Acuerdo por el que se dan a conocer los Lineamientos específicos de operación, del Componente Manejo Postproducción

Fecha de disposición03 Mayo 2011
Fecha de publicación03 Mayo 2011
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. FRANCISCO JAVIER MAYORGA CASTAÑEDA, Secretario de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; con fundamento en los artículos 9, 12 y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 7, 11, 60, 62, 64, 67 y 115 de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 77 fracción II de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 2, fracción II y 6 fracción III del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; y 15 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el Ejercicio Fiscal 2011, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 31 de diciembre de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio fiscal 2011;

Que el artículo 8 de las Reglas de Operación establece que el objetivo del Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura, será incrementar los niveles de capitalización de las unidades económicas agropecuarias, acuícolas y pesqueras a través de apoyos complementarios para la inversión en equipamiento e infraestructura en actividades de producción primaria, procesos de agregación de valor, acceso a los mercados y para apoyar la construcción y rehabilitación de infraestructura pública productiva para beneficio común;

Que dentro del Programa de Apoyo a la Inversión en Equipamiento e Infraestructura, se encuentra el Componente de Manejo de Postproducción integrado por los subcomponentes de Proyecto para el Fortalecimiento de Infraestructura para la Movilización y Acopio de granos y Oleaginosas "FIMAGO", Proyecto de Apoyo al Valor Agregado de Agronegocios con Esquema de Riesgo Compartido "PROVAR", Infraestructura Rastros TIF e Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario;

Que el artículo 15 de las Reglas de Operación señala como objetivo del Componente Manejo de Postproducción, el fomentar la generación de riqueza y de empleos en el sector rural, de manera responsable, mediante apoyos en riesgo compartido a proyectos de inversión para agregación de valor;

Que en el artículo citado en el considerando anterior, se establece que la operación del componente será definido por la Secretaría mediante lineamientos que publicarán en el Diario Oficial de la Federación, y

Que los lineamientos deben instrumentarse mediante un mecanismo que asegure la aplicación eficiente, eficaz, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos asignados, se expide el siguiente:

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS LINEAMIENTOS ESPECIFICOS DE OPERACION, DEL COMPONENTE "MANEJO POSTPRODUCCION"

Artículo 1

El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer los Lineamientos Específicos de Operación, del Componente Manejo Postproducción, que se conforma por los subcomponentes y sus respectivos objetivos específicos, que se señalan a continuación:

  1. Proyecto de Apoyo al Valor Agregado de Agronegocios con Esquemas de Riesgo Compartido "PROVAR": Elevar la eficiencia de la cadena de suministro de los productos agrícolas, pecuarios y pesqueros, para una mayor inserción y competitividad en los mercados nacionales e internacionales, mediante la incorporación de valor agregado y la diversificación de alternativas económicas;

  2. Proyecto para el Fortalecimiento de Infraestructura para la Movilización y Acopio de Granos y Oleaginosas "FIMAGO": Incrementar los niveles de capitalización de los productores de granos y oleaginosas, mediante apoyos para equipamiento e infraestructura estratégica de acopio, almacenamiento, movilización, monitoreo y control de calidad, que busquen generar valor agregado a sus productos y contribuir a su inserción en el mercado nacional e internacional;

  3. Infraestructura Rastros TIF: Incrementar la capacidad y modernización del equipamiento e infraestructura de los Establecimientos Tipo Inspección Federal (TIF), para aumentar la participación de los productos pecuarios y pesqueros en los mercados nacionales e internacionales de alto valor.

  4. Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario: Dotar de la infraestructura y el equipamiento necesario a los productores dedicados a actividades pecuarias que les permita; obtener lotes homogéneos de sus productos que facilite la realización de subastas para su comercialización, así como mejorar las condiciones y tiempos de traslado de ganado, particularmente entre zonas con diferentes estatus sanitario.

La cobertura del Componente "Manejo Postproducción" es nacional, excepto para el caso de PROVAR en su modalidad PROVAR-CAFE, el cual operará únicamente en los Estados de Chiapas, Colima, México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Nayarit, Oaxaca, Puebla, San Luis Potosí y Veracruz.

