Sentencia pronunciada en el juicio agrario número 479/96, relativo a la dotación de tierras, promovido por campesinos del poblado Miguel Hidalgo, Municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, Oax

Fecha de disposición03 Marzo 1999
Fecha de publicación03 Marzo 1999
EmisorTRIBUNAL SUPERIOR AGRARIO
SecciónPRIMERA. Organismos Autonomos

SENTENCIA pronunciada en el juicio agrario número 479/96, relativo a la dotación de tierras, promovido por campesinos del poblado Miguel Hidalgo, Municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, Oax.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Superior Agrario.- Secretaría General de Acuerdos.

Visto para resolver el juicio agrario número 479/96, que corresponde al expediente número 2211, relativo a la solicitud de dotación de tierras, promovida por un grupo de campesinos radicados en el poblado "Miguel Hidalgo", Municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, Estado de Oaxaca, y

RESULTANDO:

PRIMERO.- Mediante escrito de diez de marzo de mil novecientos ochenta y tres, un grupo de campesinos que manifestaron radicar en el poblado de "Miguel Hidalgo", Municipio de San Juan Bautista Valle Nacional, Estado de Oaxaca, solicitaron al Gobernador de la mencionada entidad federativa dotación de tierras, señalando como predios afectables los terrenos propiedad de la Nación que se encuentran en posesión de campesinos del poblado de referencia.

SEGUNDO.- La Comisión Agraria Mixta del Estado instauró el expediente que nos ocupa el diecisiete de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro, registrándolo bajo el número 2211; en el Archivo General de la secretaría del ramo, se le asignó el número 23/14032.

La solicitud de referencia se publicó en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, el ocho de septiembre de mil novecientos ochenta y cuatro, en el número 36, tomo LXVI.

TERCERO.- En asamblea general extraordinaria de treinta y uno de julio de mil novecientos ochenta y cuatro, resultaron electos José Cruz Sánchez, Juan González Norberto y Tomás Peralta Cruz, como presidente, secretario y vocal, respectivamente, del Comité Particular Ejecutivo.

CUARTO.- Mediante oficio número 710 de veinticuatro de julio de mil novecientos ochenta y cuatro, la Comisión Agraria Mixta en el Estado comisionó al ingeniero Gervasio Cernas Santiago, para la realización de las diligencias censales en el poblado "Miguel Hidalgo"; comisionado que rindió su informe por escrito de seis de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro, del que se desprende que convocó a los solicitantes que estuvieran presentes en el levantamiento del censo general de población, el cual una vez efectuado, se clausuraron las diligencias mencionadas, el cuatro de agosto del mismo año, según acta levantada en esa fecha, obteniéndose los siguientes resultados: ochenta y seis habitantes, trece jefes de familia, doce solteros mayores de dieciséis años y veinticinco campesinos capacitados.

QUINTO.- Durante la fase de primera instancia del procedimiento que nos ocupa, se practicaron los siguientes trabajos técnicos e informativos.

A).- Mediante oficio número 605 de catorce de junio de mil novecientos ochenta y cinco, la Comisión Agraria Mixta del Estado ordenó al ingeniero Gabriel García Millán, para que se trasladara al poblado "Miguel Hidalgo", y practicara trabajos técnicos e informativos; para integrar correctamente el expediente de que se trata; comisionado que rindió su informe por escrito de doce de agosto del mismo año, del que se desprende que una vez estando constituidos en el poblado "Miguel Hidalgo" dio a conocer el contenido de su oficio de comisión, subsecuentemente giró los correspondientes citatorios a los representantes comunales del poblado "Monte Negro", a fin de que se diera a conocer en asamblea de campesinos de ese poblado, que se llevarían a cabo trabajos técnicos e informativos en el paraje denominado "La Caverna", por lo que una vez celebrada la referida asamblea, menciona el comisionado que los campesinos del poblado "Monte Negro" expresaron su inconformidad con la realización de los trabajos que solicita el poblado "Miguel Hidalgo", suspendiéndose así tales diligencias.

B).- Por oficios números 251 y 1034 de siete de marzo y cinco de octubre de mil novecientos noventa y 841 de seis de junio de mil novecientos noventa y uno, la Comisión Agraria Mixta del Estado de Oaxaca comisionó al ingeniero Benito Cruz Castellanos para que se trasladara al poblado de que se trata y practicara trabajos técnicos informativos, para complementar el procedimiento que nos ocupa, mismo que rindió su informe el treinta de agosto de mil novecientos noventa y uno, adjuntando la documentación elaborada y recopilada en el transcurso de estas diligencias, entre otra documentación se encontró acta circunstanciada de inexplotación por más de 2 años consecutivos sin causa justificada del predio denominado "Ex-Hacienda San Cristóbal", levantada por Inés Benito Cruz Castellanos y Carlos E. Cruz García el diez de marzo de mil novecientos noventa, comisionados para el efecto por la Comisión Agraria Mixta del Estado de Oaxaca, mediante oficios números 151 y 152 del siete de marzo de mil novecientos noventa en los que no se omite asentar que la propiedad del predio en cita se acredita a Patricio A. O'Hed según certificación del Registro Público de la Propiedad y del Archivo de Notarías del Estado de Oaxaca de dieciocho de abril de mil novecientos noventa y cinco. Del informe del treinta de agosto de mil novecientos noventa y uno, se conoce la ubicación del poblado que nos ocupa, el grupo étnico a que pertenecen sus integrantes, la categoría política del poblado, escuelas, vías de comunicación, el clima de la región, la vegetación y cultivos que realizan los solicitantes.

