Acuerdo número 510 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a la Infraestructura Cultural de los Estados (PAICE)

Fecha de disposición28 Diciembre 2009
Fecha de publicación28 Diciembre 2009
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónDECIMA PRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. ALONSO JOSE RICARDO LUJAMBIO IRAZABAL, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9o. de la Ley General de Educación; 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social, 7o. y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental; 1o., 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 176 y 178 al 181 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1o., 3o., fracción XVIII, 28, 29, 44, y Anexo 18 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010, 1o., 2o., fracciones I, II y VIII del Decreto por el que se crea el Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, 1o., 4o. y 5o. del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas y fondos federales con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos, las cuales deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio;

Que en el marco de lo anterior la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone en su artículo 77 que con el objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;

Que bajo dicho contexto las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes, previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2010 establece en su artículo 29 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquéllos señalados en su Anexo 18. Asimismo, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, podrá incluir otros programas que, por razones de su impacto social, deban sujetarse a reglas de operación, y

Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NUMERO 510 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL DE LOS ESTADOS (PAICE)

UNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a la Infraestructura Cultural de los Estados (PAICE), las cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

UNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el primero de enero de dos mil diez.

México, Distrito Federal, a 18 de diciembre de 2009.- El Secretario de Educación Pública, Alonso José Ricardo Lujambio Irazábal.- Rúbrica.

REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA DE APOYO A LA INFRAESTRUCTURA CULTURAL DE LOS ESTADOS (PAICE)

INDICE

  1. Presentación

  2. Antecedentes

  3. Objetivos

    3.1. Generales

    3.2. Específicos

  4. Lineamientos Generales

    4.1. Cobertura

    4.2. Población Objetivo

    4.3. Características de los Apoyos

    4.3.1. Tipo de Apoyo

    4.3.2. Monto del Apoyo

    4.4. Beneficiarios

    4.4.1. Criterios de Selección

    4.4.1.1. Elegibilidad (Requisitos y Restricciones)

    4.4.1.2. Transparencia (Métodos y Procesos)

    4.4.2. Derechos y Obligaciones de los beneficiarios

    4.4.3. Causas de incumplimiento, Retención, Suspensión de Recursos y, en su caso, Reducción en la Ministración de Recursos

  5. Lineamientos Específicos

    5.1. Coordinación Institucional

    5.1.1. Instancia(s) Ejecutora(s)

    5.1.2. Instancia(s) Normativa(s)

    5.1.3. Instancia(s) de Control y Vigilancia

  6. Mecánica de Operación

    6.1. Difusión

    6.2. Promoción

    6.3. Ejecución

    6.3.1. Contraloría Social (participación social)

    6.3.2. Acta de Entrega Recepción

    6.3.3. Operación y mantenimiento

  7. Informes programáticos-presupuestarios

    7.1. Avances Físicos-Financieros

    7.2. Cierre de ejercicio

    7.3. Recursos no devengados

  8. Evaluación

    8.1. Interna

    8.2. Externa

  9. Indicadores de Desempeño

    9.1 Relación de las Reglas de Operación con la Matriz para Indicadores de Resultados

  10. Seguimiento, Control y Auditoría

    10.1. Atribuciones

    10.2. Objetivo

    10.3. Resultados y Seguimiento

  11. Quejas y Denuncias

    11.1. Mecanismo, Instancias y Canales

    Apéndice 1. Glosario

    ANEXOS:

  12. Solicitud de Apoyo para la Infraestructura Cultural CONACULTA-00-034

  13. Instructivo de la Guía General para Presentar Proyectos de Infraestructura Cultural Programa de Apoyo a la Infraestructura Cultural en las Entidades

  14. Reporte de Avances

  15. Reporte Final

  16. Presentación

    El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CNCA) es un Organo Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública que busca alentar las expresiones culturales de las distintas regiones y grupos sociales del país, así como promover la más amplia difusión de los bienes artísticos y culturales entre los diversos sectores de la población mexicana, procurando siempre la preservación y el enriquecimiento del patrimonio histórico y cultural de la nación.

