Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

DOF, 21 de Julio de 2010Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados › Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

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Estatuto Orgánico del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas

Al margen un logotipo, que dice: Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. ACUERDO DE LA JUNTA DIRECTIVA

ESTATUTO ORGANICO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS.

C. Gral. de Div. D.E.M. José Armando Tamayo Casillas

Director General

Presente.

Me permito informar a usted que la H. Junta Directiva de este Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, en su sesión número 975 celebrada el día 7 de julio de 2010, acordó:

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 15 párrafos antepenúltimo y penúltimo de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales y el artículo 12 fracciones VII y XVI de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, y en ejercicio de las facultades que dichos numerales conceden a esta Junta Directiva, en sesión número 975 celebrada el 7 de julio de 2010, se aprueba el siguiente:

ESTATUTO ORGANICO DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS

CAPITULO PRIMERO

Disposiciones Generales

ART. 1o.- El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas tiene como misión proporcionar prestaciones de carácter social, económico y de salud a los Militares en Activo, situación de retiro, a sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios, con un alto grado de calidad y conforme a las normas legales vigentes.

ART. 2o.- Para los efectos del presente Estatuto se entenderá por:

I. "Instituto", el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas;

II. "Ley del ISSFAM", la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas;

III. "Junta Directiva", la H. Junta Directiva del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas;

IV. "Director General", el Director General del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, y

V. "Unidades Administrativas", las que se enlistan en el artículo 3o. del presente Estatuto.

ART. 3o.- Para el estudio, planeación, atención y ejecución de los asuntos y actos que le competen al Instituto, además del Organo a que se refiere el artículo 5o. de la Ley del ISSFAM, contará con:

I. Dirección General

II. Subdirección General;

III. Coordinador de Asesores de la Dirección General;

IV. Coordinación Administrativa;

V. Coordinación de Informática, Planeación e Innovación y Calidad;

VI. Dirección Administrativa;

VII. Dirección de Prestaciones;

VIII. Dirección de Vigencia de Derechos y Control de Pago;

IX. Dirección Médica;

X. Dirección de Construcciones;

XI. Dirección Jurídica;

XII. Dirección de Finanzas, y

XIII. Un Organo Interno de Control, ...

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