Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 0-89-00 hectárea de temporal de uso común, de terrenos del ejido Hunucmá núcleo San Antonio Chel, Municipio de Hunucmá, Yuc.

Fecha de disposición20 Abril 2012
Fecha de publicación20 Abril 2012
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción I, 94 al 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76 al 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número AG/476/07 de fecha 14 de diciembre de 2007, la Comisión Federal de Electricidad solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 0-89-00 Ha., de terrenos del ejido denominado "HUNUCMÁ" Núcleo San Antonio Chel, Municipio de Hunucmá, Estado de Yucatán, para destinarlos a las instalaciones de la Subestación Eléctrica Hunucmá II, conforme a lo establecido en el artículo 93, fracción I, de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13336, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédula de notificación número 01982 de fecha 16 de diciembre de 2008, recibida el mismo día, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto. Iniciado el procedimiento relativo de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 0-89-00 Ha., de temporal de uso común.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando primero y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 1° de septiembre de 1937, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de agosto de 1939, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido "HUNUCMÁ", Municipio de Hunucmá, Estado de Yucatán, una superficie de 30,284-00-00 Has., para beneficiar a 580 campesinos capacitados en materia agraria, más 6 parcelas escolares, correspondiéndole al Núcleo San Antonio Chel, una superficie de 1,104-00-00 Has., ejecutándose dicha resolución en forma parcial el 12 de noviembre de 1990, entregando una superficie de 27,627-16-91 Has.; por Decreto Presidencial de fecha 3 de noviembre de 1992, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 2 de diciembre del mismo año, se expropió al ejido "HUNUCMÁ", Municipio de Hunucmá, Estado de...

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