    El Programa de Apoyo a la Infraestructura Cultural de los Estados (PAICE) permite ejercer una política sistemática y nacional en materia de infraestructura cultural. Se consideran apoyos para construcción, rehabilitación, remodelación, mantenimiento y equipamiento de espacios culturales, bajo esquemas de cofinanciamiento y corresponsabilidad en 2 ámbitos de trabajo: A) estatales y del Distrito Federal y B) municipales, delegacionales y de la sociedad civil organizada, actores de una sociedad plural y democrática, financiera y socialmente responsable.

    De la misma manera el Programa Nacional de Cultura 2007-2012 considera en su Eje 2. "Infraestructura cultural", 2.1 "Infraestructura cultural nacional" y en su Objetivo 1 "Apoyar la rehabilitación, la renovación y el desarrollo de la infraestructura cultural de los estados", Estrategia 1.1 "Apoyar a las entidades federativas para optimizar las condiciones físicas, de operación y normatividad de los espacios destinados a las múltiples y diversas actividades culturales mediante modelos rectores que incluyan una adecuada clasificación, prototipos, manuales normativos, planes maestros, asesoría técnica y financiamiento".

    El PAICE es un programa que el CNCA propone al Distrito Federal y sus delegaciones, a los estados y municipios del país, universidades públicas y a la sociedad civil organizada, por lo que la adhesión a éste es voluntaria e implica el acatamiento de todos los ordenamientos previstos por el propio PAICE.

  17. Antecedentes

    El PAICE se constituyó en 1997 como una política más del CNCA para apoyar a estados y municipios, en los procesos de mejoramiento de las condiciones de los espacios dedicados a actividades culturales. Rehabilitar, mejorar y conservar dichos espacios, con estricto respeto a la soberanía de cada uno de los estados, posibilita el fomento y el desarrollo cultural atendiendo a las necesidades y características específicas de cada uno de los beneficiarios.

    A partir del 2001, el PAICE operó con un reglamento interno y bajo el mandato especial del Fondo Estatal para la Cultura y las Artes (FONCA), a mediados de ese año y por disposición hacendaria, inició un proceso de revisión para la operación del PAICE, por lo que el 13 de marzo del 2002, se publican por primera vez sus Reglas de Operación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

    El PAICE ha incidido de manera determinante en la política cultural nacional. A través del PAICE, el CNCA materializó una de sus estrategias en la cooperación y concertación con las entidades federativas y, de

    manera destacada, con los municipios, favoreciendo nuevas acciones y la aportación de más recursos en esta labor de descentralización.

  18. Objetivos

    3.1. Generales

    Contribuir junto con los gobiernos estatales, del Distrito Federal, delegacionales, municipales, de las universidades públicas y con la sociedad civil organizada a la creación, mantenimiento y optimización de los bienes muebles e inmuebles que dan cabida a las múltiples y diversas expresiones artísticas y culturales del país que requieren por sus propias características de espacios que de manera natural originan procesos de crecimiento e impacto social. Espacios que en síntesis dan lugar a procesos de desarrollo al ser elementos que contribuyen al mejoramiento de la calidad de vida de la sociedad.

    3.2. Específicos

    1. Invertir recursos económicos frescos que permitan optimizar las actividades culturales que se llevan a cabo en los distintos recintos objeto del apoyo.

    2. Profundizar los procesos de descentralización a nivel delegacional y municipal en las entidades de la Federación.

    3. Impulsar la participación financiera de instancias estatales, municipales, del Distrito Federal y sus delegaciones políticas, de la sociedad civil organizada y de las universidades públicas en la preservación, mejoramiento y creación de la infraestructura cultural local.

    4. Proponer líneas de acción concretas que permitan al país avanzar en la consecución de objetivos de carácter nacional, para lo cual se propondrán estrategias y esquemas de financiamiento especiales.

    5. Promover la participación permanente de los distintos órdenes de gobierno y de la sociedad en el cuidado...

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