Acuerdo 51.1300.2006 de la Junta Directiva, por el que se aprueban reformas a los artículos 45 y 54 Ter del Estatuto Orgánico del ISSSTE

Fecha de disposición23 Noviembre 2006
Fecha de publicación23 Noviembre 2006
EmisorINSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
SecciónPRIMERA. Organismos Descentralizados Y/o Desconcentrados

ACUERDO 51.1300.2006 de la Junta Directiva, por el que se aprueban reformas a los artículos 45 y 54 Ter del Estatuto Orgánico del ISSSTE.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado.- Secretaría de la Junta Directiva.- SJD.-0151/2006.

ACUERDO 51.1300.2006

LIC. BENJAMIN GONZALEZ ROARO Director General del Instituto Presente.

En sesión celebrada por la Junta Directiva el día de hoy, al tratarse lo relativo a la modificación del Estatuto Orgánico del Instituto, por adecuaciones a la estructura orgánica de la Subdirección General Médica y la Coordinación General de Administración, se tomó el siguiente:

ACUERDO 51.1300.2006.- La Junta Directiva, con fundamento en los artículos 58, fracción VIII de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 150, fracción VI y 157, fracción XVI, de la Ley del ISSSTE, y con base en la exposición hecha por el Coordinador General de Administración, autoriza a modificar la estructura orgánica de la Subdirección General Médica y de la Coordinación General de Administración, mediante el cambio de adscripción del Departamento de Ingeniería, dependiente de la Subdirección de Conservación y Mantenimiento, de la Subdirección General Médica; a la Jefatura de Servicios de Proyectos, de la Coordinación General de Administración cambiando su denominación a Departamento de Ingeniería en Sistemas de Transportación Vertical, en consecuencia, se autoriza la reforma de las fracciones XIII y XVII del artículo 45, y XI y XIII del 54 Ter del Estatuto Orgánico, para quedar como sigue:

REFORMAS A LAS FRACCIONES XIII Y XVII DEL ARTICULO 45 Y XI Y XIII DEL 54 TER, DEL ESTATUTO ORGANICO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

ARTICULO UNICO.- Se adiciona texto a la parte última de las fracciones XIII y XVII del artículo 45; se adiciona un segundo párrafo a la fracción XI, y se modifica el texto de la fracción XIII, a la que se adiciona un párrafo al final, del artículo 54 Ter.

Artículo 45.-

I a XII.- ...

XIII.- Planear organizar, normar, coordinar y controlar, la conservación, mantenimiento y equipamiento del equipo médico y electromecánico de las unidades médicas a nivel nacional y de los inmuebles pertenecientes al Instituto ubicados en el Distrito Federal, de cuerdo con las políticas y estrategias establecidas por la normatividad para la protección del ambiente y equilibrio ecológico; a excepción del supuesto...

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