Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia.
Edición | Matutina |
Emisor | Secretaría de Gobernación |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :
SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA
Artículo Único.-
Se reforman las fracciones III y V del artículo 7; las fracciones IV y V del artículo 9, y la fracción II del artículo 10; y se adicionan la fracción VI al artículo 7; la fracción VI al artículo 9, y la fracción IV al artículo 10 de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia, para quedar como sigue:
Artículo 7.-
...
I. y II. ...
III. El fomento de la solución pacífica de conflictos privilegiando la comunicación a través del diálogo, la tolerancia y el principio de no discriminación;
IV. Estrategias de educación y sensibilización de la población para promover la cultura de legalidad y tolerancia respetando al mismo tiempo las diversas identidades culturales. Incluye tanto programas generales como aquéllos enfocados a grupos sociales y comunidades en altas condiciones de vulnerabilidad;
V. Se establecerán programas que modifiquen las condiciones sociales de la comunidad y generen oportunidades de desarrollo especialmente para los grupos en situación de riesgo, vulnerabilidad, marginación, o afectación, y
VI. Estrategias y acciones de protección a las familias para evitar su desintegración y cualquier modalidad de violencia que la propicie, a través de la educación y el empoderamiento de todos sus miembros sin ningún tipo de discriminación.
Artículo 9.-
...
I. a III. ...
IV. Medidas administrativas encaminadas a disminuir la disponibilidad de medios comisivos o facilitadores de violencia;
V. La aplicación de estrategias para garantizar la no repetición de casos de victimización, y
VI. La recuperación de espacios públicos, con la participación de la comunidad incluyendo todos los grupos que la conforman.
Artículo 10.-
...
I. ...
II. La inclusión de la prevención de la violencia, la delincuencia y de las adicciones, principalmente de alcohol, tabaco y estupefacientes, en las políticas públicas en materia de educación, a través de la difusión de contenidos tendientes a disminuirlas;
III. El fortalecimiento...
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