Artículo 2

Para efectos del presente Acuerdo, además de las definiciones previstas en las Reglas de Operación, se entenderá por:

  1. Centro de Acondicionamiento Pecuario: Centros para el acopio, acondicionamiento y manejo de ganado, que permiten su preparación para su mejor comercialización, faciliten la realización de subastas de ganado, así como para mejorar las condiciones y tiempos de traslado de éstos;

  2. FOMAGRO: Programa del Fondo de Riesgo Compartido para el Fomento a los Agronegocios;

  3. Fondo de Inversiones para Agronegocios: Fondo privado que se orienta a invertir capital de riesgo en proyectos de post-producción previamente identificados y que cumplan con lo establecido en estos lineamientos.

  4. Instancia Ejecutora: Fideicomiso de Riesgo Compartido (FIRCO), Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura (FIRA/FEFA) y Financiera Rural (FR);

  5. Organizaciones de primer nivel: Personas morales conformadas por hasta 200 socios que integren a productores primarios para consolidar actividades individuales de producción y comercialización en pequeña y mediana escala, cuyo objetivo principal es proporcionar servicios a sus socios enfocados a la integración de los mismos a las cadenas productivas y redes de valor y que ninguno de sus socios posea más del 20 por ciento de las acciones o participaciones de la persona moral;

  6. Organizaciones de segundo nivel: Personas morales conformadas por hasta 200 socios que integren a personas morales y físicas cuyo objetivo principal es proporcionar servicios a sus socios enfocados a la integración de los mismos a las cadenas productivas y redes de valor y que ninguno de sus socios posea más del 20 por ciento de las acciones o participaciones de la persona moral;

  7. Organizaciones de tercer nivel: Personas morales conformadas por organizaciones de primer y segundo nivel, que no cuenten con más de 200 socios;

  8. Recuperaciones del PROVAR: Reintegro del apoyo otorgado conforme al calendario acordado mediante Convenio de Concertación, que puede ser utilizado para la creación de fondos de inversión privados;

  9. SEMARNAT: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, y

  10. Socios: Aquellos que se describen en el Acta Constitutiva de la Organización solicitante o su última modificación con participación accionaria.

Artículo 3

La población objetivo para cada uno de los subcomponentes del Componente de Manejo Postproducción, será la siguiente:

  1. PROVAR: Personas físicas o morales legalmente constituidas que se dediquen a actividades de producción o acondicionamiento agrícola, pecuario o pesquero, que busquen acopiar, seleccionar, estandarizar, almacenar, acondicionar, extraer, conservar, procesar en campo y empacar productos agroalimentarios destinados al mercado nacional e internacional;

  2. FIMAGO: Personas física o morales de primero, segundo y tercer nivel, legalmente constituidas, conformadas por productores agrícolas o pecuarios, que se dediquen a acopiar, almacenar, movilizar o empacar granos y oleaginosas en el territorio nacional;

  3. Infraestructura Rastros y Establecimientos TIF: Personas físicas o morales legalmente constituidas, integradas por productores que se dediquen a actividades de producción pecuaria o pesquera y busquen bajo el esquema TIF sacrificar, empacar o almacenar animales destinados al mercado nacional o internacional, y

  4. Infraestructura para Centros de Acondicionamiento Pecuario: Personas morales, principalmente pequeños criadores cuyos proyectos sean canalizados y presentados por organizaciones ganaderas legalmente constituidas y que estén registradas de conformidad con la Ley de Organizaciones Ganaderas, que se dediquen a actividades de producción pecuaria y que busquen: acopiar, seleccionar y acondicionar animales destinados al mercado nacional o internacional.

Artículo 4

Los conceptos y montos de apoyo por beneficiario, se realizará para cada subcomponente de acuerdo a lo siguiente:

  1. PROVAR 1/

    Concepto de Apoyo Contempla SCIAN Montos de apoyo
    Infraestructura y equipamiento
    ...

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