Acuerdo G/JGA/100/2009 mediante el cual se da a conocer el cambio de adscripción del Magistrado Raúl Guillermo García Apodaca a la Primera Sala Regional del Golfo, Tercera Ponencia, cambio de adscripción de la Magistrada Juana Griselda Dávila Ojeda a la Segunda Sala Regional del Golfo, Primera Ponencia, y adscripción de la Magistrada Ana Luz Brun Iñárritu a la Sala Regional Peninsular, Segunda Ponencia
Fecha de disposición | 28 Diciembre 2009 |
Fecha de publicación | 28 Diciembre 2009 |
Sección | CUARTA. Organismos Autonomos |
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.- Junta de Gobierno y Administración. ACUERDO G/JGA/100/2009
CAMBIO DE ADSCRIPCION DEL MAGISTRADO RAUL GUILLERMO GARCIA APODACA A LA PRIMERA SALA REGIONAL DEL GOLFO, TERCERA PONENCIA, CAMBIO DE ADSCRIPCION DE LA MAGISTRADA JUANA GRISELDA DAVILA OJEDA A LA SEGUNDA SALA REGIONAL DEL GOLFO, PRIMERA PONENCIA, Y ADSCRIPCION DE LA MAGISTRADA ANA LUZ BRUN IÑARRITU A LA SALA REGIONAL PENINSULAR, SEGUNDA PONENCIA.
La Junta de Gobierno y Administración, en ejercicio de lo dispuesto por el artículo 39 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 41, fracciones I y V, de la Ley Orgánica mencionada, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los tribunales del país estarán expeditos para impartir justicia de manera pronta, completa e imparcial, por lo que el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa se encuentra obligado a garantizar a los gobernados este mandato de la Carta Magna de manera puntual;
Que el artículo 39 de la Ley Orgánica de este Organo Jurisdiccional establece que la Junta de Gobierno y Administración es el órgano del Tribunal que tiene a su cargo la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, contando con autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones;
Que conforme a las fracciones I y V del artículo 41 de la Ley Orgánica del Tribunal, corresponde a la Junta de Gobierno y Administración expedir los acuerdos necesarios para el buen funcionamiento del Tribunal, así como adscribir y, en su caso, cambiar de adscripción a los Magistrados de las Salas Regionales;
Que las necesidades del servicio que se presentan en las Salas Regionales del Golfo, al tener una Ponencia sin Magistrado titular, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 31 de la Ley Orgánica del Tribunal, hace indispensable ocupar dichas Ponencias con Magistrados de Sala Regional que se encuentren actualmente en funciones, y que a consideración de la Junta de Gobierno y Administración cuentan con probado criterio jurídico, al haber valorado la productividad, calidad y efectividad de su desempeño mostrado en sus actuales adscripciones, así como la capacidad de colegiación que han manifestado durante su trayectoria, situación que...
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