Acuerdo General 12/2013 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al inicio de funciones del Juzgado Tercero de Distrito en Materia Mercantil, especializado en Juicios de Cuantía Menor, con sede en Zapopan, Jalisco, así como a su competencia, jurisdicción territorial, domicilio y a las reglas para el turno y la distribución de asuntos

Fecha de disposición12 Abril 2013
Fecha de publicación12 Abril 2013
EmisorCONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL
SecciónSEGUNDA. Poder Judicial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 12/2013, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO AL INICIO DE FUNCIONES DEL JUZGADO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA MERCANTIL, ESPECIALIZADO EN JUICIOS DE CUANTÍA MENOR, CON SEDE EN ZAPOPAN, JALISCO, ASÍ COMO A SU COMPETENCIA, JURISDICCIÓN TERRITORIAL, DOMICILIO Y A LAS REGLAS PARA EL TURNO Y LA DISTRIBUCIÓN DE ASUNTOS.

CONSIDERANDO

PRIMERO. En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo, 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II y VI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO. Los artículos 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracciones IV, VI y XXIV y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número, límites territoriales y, en su caso, especialización por materia de los juzgados de Distrito y dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de su competencia, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos, atribución esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos, en términos del artículo 46, fracción II, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta la organización y funcionamiento del propio Consejo;

TERCERO. El artículo 17 Constitucional, segundo párrafo, establece que los tribunales estarán expeditos para impartir justicia en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa, imparcial y gratuita;

CUARTO. El veintisiete de enero de dos mil once se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Código de Comercio, reformas que entraron en vigor a partir del veintiocho de enero de dos mil doce. Entre las reformas señaladas destaca la adición a ese ordenamiento de un título especial denominado "Del Juicio Oral Mercantil", lo que incidirá en el ámbito competencial de los juzgados de Distrito al ser la mercantil una materia de jurisdicción concurrente de la que conocen también los órganos jurisdiccionales de los poderes judiciales de las diversas entidades federativas;

QUINTO. El Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en...

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