Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 15-09-81 hectáreas de temporal de uso común, de terrenos del ejido Halachó, municipio del mismo nombre, Yuc.

Fecha de disposición14 Septiembre 2012
Fecha de publicación14 Septiembre 2012
SecciónTERCERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94 al 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76 al 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 102.301.-A 10611 de fecha 13 de octubre de 1998, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 15-11-59 Has., de terrenos pertenecientes al ejido denominado "HALACHÓ", Municipio de Halachó, Estado de Yucatán, para destinarlos a la construcción del Libramiento Becal-Maxcanú de la carretera Campeche-Mérida, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII, y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 11944, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 01101 de fecha 7 de julio de 2009, recibida el mismo día, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto. Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 15-09-81 Has., de terrenos de temporal de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 29 de noviembre de 1923, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre del mismo año y ejecutada el 16 de mayo de 1927, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido "HALACHÓ", Municipio de Halachó, Estado de Yucatán, una superficie de 19,416-00-00 Has., para beneficiar a 809 campesinos capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 13 de septiembre de 1937, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 1939, se concedió por concepto de primera ampliación de ejido al núcleo agrario "HALACHÓ", Municipio de Halachó, Estado de Yucatán, una...

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