Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2002

DOF, 12 de Abril de 2002Poder Ejecutivo › Secretaria de Hacienda y Credito Publico

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Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2002

Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2002.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

RESOLUCION DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LOS SECTORES DE CONTRIBUYENTES QUE EN LA MISMA SE SEÑALAN PARA 2002

Con fundamento en los artículos 16 y 31 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 14, fracción lII, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria; 85, segundo párrafo, 133, último párrafo y 136, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta; y fracción XLI del Artículo Segundo de las Disposiciones Transitorias de la Ley del Impuesto sobre la Renta, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 1o. de enero de 2002 y 4o., fracción XVII del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, y

Considerando

Que el primero de enero de dos mil dos se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley del Impuesto sobre la Renta la cual establece un nuevo régimen simplificado con base en un sistema de flujo de efectivo, aplicable a los contribuyentes del sector primario y del autotransporte terrestre de carga y pasajeros.

Que en las modificaciones referidas se consideró que ciertos sectores de contribuyentes no podrán cumplir de manera inmediata con todas las obligaciones formales que imponen las leyes fiscales vigentes, ya que sus operaciones requieren de ciertas facilidades administrativas, tal como se estableció en el artículo 85 y en la fracción XLI del Artículo Segundo de las Disposiciones Transitorias, de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Que el Servicio de Administración Tributaria, con fundamento en las facultades que le fueron conferidas por el Congreso de la Unión, considera necesario otorgar para el ejercicio fiscal 2002 a los diferentes sectores de contribuyentes diversas facilidades administrativas, a fin de que cumplan adecuadamente con sus obligaciones fiscales. Asimismo, durante el presente ejercicio fiscal continuará publicando folletos y llevará a cabo talleres, con el objeto de que estos contribuyentes, mediante ejemplos prácticos y situaciones precisas, puedan conocer sus obligaciones fiscales y la forma de poder cumplirlas, y

Que esta Dependencia, por medio de sus servicios de orientación, informará y resolverá las dudas que conforme al desarrollo de sus actividades se presenten a los diversos sectores de contribuyentes que establece la presente Resolución, a efecto de que los mismos puedan cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales. Por ello, este órgano expide la siguiente:

RESOLUCION DE FACILIDADES ADMINISTRATIVAS PARA LOS SECTORES DE CONTRIBUYENTES QUE EN LA MISMA SE SEÑALAN PARA 2002

Contenido

Capítulo 1. Sector Primario.

Capítulo 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.

Capítulo 3. Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.

Capítulo 4. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre Urbano y Suburbano.

Definiciones de Aplicación General

Para los efectos de la presente Resolución se entiende por:

A. Secretaría, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

B. SAT, el Servicio de Administración Tributaria.

C. Código, el Código Fiscal de la Federación.

D. ISR, el Impuesto sobre la Renta.

E. IMPAC, el Impuesto al Activo.

F. IVA, el Impuesto al Valor Agregado.

G. LIF, la Ley de Ingresos...

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