Convocatoria dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación para presentar proyectos de Promoción e Investigación sobre la Protección de los Derechos de los Migrantes en México (MT), dentro del Programa de Coinversión Social

Fecha de disposición10 Mayo 2012
Fecha de publicación10 Mayo 2012
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

CONVOCATORIA dirigida a Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) e Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación para presentar proyectos de Promoción e Investigación sobre la Protección de los Derechos de los Migrantes en México (MT), dentro del Programa de Coinversión Social. CONVOCATORIA DIRIGIDA A ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL (OSC) E INSTITUCIONES DE EDUCACION SUPERIOR Y CENTROS DE INVESTIGACION PARA PRESENTAR PROYECTOS DE PROMOCION E INVESTIGACION SOBRE LA PROTECCION DE LOS DERECHOS DE LOS MIGRANTES EN MEXICO (MT), DENTRO DEL PROGRAMA DE COINVERSION SOCIAL. La Secretaría de Desarrollo Social (SEDESOL), por conducto del Instituto Nacional de Desarrollo Social (Indesol), con fundamento en los artículos 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 40 del Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Social, y en los numerales 3.3, 3.4, 3.5.1, 3.5.2 y 4.2.1 de las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 28 de diciembre de 2011, y CONSIDERANDO

Que todas las personas que se internan en territorio mexicano, independientemente de su situación migratoria, gozarán de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en los Tratados y Convenios Internacionales de los cuales sea parte el Estado mexicano. Que la Declaración Universal de Derechos Humanos; el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial; la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer; y la Convención sobre los Derechos del Niño, instrumentos fundamentales de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos, han sido ratificados por México. Que el Estado mexicano es parte de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares; la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes; el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena y Protocolo Final, tratados internacionales que reconocen como principios básicos la dignidad inherente al ser humano y la protección de los derechos humanos de las y los migrantes. Que la política migratoria del Estado mexicano es el conjunto de decisiones estratégicas para alcanzar objetivos determinados, con fundamento en los principios generales y demás preceptos contenidos en la Ley de Migración, normas secundarias y diversos programas, para atender el fenómeno migratorio de nuestro país. Que la Ley de Migración garantiza el derecho a la seguridad personal de las y los migrantes, a ser tratados sin discriminación alguna y con el debido respeto a sus derechos humanos, y dado que las y los migrantes con situación migratoria irregular son especialmente vulnerables por las dificultades y riesgos a que están expuestos, en su tránsito por el territorio mexicano, resulta imprescindible el establecimiento de modelos de intervención social, de acciones y medidas adecuadas para evitar la trata y explotación de migrantes en el territorio mexicano, así como asegurarles la protección de sus derechos humanos. Que la magnitud del fenómeno de las migraciones se ha agudizado en los últimos años y aunado a que la cifra de niñas y de mujeres migrantes es cada vez mayor, se requiere de políticas públicas de protección a las y los migrantes con enfoque de derechos y perspectiva de género, en las que converjan Gobierno y Sociedad Civil, para garantizar la seguridad jurídica, el trato digno, la integridad, condiciones de igualdad y la salud de las y los migrantes, en especial para los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados en territorio nacional y que por su situación migratoria irregular son más vulnerables. Que la Ley de Migración se compromete a facilitar el retorno a territorio nacional de los emigrantes mexicanos y sus familias, así como su reinserción social mediante programas interinstitucionales para fortalecer los vínculos entre las comunidades de origen y destino de la emigración mexicana en beneficio del bienestar de las familias y el desarrollo regional. Que el Presupuesto de Egresos de la Federación 2012 establece que a efecto de fortalecer la formulación, ejecución, e instrumentación de programas, acciones e inversiones en materia de desarrollo social, se promoverá la celebración de convenios, acuerdos o bases de coordinación interinstitucional entre las dependencias y entidades federativas, y que en los términos de los convenios de coordinación que se suscriban entre el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Desarrollo Social, y los gobiernos de las entidades federativas, municipios y organizaciones civiles y privadas, para la instrumentación de los programas relacionados con el desarrollo social, se impulsará el trabajo corresponsable en materia de superación de pobreza y marginación y se promoverá el desarrollo humano, familiar, comunitario y productivo. Que en el numeral 3.7.3. "Coordinación Interinstitucional", del Acuerdo por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Coinversión Social para el ejercicio fiscal 2012, se...

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