Acuerdo por el que se establece como obligatorio a partir del 1 de enero de 2010 el requisito de certificación del Consejo de Salubridad General a los servicios médicos hospitalarios privados que celebren contratos de prestación de servicios con las dependencias y entidades de las administraciones públicas de los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales

DOF, 7 de Diciembre de 2009Organismos Autonomos › Consejo de Salubridad General

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Acuerdo por el que se establece como obligatorio a partir del 1 de enero de 2010 el requisito de certificación del Consejo de Salubridad General a los servicios médicos hospitalarios privados que celebren contratos de prestación de servicios con las dependencias y entidades de las administraciones públicas de los gobiernos federal, estatales, del Distrito Federal y municipales

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de Salubridad General. El Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos 4, 73, fracción XVI y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracciones I y III, 4, fracción II, 17, fracción VI, 23, 24, fracción I, 34, 37, 38, 39 y 41 de la Ley General de Salud; 7, fracción III, 8, 10, fracción I, 69 y 70 del Regla...

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