Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-012-SCT-2-2014, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal

Fecha de Entrada en Vigor10 de Agosto de 2014
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Comunicaciones y Transportes

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PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-012-SCT-2-2014, Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal. CARLOS FERNANDO ALMADA LÓPEZ, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 3o. fracción Xl, 38 fracción II; 40 fracciones III y XVI; 41, 43 y 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28, 33, 34 y 61 fracción I del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o. y 5o. fracciones IV y VI, 39, 60, 70 y 70 Bis de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 40 del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1o., 3o., 4o., 5o. y 6o. del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal; 2o. fracción III, y 6o. fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y

Considerando

Que ante la revisión de la NOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, y ante las diversas posiciones sobre su contenido y alcances, el 2 de mayo de 2013 se conformó un Panel de Expertos a partir del Acuerdo de Entendimiento suscrito entre la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las principales cámaras y asociaciones del Subsector del Autotransporte para que, con base en los estudios e información existentes en materia de peso y dimensiones, emitiera opinión con relación a la NOM-012-SCT-2-2008;

Que de conformidad al Acuerdo de Entendimiento arriba referido, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y las principales cámaras y asociaciones establecieron el compromiso de aceptar la recomendación que sobre la NOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, emitiera el Panel de Expertos, el cual constituirá un referente técnico para determinar lo más conveniente para el país y definir con ello las posturas sobre la modificación de la Norma de referencia;

Que el Panel de Expertos conjuntó un grupo de alto prestigio científico, de carácter heterogéneo, de probada honorabilidad y profundos conocimientos en cada una de las ramas de las ciencias en la que son expertos, quienes auxiliaron en la emisión de una recomendación sobre peso y dimensiones en el autotransporte federal;

Que el Cuerpo Colegiado, después de su instalación por el Secretario de Comunicaciones y Transportes el 17 de mayo de 2013, celebró 21 sesiones de trabajo y se reunió con las 13 cámaras y asociaciones que firmaron el Acuerdo de Entendimiento, así como con diversas instituciones y dependencias de gobierno, tales como Petróleos Mexicanos, Policía Federal, el Laboratorio de Transporte y Sistemas del Instituto de Ingeniería de la Universidad Nacional Autónoma de México, la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros, el Centro de Experimentación y Seguridad Vial México, y con expertos del Departamento del Transporte de los Estados Unidos y de la Asociación Mundial de Carreteras. En esas reuniones, todos los participantes expusieron con amplitud sus opiniones y plantearon sus posturas; y los miembros del Panel escucharon e intercambiaron puntos de vista, sustentados en su experiencia, tanto científica, de los panelistas, como la obtenida de la práctica de años de actividad en el autotransporte federal, por parte de los transportistas;

Que el aspecto fundamental de las discusiones sostenidas versó sobre la cuestión del peso máximo permitido al autotransporte, para posteriormente identificar otros temas relevantes que abonan a la seguridad nacional, conservación de la infraestructura, preservación del medio ambiente y promoción de la competitividad que, a la conclusión de sus trabajos, fueron consignadas en diversas recomendaciones, publicadas en la página de internet de esta Secretaría, mediante comunicado 297, de fecha 6 de diciembre de 2013. Las cuales incluso se expusieron en su momento, ante las comisiones en materia de transporte de las Cámaras del Congreso de la Unión;

Que el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, en su reunión celebrada el 28 de mayo de 2013, alcanzó un Acuerdo con relación a la NOM-012-SCT-2-2008. En dicho Acuerdo se estableció notificar al Secretariado Técnico de la Comisión Nacional de Normalización el resultado de la revisión quinquenal y continuar con la vigencia de la Norma;

Que en el Programa Nacional de Normalización 2014, publicado el pasado 11 de abril, se encuentra incluida la modificación de la NOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal;

