Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
DOF, 24 de Octubre de 2011 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Gobernacion
Enlazado como:
DOF, 24 de Octubre de 2011 › Poder Ejecutivo › Secretaria de Gobernacion
Enlazado como:Extracto
Decreto por el que se expide el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y con fundamento en los artículos 122, apartado B, fracción IV, de la propia Constitución; 32, fracción V, del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 13 y 27, fracción II, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, 3, 5, 11, 34, y Quinto Transitorio del Decreto por el que se expide la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERALARTÍCULO ÚNICO. Se expide el Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, para quedar como sigue:REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERALTÍTULO PRIMERODE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERALArtículo 1.- La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal estará a cargo del Procurador General de Justicia del Distrito Federal quien de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, ejercerá las atribuciones conferidas al Ministerio Público del Distrito Federal para investigar los delitos y perseguir a los imputados, conforme a lo establecido por el artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal y demás disposiciones legales aplicables de acuerdo con los principios de legalidad, certeza, honradez, lealtad, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, transparencia, eficacia, eficiencia y respeto a los derechos humanos, señalados en los artículos 21, 113 y 134 de la misma Constitución y leyes que de ella emanen.Artículo 2.- La Procuraduría, para el ejercicio integral de las atribuciones, funciones y despacho de los asuntos de su competencia, se integrará con las unidades administrativas siguientes:I. Oficina del Procurador;a) Jefatura General de la Policía de Investigación;b) Visitaduría Ministerial;c) Coordinación General de Servicios Periciales;d) Coordinación General de Políticas Administrativas de Planeación y Organización;e) Coordinación de Agentes del Ministerio Público Auxiliares del Procurador;f) Fiscalía para la Investigación de los delitos cometidos por Servidores Públicos;g) Fiscalía de Revisión y Seguimiento de Asuntos de Alto Impacto;h) Dirección General de Política y Estadística Criminal;i) Dirección General de Asuntos Internos;j) Dirección General de Comunicación Social;k) Instituto de Formación Profesional, yl) Consejo de Honor y Justicia de la Policía de Investigación.II. Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Centrales;a) Fiscalías Centrales de Investigación.III. Subprocuraduría de Averiguaciones Previas Desconcentradas;a) Fiscalías Desconcentradas de Investigación, yb) Unidades de Recepción por Internet (URI).IV. Subprocuraduría de Procesos;a) Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Norte;b) Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Oriente;c) Fiscalía de Procesos en Juzgados Penales Sur;d) Fiscalía de Procesos en Juzgados de Paz Penal;e) Fiscalía de Procesos en Juzgados Civiles;f) Fiscalía de Procesos en Juzgados Familiares;g) Fiscalía de Mandamientos Judiciales;h) Fiscalía Especializada en Extinción de Dominio;i) Dirección de Consignaciones, yj) Dirección de Procesos en Salas Penales.V. Subprocuraduría Jurídica, de Planeación, Coordinación Interinstitucional y de Derechos Humanos;a) Dirección General Jurídico Consultiva y de Implementación del Sistema de Justicia Penal;b) Dirección General de Derechos Humanos, yc) Dirección General de Planeación y Coordinación.VI. Subprocuraduría de Atención a Víctimas del Delito y Servicios a la Comunidad;a) Dirección General de Atención a Víctimas del Delito;b) Dirección General de Servicios a la Comunidad;c) Centro de Estancia Transitoria para Niños y Niñas, yd) Dirección Especializada de Atención a Mujeres, Víctimas en Delitos Sexuales.VII. Oficialía Mayor;a) Dirección General de Programación, Organización y Presupuesto;b) Dirección General de Recursos Humanos;c) Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales;d) Dirección General de Tecnología y Sistemas Informáticos, ye) Dirección Ejecutiva de Administración de Bienes Asegurados.VIII. Las demás que se prevén en este Reglamento y las que se consideren necesarias para el ejercicio de sus funciones.Artículo 3.- La Procuraduría,...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
Afectaciones
REGLAMENTA
VER TEXTO REFUNDIDO
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios