Lineamientos Específicos para las acciones de mejoramiento de albergues del Programa Albergues Escolares Indígenas 2011

Fecha de disposición02 Diciembre 2011
Fecha de publicación02 Diciembre 2011
SecciónPRIMERA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas. LINEAMIENTOS ESPECIFICOS PARA LAS ACCIONES DE MEJORAMIENTO DE ALBERGUES PROGRAMA ALBERGUES ESCOLARES INDIGENAS 2011.

XAVIER ANTONIO ABREU SIERRA, Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con fundamento en los artículos 74, 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, así como en los artículos 174, 175, 176, 178, 179, 180 y 181 de su Reglamento; Artículo 17 Fracción XII inciso a), 30 y 31 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, así como los artículos 2 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y

CONSIDERANDO

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 11 de su Ley, el Director General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, aprobó la modificación a los Programas sujetos a Reglas de Operación.

Que el artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, diversos programas, entre los que se encuentran los que están a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, deberán sujetarse a Reglas de Operación, conforme a los requisitos, criterios e indicadores que el mismo establece.

Que en este marco, con fecha 4 de febrero de 2011 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación las modificaciones a las Reglas de Operación de los Programas Albergues Escolares Indígenas, de Coordinación para el Apoyo a la Producción Indígena, Fomento y Desarrollo de las Culturas Indígenas, Fondos Regionales Indígenas, Organización Productiva para Mujeres Indígenas, Promoción de Convenios en Materia de Justicia, Turismo Alternativo en Zonas Indígenas, e Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas.

Que los rezagos en educación, alimentación y salud constituyen la preocupación central del Programa Albergues Escolares Indígenas (PAEI), la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, a través del programa se propone potenciar los recursos existentes para dar respuesta a las demandas de la población indígena relacionadas al acceso y permanencia a los diferentes niveles educativos, fortalecer la interculturalidad y establecer estrategias paralelas para disminuir los riesgos a la salud y mejorar los estados nutricionales de niños y niñas indígenas.

Que dentro de los objetivos específicos del Programa Albergues Escolares Indígenas considera brindar hospedaje seguro a los beneficiarios en los Albergues Escolares, manteniendo en adecuadas condiciones de operación los bienes muebles e inmuebles, por ello, he tenido a bien expedir los siguientes:

LINEAMIENTOS ESPECIFICOS PARA LAS ACCIONES DE MEJORAMIENTO DE ALBERGUES DEL PROGRAMA ALBERGUES ESCOLARES INDIGENAS

CONTENIDO

  1. Introducción

  2. Objeto

  3. Alcance

  4. Fundamento Legal

    4.1 Leyes

    4.2 Reglamentos

    4.3 Disposiciones Específicas

    4.4 Otros documentos

  5. Términos de Referencia

  6. Procedimiento para la autorización del subsidio

    6.1 Identificación de Albergues

    6.2 Del Comité de Apoyo del Albergue

    6.3 Proyecto Técnico

    6.4 Autorización Presupuestal

    6.5 Concertación

  7. Contratación de la Acción de Mejoramiento de Albergues

    7.1 Identificación de Empresas

    7.2 Contratación

    7.3 Ministración del Subsidio

  8. Realización de la Acción de Mejoramiento

    8.1 Inicio de la Acción de Mejoramiento

    8.2 Seguimiento y verificación

    8.3 Causas de cancelación del Subsidio

  9. Conclusión y Recepción de la Acción de Mejoramiento

  10. Integración de Expedientes

    10.1 Etapa de Integración

    10.2 Expediente General

  11. Emisor, Fecha y Firma

  12. Introducción

    El combate al rezago social de los pueblos y comunidades indígenas representa una de las áreas de política pública de mayor relevancia para el desarrollo armónico de México. Por esta razón la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI), ha venido trabajando de forma corresponsable con autoridades y organizaciones indígenas; dependencias y entidades de la Administración Pública Federal; gobiernos estatales y municipales, entre otros, para avanzar hacia un renovado proceso de desarrollo a través del impulso y promoción de políticas sociales culturalmente pertinentes.

    De la misma forma, se han concentrado los esfuerzos para consolidar un modelo de acción pública orientado al desarrollo con identidad, con procesos transparentes y por supuesto, con la participación de la población indígena.

    En este sentido, el Programa Albergues Escolares Indígenas (PAEI), atiende estratégicamente las necesidades básicas de los niños y jóvenes indígenas inscritos en escuelas dependientes de la Secretaría de Educación Pública (SEP), para que continúen su educación; en especial, apoya a aquellos que viven en comunidades alejadas y en las que no hay escuelas. Este Programa cuenta con un presupuesto fiscal para diversas acciones, entre ellas, la de rehabilitación de albergues.

    Este año, el PAEI, buscando operar un modelo mucho más eficiente, coloca en el centro del proceso a la comunidad indígena asociada a cada albergue, considerando que la participación social activa reforzará el ejercicio eficaz de los recursos, ya que al participar los beneficiarios directos e indirectos del subsidio, se augura un seguimiento más puntual y por ende, una mejor aplicación de los mismos.

    Este modelo de operación, está basado en el principio de que el ejecutor del subsidio sea el grupo social indígena asociado al albergue, que pueda participar activamente en el desarrollo de las acciones de mejoramiento que busquen elevar la calidad de vida de los niños y jóvenes que habitan los albergues.

  13. Objeto

    Los presentes Lineamientos tienen por objeto determinar la operación, actividades y funciones específicas a realizarse para cada una de las etapas del desarrollo de las acciones de mejoramiento de la Infraestructura Física de los Albergues Escolares Indígenas, así como establecer y homologar los documentos y formatos a emplearse como instrumentos que sirvan de referencia y consulta.

  14. Alcance

    Los presentes Lineamientos son de alcance obligatorio para los Delegados, Subdelegados, Directores de Centros Coordinadores y demás Servidores Públicos de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI); asimismo, para el Comité de Apoyo del Albergue, en el ámbito de sus atribuciones y recursos asignados, en los términos descritos en este documento.

  15. Fundamento Legal

    4.1. Leyes

    · Ley Orgánica Pública de la Administración Pública Federal

    · Ley de Planeación

    · Ley del Servicio de Tesorería de la Federación

    · Ley Federal de las Entidades Paraestatales

    · Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

    · Ley Federal de Procedimiento Administrativo

    · Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos

    · Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

    · Ley de Fiscalización Superior de la Federación

    · Ley General de Desarrollo Social

    · Ley General de la Infraestructura Física Educativa

    · Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

    · Código de Comercio y Leyes Complementarias

    · Código Fiscal de la Federación

    4.2 Reglamentos

    · De la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación

    · De la Ley Federal de Fomento a las Actividades Realizadas por Organizaciones de la Sociedad Civil

    · De la Ley Federal de las Entidades Federativas

    · De la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

    · De la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

    · De la Ley General de Desarrollo Social

    4.3 Disposiciones Específicas

    · Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal vigente

    · Disposiciones de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal de carácter obligatorio, que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), derivadas de las disposiciones previstas en el Presupuesto de Egresos de la Federación en cada Ejercicio Fiscal

    · Lineamientos Generales para la Organización y Conservación de los Archivos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal

    · Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas

    · Acuerdo de modificación de las Reglas de Operación del Programa Albergues Escolares Indígenas publicadas el 4 de febrero de 2011

    · Disposiciones normativas emitidas por la SCHP aplicables a subsidios

    4.4 Otros documentos

    · Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas

    · Cartilla Nacional de Derechos

  16. Términos de Referencia

    Acción de Mejoramiento. Rehabilitación, básica, media o integral de la infraestructura física del Albergue Escolar Indígena.

    Acta Entrega-Recepción. Documento que hace constar la terminación de la acción de mejoramiento, ejecutada con el subsidio otorgado por el PAEI.

    Agente Técnico. Es la instancia privada o pública, experta en infraestructura física, y con capacidad suficiente para realizar trabajos técnicos especializados para las acciones de mejoramiento.

    CCDI. Centro Coordinador para el Desarrollo Indígena.

    CDI. Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

    CIT. Cédula de Identificación Técnica, documento mediante el cual se identifican las principales necesidades del Albergue.

    Comité de Apoyo del Albergue. Es una instancia de participación social, que representa al grupo social indígena beneficiario, y que se elige en asamblea de padres de familia o comunitaria. Está conformado por un presidente, secretario, tesorero y dos vocales.

    Contrato. Contrato de obra a precio fijo, es el instrumento jurídico...

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