Que para fortalecer el proceso de modificación de la NOM-012-SCT-2-2008 Sobre el peso y dimensiones máximas con los que pueden circular los vehículos de autotransporte que transitan en las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, se atendieron las recomendaciones del Panel de Expertos, donde se establece que es necesario modificar las especificaciones técnicas contenidas en la misma, privilegiándose la seguridad de todos los usuarios de las vías generales de comunicación de jurisdicción federal, evitando el daño a la infraestructura carretera, promoviéndose la competitividad y productividad del subsector autotransporte, así como la preservación del ambiente;

Que es necesario eliminar la diferenciación de los vehículos unitarios y tractocamiones articulados sencillos, que operan con suspensión neumática o suspensión mecánica, lo que permite establecer un peso único en estas configuraciones con los actualmente establecidos en la NOM-012-SCT-2-2008 que, en forma diferenciada, sólo se autorizan a vehículos con suspensión neumática. Lo anterior, con la finalidad de promover la productividad y competitividad de las configuraciones sencillas y vehículos unitarios;

Que es necesario actualizar las especificaciones sobre restricción de circulación, especialmente en aquellos vehículos más largos, a las condiciones de geometría de la infraestructura carretera, sección transversal e infraestructura de puentes, favoreciéndose la seguridad de todos los usuarios de las vías generales de comunicación de jurisdicción federal y anticipando esta medida para evitar el aumento de daños futuros a la infraestructura carretera;

Que es necesario establecer disposiciones que permitan la verificación rápida, transparente y expedita del peso de los vehículos en las carreteras, a través de básculas de pesaje dinámico, y las correspondientes multas emitidas bajo esquemas electrónicos, con la finalidad de contribuir en el fortalecimiento de los mecanismos de cumplimiento de la normatividad, con su consecuente impacto en la seguridad de los usuarios y de las vías de comunicación de jurisdicción federal, esto es, habilitar la posibilidad de su vigilancia con el apoyo de esquemas tecnológicos que actualmente ofrece el mercado;

Que habiéndose cumplido con el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Proyecto de NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-012-SCT-2-2014, SOBRE EL PESO Y DIMENSIONES MÁXIMAS CON LOS QUE PUEDEN CIRCULAR LOS VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE QUE TRANSITAN EN LAS VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN DE JURISDICCIÓN FEDERAL fue aprobado, por mayoría, por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, en su segunda sesión extraordinaria celebrada el 2 de junio de 2014;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 47 fracción I y en relación con el 45, ambos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se ordena su publicación, para que en un plazo de 60 días naturales contados a partir de su fecha de publicación, los interesados presenten comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, ubicado en Calzada de Las Bombas 411, 2do. Piso, Colonia Los Girasoles, Código Postal 04920, Delegación Coyoacán, Teléfono 5011-9270, correo electrónico: consulta.nom012@sct.gob.mx; y durante ese lapso la Manifestación a que se refiere el artículo 45 de la citada Ley, estará a disposición del público para su consulta en el domicilio arriba indicado.

En virtud de lo anterior, he tenido a bien ordenar la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana:

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-012-SCT-2-2014, SOBRE EL PESO Y DIMENSIONES MÁXIMAS CON LOS QUE PUEDEN CIRCULAR LOS VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE QUE TRANSITAN EN LAS VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN DE JURISDICCIÓN FEDERAL.

México, D.F., a 6 de junio de 2014.- El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Carlos Fernando Almada López.- Rúbrica.

PROYECTO NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-012-SCT-2-2014, SOBRE EL PESO Y DIMENSIONES MÁXIMAS CON LOS QUE PUEDEN CIRCULAR LOS VEHÍCULOS DE AUTOTRANSPORTE QUE TRANSITAN EN LAS VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN DE JURISDICCIÓN FEDERAL

PREFACIO

En la elaboración de este PROYECTO de la Norma Oficial Mexicana participaron:

SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE

o DIRECCIÓN GENERAL DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL

- SUBSECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA

o...

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