Acuerdo General 18/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reforma el diverso Acuerdo General 10/2006, relativo a la determinación de los días inhábiles y los de descanso; así como el que reglamenta la carrera judicial y las condiciones de los funcionarios judiciales

Fecha de disposición28 Junio 2013
Fecha de publicación28 Junio 2013
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónPRIMERA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 18/2013, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE REFORMA EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 10/2006, RELATIVO A LA DETERMINACIÓN DE LOS DÍAS INHÁBILES Y LOS DE DESCANSO; ASÍ COMO EL QUE REGLAMENTA LA CARRERA JUDICIAL Y LAS CONDICIONES DE LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES.

CONSIDERANDO

PRIMERO. Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, así como del once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando así la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, segundo párrafo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones. Además, tiene facultades para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO. Con motivo de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el diecisiete de enero de dos mil seis del Decreto por el que se reformó el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, en el que se establecieron como días de descanso obligatorio, el primer lunes de febrero en conmemoración del cinco de febrero, el tercer lunes de marzo en conmemoración del veintiuno de marzo y el tercer lunes de noviembre en conmemoración del veinte de noviembre, el Pleno del Consejo en sesión de uno de febrero de ese año, con la finalidad de que no se generara una confusión y en beneficio de la seguridad jurídica de los justiciables y del servicio que debe brindárseles en el Consejo de la Judicatura Federal, órganos auxiliares y órganos jurisdiccionales del Poder Judicial de la Federación, aprobó el Acuerdo General 10/2006, para determinar con toda precisión los días inhábiles y los de descanso.

En el Acuerdo General de referencia, de conformidad con lo que señalaba el artículo 273 del ya abrogado Acuerdo General 48/1998, en el sentido de que se considerarían como días inhábiles, además de los previstos en el artículo 163 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, los contemplados en el artículo 23 de la Ley de Amparo y los demás que determinara el Pleno del Consejo, se conjuntaron, los días que...

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