Acuerdo número 05/06/14 por el que se emiten los lineamientos de operación del Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo

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EmisorSecretaría de Educación Pública

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38, fracciones I, inciso a) y XXXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 8, 10, 32, 33, fracción IV y 34 de la Ley General de Educación; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 3o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado-Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios-, impartirá educación preescolar, primaria, secundaria y media superior. La educación preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica; ésta y la media superior serán obligatorias;

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, establece en su Meta Nacional III "México con Educación de Calidad", Objetivos 3.1 "Desarrollar el potencial humano de los mexicanos con educación de calidad", y 3.2 "Garantizar la inclusión y la equidad en el Sistema Educativo", Estrategias 3.1.2 "Modernizar la infraestructura y el equipamiento de los centros educativos", 3.1.5 "Disminuir el abandono escolar, mejorar la eficiencia terminal en cada nivel educativos y aumentar las tasas de transición entre un nivel y otro", y 3.2.1 "Ampliar las oportunidades de acceso a la educación en todas las regiones y sectores de la población", entre sus líneas de acción las relativas a: promover la mejora de la infraestructura de los planteles educativos más rezagados; implementar un programa de alerta temprana para identificar a los niños y jóvenes en riesgo de desertar, e impulsar el desarrollo de los servicios educativos destinados a la población en riesgo de exclusión;

Que el Programa Sectorial de Educación (PSE) 2013-2018 señala en su Objetivo 1. "Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de población" Estrategias: 1.1. "Crear condiciones para que las escuelas ocupen el centro del quehacer del Sistema Educativo y reciban el apoyo necesario para cumplir con sus fines"; 1.2. "Fortalecer las capacidades de gestión de las escuelas, en el contexto de su entorno, para el logro de los aprendizajes"; 1.5. "Dignificar a las escuelas y dotarlas de tecnologías de la información y la comunicación para favorecer los aprendizajes", entre sus líneas de acción las relativas a: trabajar con los estados para asegurar que las escuelas queden ubicadas en el centro del Sistema Educativo; fortalecer el liderazgo de directores y supervisores, así como el compromiso del equipo docente, en su ámbito de competencia, para asegurar la normalidad escolar mínima; coordinar programas y otorgar apoyos a los estados para que las escuelas cuenten con los espacios físicos y el equipamiento básico requeridos, y priorizar apoyos para que las escuelas cuenten con agua potable e instalaciones hidrosanitarias funcionales para mujeres y hombres;

Que los artículos 1 y 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria disponen que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición de cuentas y equidad de género, y que los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad;

Que el Anexo 17 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 asigna recursos al Ramo 11 Educación Pública, dentro del cual se contempla el Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo;

Que es indispensable emprender acciones que contribuyan a la disminución del rezago en las condiciones físicas de las escuelas públicas de educación básica y al fortalecimiento de la autonomía de gestión para mejorar la prestación del servicio educativo con calidad y equidad, y

Que en razón de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:

ACUERDO NÚMERO 05/06/14 POR EL QUE SE EMITEN LOS LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA ESCUELAS DE EXCELENCIA PARA ABATIR EL REZAGO EDUCATIVO

ÚNICO.- Se emiten los Lineamientos de Operación del Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo, los cuales se detallan en el anexo único del presente Acuerdo.

TRANSITORIO

ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

México, Distrito Federal, a 13 de junio de 2014.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.

ANEXO ÚNICO

Lineamientos de Operación del Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo

Índice

Glosario

Introducción
  1. Objetivos

    1.1 General

    1.2 Específicos

  2. Lineamientos generales

    2.1 Cobertura

    2.2 Población objetivo

    2.3 Beneficiarios

    2.4 Procedimiento de selección

    2.5 Requisitos para la participación en el Programa

    2.5.1 De las escuelas

    2.5.2 De las autoridades educativas locales

    2.6 Características de los apoyos y recursos federales del Programa

    2.6.1 Apoyos técnicos

    2.6.2 Apoyos con subsidios federales

    2.7 Distribución de los recursos

    2.8 Recursos para la implementación del Programa

  3. Responsabilidades

    3.1 De la SEP

    3.2 De la autoridad educativa local

    3.3 De los derechos y responsabilidades de las escuelas

    3.4 De los derechos y responsabilidades de los Consejos Escolares de Participación Social

  4. Operación del Programa

    4.1 Descripción y desarrollo de los procesos operativos

    4.2 Cierre del ejercicio

  5. Instancias

    5.1 Instancia normativa

    5.2 Instancias ejecutoras

  6. Auditoría, control y seguimiento

  7. Transparencia y rendición de cuentas

    7.1 Difusión

    7.2 Portal de Transparencia y seguimiento

    7.3 Contraloría Social

  8. Quejas y denuncias

    GLOSARIO

    Para efecto de los presentes Lineamientos de Operación se entenderá por:

    Acción o acciones: La materialización de la aplicación de los apoyos del Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo.

    Acta de entrega recepción: Documento que hace constar la terminación y entrega de las acciones

    autorizadas al plantel educativo referentes al Componente 1 para la atención a carencias físicas de las escuelas, así como de los recursos entregados a los beneficiarios.

    Acuerdo número 716: Acuerdo número 716 por el que se establecen los lineamientos para la constitución, organización y funcionamiento de los Consejos de Participación Social en la Educación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de marzo de 2014.

    Acuerdo número 717: Acuerdo número 717 por el que se emiten los lineamientos para formular los Programas de Gestión Escolar, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de marzo de 2014.

    Adecuación: Trabajos requeridos para adaptar, remodelar o habilitar espacios existentes en las escuelas públicas de educación básica incorporadas al Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo, que no modifique estructuralmente al inmueble.

    AEL o Autoridad Educativa Local: Conforme al artículo 11, fracción II de la Ley General de Educación, refiere al ejecutivo de cada uno de los estados de la Federación, así como a las entidades que, en su caso, se establezcan para el ejercicio de la función social educativa. Para efectos de los presentes Lineamientos de Operación, incluye a la Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal.

    AFSEDF o Administración Federal de Servicios Educativos en el Distrito Federal: órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública del Gobierno Federal, con autonomía técnica y de gestión, que tiene por objeto prestar los servicios de educación inicial, básica, -incluyendo la indígena-, especial, así como la normal y demás para la formación de maestros de educación básica en el ámbito del Distrito Federal.

    Asistencia Técnica: acciones de apoyo, asesoría y acompañamiento que se ofrecen al personal docente y directivo para mejorar la práctica profesional y la eficacia de las escuelas públicas.

    APEC: Asociación Promotora de Educación Comunitaria.

    Carencias físicas del inmueble: Son las cinco variables consideradas por el Índice de Carencias por Escuela.

    Carta compromiso de beneficiarios: documento mediante el cual la escuela, la supervisión de zona y la AEL, expresan su voluntad de participar en el Programa Escuelas de Excelencia para Abatir el Rezago Educativo, así como el compromiso para realizar las acciones correspondientes sujetándose a los términos y condiciones establecidos en los presentes Lineamientos de Operación.

    Cédula de Información de Carencias Físicas: Es el instrumento, a través del cual, el Consejo Escolar de Participación Social en la Educación aporta información actualizada de las condiciones físicas y de equipamiento de la escuela.

    CEMABE: Censo de Escuelas, Maestros y Alumnos de Educación Básica y Especial realizado por la Secretaría de Educación Pública en 2013.

    Comité Técnico del Fideicomiso: El Comité estará integrado, al menos, por los titulares de las siguientes unidades administrativas de la Secretaría de Educación Pública: Subsecretaría de Educación Básica, Subsecretaría de Planeación y Evaluación de Políticas Educativas, Oficialía Mayor, Coordinación General de Delegaciones Federales de la Secretaría de Educación Pública, así como por los titulares del Instituto Nacional de la Infraestructura Física Educativa y del Consejo Nacional de Fomento Educativo; así como el titular de la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público del...

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