Asimismo agrega el comisionado de referencia que al practicarse el análisis de los predios rústicos ubicados dentro del radio legal de siete kilómetros de afectación, éstos fueron localizados de la siguiente manera:

"...1).- Predio solicitado por el grupo promovente de la presente acción agraria, está compuesto por una superficie analítica de 781-90-33.465 hectáreas, de las que 117-28-55.1 hectáreas son terrenos laborables; 95-25-00 hectáreas de terrenos apropiados para el cultivo de café y, el resto, 469-36-78.395 hectáreas son terrenos cerriles.

De las 781-90-33.945 hectáreas, 169-73-55.1 hectáreas están comprendidas dentro de las mojoneras LA POCHOTA, PIEDRA DE LUMBRE Y BENITO JUAREZ, mismas que están en posesión de los campesinos del poblado "Monte Negro"; 33-45-00 hectáreas que se localizan en línea recta y que ampara el plano proyecto de dotación del poblado "Paso Nuevo La Hamaca", está en posesión de campesinos del poblado "San Cristóbal La Vega", en virtud a la permuta de terreno celebrado con el ejido "Paso Nuevo La Hamaca"; 8-00-00 hectáreas están en posesión del poblado "Miguel Hidalgo", en el cual se localiza su zona urbana y las 543-71-71.395 hectáreas restantes, 175-00-00 hectáreas se hallan en posesión de los campesinos del poblado "Miguel Hidalgo", y el resto está constituido por terrenos cerriles con monte alto.

  1. - Predio "A", fracción del predio denominado LA PALMA, con superficie de 26-00-00 hectáreas, propiedad de los CC. Antonio y Aníbal Verdeja Rivero, cuenta con escritura pública de fecha 3 de enero de 1991, inscrita con el número 123 de 8 de febrero de 1991, en el Registro Público de la Propiedad del Distrito Judicial de Tuxtepec, Oaxaca.

  2. - Predio "B", fracción del predio LA PALMA, con superficie de 62-00-00 hectáreas propiedad del señor Alfredo Alfonso Márquez Ibáñez, cuenta con escritura pública de fecha 26 de diciembre de 1981, inscrita bajo el número 884, el 26 de diciembre de 1981, en el Registro Público de la Propiedad de Tuxtepec, Oaxaca.

  3. - Predio "C", denominado EL VERGEL, con superficie de 19-50-00 hectáreas propiedad de Carmen Verdeja Luna, cuenta con escritura pública de fecha 4 de noviembre de 1938, inscrita en el número 64, el 4 de noviembre de 1938, en el Registro Público de la Propiedad de Tuxtepec, Oaxaca.

  4. - Terrenos en posesión por campesinos del poblado SAN CRISTOBAL LA VEGA, con una superficie de 1,198-95-16.9 hectáreas.

  5. - Predio ARCO IRIS, en posesión de los comuneros del poblado Valle Nacional, con superficie de 221-24-32.2 hectáreas....". Por otro lado, manifiesta el comisionado de referencia, que dentro del citado radio legal de 7 kilómetros se localizan los siguientes ejidos definitivos y terrenos comunales: "...1.- Ampliación del ejido AYOTZINTEPEC, cuenta con Resolución Presidencial de 15 de septiembre de 1966, que ampara una superficie de 5,632-00-00 hectáreas.

  6. - Ejido definitivo MONTE TINTA, tiene Resolución Presidencial de 25 de abril de 1956, que ampara una superficie de 1,610-00-00 hectáreas.

  7. - Ejido VEGA DEL SOL, tiene Resolución Presidencial de 12 de julio de 1944, que ampara una superficie de 1,417-30-00 hectáreas.

  8. - Ejido definitivo PASO NUEVO LA HAMACA, cuenta con Resolución Presidencial de 12 de noviembre de 1952, con superficie de 1,086-67-99 hectáreas.

  9. - Ejido definitivo SAN CRISTOBAL LA VEGA, con Resolución Presidencial de 4 de septiembre de 1940, que ampara una superficie de 800-00-00 hectáreas.

  10. - Ejido definitivo VALLE NACIONAL, tiene Resolución Presidencial de 12 de marzo de 1943, que ampara una superficie de 2,519-00-00 hectáreas.

  11. - Ejido definitivo MONTE NEGRO, con Resolución Presidencial de 14 de febrero de 1963, que ampara una superficie de 1,070-00-00 hectáreas.

  12. - Ejido definitivo SAN PEDRO OZUMACIN, cuenta con Resolución Presidencial de 8 de octubre de 1949, que ampara una superficie de 7,500-00-00 hectáreas.

  13. - Terrenos comunales del poblado LA RINCONADA, con Resolución Presidencial de 22 de noviembre de 1975, que ampara una superficie de 3,231-50-00 hectáreas.

  14. - Terrenos comunales del poblado SANTO DOMINGO COMALTEPEC, cuenta con Resolución Presidencial de 17 de junio de 1953, que ampara una superficie de 963-09-19.2 hectáreas...".

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