Respuestas a los comentarios respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-145-SEMARNAT-2003, Confinamiento de residuos en domos salinos geológicamente estables, publicado el 28 de noviembre de 2003

DOF, 11 de Agosto de 2004Poder Ejecutivo › Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales

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Respuestas a los comentarios respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-145-SEMARNAT-2003, Confinamiento de residuos en domos salinos geológicamente estables, publicado el 28 de noviembre de 2003

RESPUESTAS a los comentarios respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-145-SEMARNAT-2003, Confinamiento de residuos en domos salinos geológicamente estables, publicado el 28 de noviembre de 2003.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

COMENTARIOS AL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-145-SEMARNAT-2003, CONFINAMIENTO DE RESIDUOS EN DOMOS SALINOS GEOLOGICAMENTE ESTABLES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 28 DE NOVIEMBRE DE 2003, PARA CONSULTA PUBLICA, Y RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS.

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por conducto de su Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 32 bis fracciones I y IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracción X y 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 8 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, publica las respuestas a los comentarios y modificaciones efectuadas al Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-145-SEMARNAT-2003, Confinamiento de residuos en cavidades construidas por disolución en domos salinos geológicamente estables. COMENTARIOS

RESPUESTA

PROMOVENTE: COMISION MEXICANA DE INFRAESTRUCTURA AMBIENTAL, SR. ALEJANDRO RAFAEL NYSSEN OCARANZA. OBSERVACIONES ENVIADAS EL 7 DE ENERO DE 2004.

COMENTARIO 1

1. El título del proyecto de norma no tiene ninguna relación con el objeto y el contenido de la misma.

El proyecto en cuestión está diseñado de manera muy específica para cavidades desarrolladas por operaciones de minería por disolución. El confinamiento de residuos en este tipo de cavidades, es una práctica que ha sido utilizada a nivel internacional, únicamente para residuos provenientes de la explotación del petróleo.

En América del Norte y la Comunidad Europea la disposición de residuos en este tipo de cavidad se encuentra regulada de manera detallada y sólo se permite para residuos especiales (no se ha podido encontrar ejemplos de este tipo de confinamientos para residuos peligrosos, autorizado hoy en día, en América del Norte y la Comunidad Europea). En esos países la disposición de residuos peligrosos en cavidades salinas desarrolladas por minería por disolución ha sido fuertemente cuestionado por grupos ambientalistas y por la comunidad. En particular, en los Estados Unidos de Norteamérica, actualmente hay estados que prohíben expresamente este tipo de disposición para residuos peligrosos como Massachusetts, Lousiana y Texas (desde mayo de 2002, el estado de Texas prohíbe esta práctica para cavidades desarrolladas por minería de disolución).

En diferentes países de la Comunidad Europea sí se autoriza el depósito de residuos peligrosos en cavidades salinas desarrolladas por minería de extracción de sal de roca. Estas cavidades son muy diferentes de las cavidades desarrolladas por operaciones de minería por disolución tanto en condiciones de operación como en el control y monitoreo que se puede tener de los residuos almacenados, a continuación se explica brevemente las diferencias principales:

Las cavidades desarrolladas por minería de extracción de sal de roca siguen los métodos convencionales de minería subterránea, explotando la sal directamente por medio de maquinaria y dejando cavidades vacías después de la extracción del material. Dichas cavidades deben ser rellenadas por razones de estabilidad, para lo cual se pueden utilizar diferentes materiales o residuos, estos últimos, previamente estabilizados. El depósito de dichos residuos se hace en supersacos, tambores o en algunos casos a granel en cavidades independientes aisladas y bien ubicadas.

La definición de cavidad presentada en el propio proyecto de norma, es la definición de una cavidad desarrollada por operaciones de minería por disolución: es el espacio u oquedad resultante de un proceso de lixiviación de sal por medio de agua dulce o presión en masas salinas , esto es, la sal se explota por medio de la inyección de agua a presión a través de tubería que penetra hacia el interior del domo salino, donde se disuelve la sal y se va desarrollando gradualme...

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