Decreto por el que se reforman los artículos 1 y 28 de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de la Defensa Nacional

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente

DECRETO

EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, D E C R E T A :

SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 1 Y 28 DE LA LEY DE EDUCACIÓN MILITAR DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS

Artículo Único.-

Se reforman los artículos 1, párrafo primero y 28 de la Ley de Educación Militar del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 1.-

La presente Ley tiene por objeto regular la Educación que imparte la Secretaría de la Defensa Nacional, orientada al conocimiento y aplicación de la ciencia y el arte militar, así como otras afines a las necesidades del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, aplicable en igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres.

...

Artículo 28.-

El proceso de admisión a las Instituciones de Educación Militar se señalará en el reglamento respectivo de esta Ley, en el que se deberá promover la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Transitorio

Único. El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Ciudad de México, a 5 de abril de 2018.- Sen. Ernesto Cordero Arroyo, Presidente.- Dip. Edgar Romo García, Presidente.- Sen. Rosa Adriana Díaz Lizama, Secretaria.- Dip. Sofía del Sagrario De León Maza, Secretaria.- Rúbricas.

En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución...

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