Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer las Notas Explicativas de la Tarifa Arancelaria
DOF, 14 de Octubre de 2009 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia
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Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se dan a conocer las Notas Explicativas de la Tarifa Arancelaria
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. AGUSTIN GUILLERMO CARSTENS CARSTENS, Secretario de Hacienda y Crédito Público y GERARDO RUIZ MATEOS, Secretario de Economía, con fundamento en los artículos 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción II, Regla Complementaria 3a. de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación; 5o., fracción XII de la Ley de Comercio Exterior; 6o., fracción XXXV del Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y
CONSIDERANDO Que la dinámica del intercambio comercial exige a los países mantener actualizada la descripción arancelaria de las mercancías objeto de comercio exterior, a fin de disponer de una nomenclatura que armonice el lenguaje técnico-arancelario con el utilizado a nivel internacional, evitando así que los operadores incurran en interpretaciones equívocas; Que las políticas sobre facilitación comercial se basan en los principios de transparencia, certidumbre jurídica, imparcialidad y uniformidad en la administración del marco normativo vigente, mejora regulatoria y simplificación operativa, que redundan en favor del comercio exterior mexicano en general, y de los exportadores e importadores nacionales en particular; Que el 18 de junio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (LIGIE), cuya estructura está basada en la nomenclatura arancelaria del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías -también conocido como Sistema Armonizado- de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) del cual México es parte contratante; Que las Notas Explicativas son un compendio enciclopédico que contiene la interpretación oficial de la nomenclatura en la que se basa la Tarifa Arancelaria, y tienen por objeto precisar el contenido y alcance de las secciones, capítulos, subcapítulos, partidas y subpartidas, por lo que es menester proveer lo necesario para su aplicación a nivel nacional; Que el artículo 2, fracción II, Regla Complementaria 3a. de la LIGIE, establece que, para los efectos de interpretación y aplicación de la Tarifa, la Secretaría de Economía, conjuntamente con la de Hacienda y Crédito Público, darán a conocer, mediante Acuerdos que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, las Notas Explicativas de la Tarifa Arancelaria, así como sus modificaciones posteriores, cuya aplicación es obligatoria para determinar la partida y subpartida aplicables; Que el 2 de julio de 2007 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se dan a conocer las Notas Explicativas de la Tarifa Arancelaria, el cual comprende las actualizaciones emitidas hasta el mes de mayo de 2007; Que las Notas Explicativas antes citadas también consideran la versión única en español de las Notas Explicativas del Sistema Armonizado que se desarrolló bajo el auspicio del Convenio Multilateral sobre Cooperación y Asistencia Mutua entre las Direcciones Nacionales de Aduanas de América Latina, España y Portugal, y Que desde mayo de 2007 la OMA ha emitido diversas reformas y adiciones para adecuar las Notas Explicativas a la evolución de los patrones mundiales de comercio, los avances tecnológicos, los cambios en la metodología de agrupación de las mercancías dentro de la nomenclatura y las necesidades de los usuarios, lo que hace imprescindible actualizar las Notas Explicativas que utiliza México para garantizar una aplicación de la nomenclatura acorde a las prácticas actuales, hemos tenido a bien expedir el siguiente ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS NOTAS EXPLICATIVAS DE LA TARIFA ARANCELARIA ARTICULO 1.- Se modifica el Acuerdo por el que se dan a conocer las Notas Explicativas de la Tarifa Arancelaria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de julio de 2007, únicamente respecto de las disposiciones que a continuación se indican, para quedar como sigue: Notas Explicativas de las Reglas Generales para la aplicación de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación. Regla 3 a). Se modifica el inciso a), del Apartado IV de la Nota Explicativa de la Regla 3 a), para quedar como sigue: " REGLA 3 a) IV) . . . a) que una partida que designa nominalmente un artículo determinado es más específica que una partida que comprenda una familia de artículos: por ejemplo, las máquinas de afeitar, de cortar el pelo y de esquilar, con motor eléctrico incorporado, se clasifican en la partida 85.10 y no en la 85.09 (Aparatos electromecánicos con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico excepto las aspiradoras de la partida 85.08)." ...Ver el contenido completo de este documento
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