado e integral, gobierno abierto, servicio profesional de carrera, responsabilidades administrativas de los servidores públicos, integridad, ética y prevención de conflictos de interés, planeación y administración de recursos humanos, adquisiciones, arrendamientos, obras públicas y servicios relacionados con las mismas;

  2. bis. a VII. ...

  3. Derogada.

  4. a XIV bis. ...

  5. Suscribir los convenios o contratos que la Secretaría celebre con los poderes legislativo y judicial, órganos constitucionales autónomos, gobiernos de las entidades federativas, municipios y alcaldías de la Ciudad de México;

  6. Derogada.

  7. ...

  8. Designar y remover a los delegados y subdelegados de la Secretaría ante las dependencias,

    incluyendo a sus órganos administrativos desconcentrados, y de la Procuraduría, y a los comisarios públicos ante los órganos de vigilancia de las entidades, para el mejor desarrollo del sistema de control interno y la evaluación de la gestión gubernamental, así como normar y controlar su desempeño;

  9. bis. Designar y remover a los titulares de los órganos internos de control y a los titulares de las áreas de auditoría, quejas y responsabilidades de dichos órganos, en las dependencias, entidades y la Procuraduría; a los titulares de las unidades de responsabilidades de las empresas productivas del Estado y titulares de las unidades equivalentes en las empresas productivas subsidiarias, incluyendo a los titulares de sus respectivas áreas, quienes dependerán jerárquica y funcionalmente de la Secretaría;

  10. a XXIV. ...

ARTÍCULO 7

...

  1. ...

  2. bis. Derogada.

  3. a VI. ...

  4. Proponer al Secretario los lineamientos para la formulación del plan anual de trabajo y de evaluación de los órganos internos de control y Unidades de Responsabilidades en el ámbito de su competencia, previa opinión de la Coordinación General de Órganos de Vigilancia y Control, así como verificar su cumplimiento;

  5. a XV. ...

ARTÍCULO 7 BIS

...

  1. Establecer en la Administración Pública Federal, acciones que propicien el fortalecimiento del sistema de control interno y la evaluación de la gestión gubernamental, a efecto de prevenir, detectar y disuadir actos de corrupción e incorporar las mejores prácticas en la gestión gubernamental, e impulsar y promover estas acciones en las entidades federativas en el marco del Sistema Nacional Anticorrupción y del Sistema Nacional de Fiscalización, mediante la formalización de los respectivos instrumentos jurídicos;

  2. Proponer al Secretario la política general de auditorías y aprobar el plan anual de trabajo y de evaluación que en el mes de noviembre, deben formular las unidades encargadas de la función de auditoría en la Secretaría y en los órganos internos de control, considerando las bases del Sistema Nacional de Fiscalización;

  3. Vigilar el cumplimiento de las normas de control interno y fiscalización, en colaboración con las autoridades que integran el Sistema Nacional Anticorrupción, así como propiciar la eficacia y la eficiencia de las funciones de auditoría y control que desarrollan los órganos internos de control en las dependencias y entidades, a fin de privilegiar la actividad preventiva y el logro de los objetivos y metas institucionales;

  4. Proponer al Secretario las políticas y directrices para la designación, remoción, control y evaluación del desempeño de los auditores externos, a efecto de realizar con la eficiencia necesaria la fiscalización externa de calidad en las entidades;

  5. ...

  6. Dar seguimiento a la fiscalización y verificación de los recursos públicos federales de los fondos y programas transferidos a las entidades...

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