Resolución Preliminar de la investigación antisubvención sobre las importaciones de metoprolol tartrato, originarias de la República de la India, independientemente del país de procedencia. Esta mercancía ingresa por la fracción arancelaria 2922.19.28 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

Fecha de disposición27 Febrero 2014
Fecha de publicación27 Febrero 2014
MateriaDerecho Fiscal
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN PRELIMINAR DE LA INVESTIGACIÓN ANTISUBVENCIÓN SOBRE LAS IMPORTACIONES DE METOPROLOL TARTRATO, ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA DE LA INDIA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA. ESTA MERCANCÍA INGRESA POR LA FRACCIÓN ARANCELARIA 2922.19.28 DE LA TARIFA DE LA LEY DE LOS IMPUESTOS GENERALES DE IMPORTACIÓN Y DE EXPORTACIÓN.

Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo 12/13 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Solicitud de inicio

    1. El 31 de mayo de 2013 Sinbiotik, S.A. de C.V. ("Sinbiotik" o la "Solicitante"), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de subvenciones, sobre las importaciones de metoprolol tartrato ("metoprolol"), originarias de la República de la India ("India"), independientemente del país de procedencia.

  2. Consultas

    1. El 25 de julio de 2013 la Secretaría notificó al gobierno de India la solicitud a que se refiere el punto anterior y lo invitó a celebrar consultas. Asimismo, se le informó que, en caso de solicitarlo, se le daría a los funcionarios que designara, acceso a la información no confidencial del expediente administrativo en las instalaciones de la UPCI, de conformidad con el artículo 13.4 del Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (el ASMC). Hasta el momento, el gobierno de India no ha dado respuesta.

  3. Inicio de la investigación

    1. El 26 de agosto de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución de inicio de la investigación antisubvención (la "Resolución de Inicio"). Se fijó como periodo de investigación el comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2012 y como periodo de análisis de daño y causalidad a la rama de producción nacional, el comprendido del 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre de 2012.

  4. Producto investigado

    1. Descripción general

    2. El metoprolol es un antagonista de receptores adrenérgicos cuya indicación terapéutica es principalmente el tratamiento de la hipertensión, como agente único o en combinación con otros antihipertensivos.

    3. El nombre técnico del metoprolol es tartrato de (±)-1-(isopropilamino)3-[4-(2-metoxietil) fenoxi]-2-propanol. Su fórmula química es (C15H25NO3)2·C4H6O6 mientras que su número de registro en el Servicio de Resúmenes Químicos (CAS, por sus siglas en inglés), que es una identificación única para cada producto químico descrito en la literatura científica, es el 56392-17-7. Físicamente, se describe como un polvo cristalino blanco o de cristales incoloros (presenta polimorfismos). Es muy soluble en agua; fácilmente soluble en cloroformo, cloruro de metilo y etanol; ligeramente soluble en acetona, y casi insoluble en benceno y éter dietílico.

    4. Tratamiento arancelario

    5. El metoprolol ingresa por la fracción arancelaria 2922.19.28 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

      Descripción arancelaria del producto investigado

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).

    6. Con base en la información del SIAVI, las importaciones de metoprolol, independientemente del país de origen, están exentas del pago de arancel. La unidad de medida comercial y para la TIGIE es el kilogramo.

    7. Con base en información obtenida del Sistema de Información Comercial de México y del Sistema de Gestión Comercial (en conjunto los "Sistemas de Información Oficial"), durante el periodo analizado, sólo ingresaron importaciones de metoprolol por la fracción arancelaria 2922.19.28.

    8. Normas técnicas

    9. Debido a que el metoprolol se usa en la fabricación de medicamentos, las especificaciones que se deben cumplir para su producción se estipulan en las farmacopeas de cada país. La Secretaría observó que las distintas farmacopeas establecen características similares para el metoprolol.

    10. Proceso productivo e insumos

    11. El proceso de producción del metoprolol es un proceso maduro y estándar a nivel mundial, que se encuentra disponible para cualquier empresa productora, incluidas las ubicadas en India. Sinbiotik indicó que existen referencias documentales de la descripción de dicho proceso, que datan de principios de la década de los años ochenta. El proceso inicia con la alimentación de agua, hidróxido de sodio, 4-Metoxietil fenol y epiclorhidrina en un reactor, después se calienta para su reacción. Posteriormente, se separan en 2 fases y el p-methoxyeethylpoxy-propoxybenzene es aislado por destilación bajo presión reducida. Se adiciona la isopropilamina, que a su vez se calienta, se destila, se separa y se lava. Finalmente, la mezcla se cristaliza y centrifuga para posteriormente secarse, molerse y envasarse.

    12. Los insumos utilizados en la fabricación de la mercancía objeto de análisis son el 4 Metoxietil fenol, hidróxido de sodio, epiclorhidrina, isopropilamina al 70%, agua potable, tolueno, alcohol isopropílico (Isopropanol) y ácido tartárico.

    13. Usos y funciones

    14. El metoprolol es utilizado por los laboratorios como insumo para la formulación de medicamentos que lo contengan como componente activo. Dichos medicamentos se emplean en el tratamiento para enfermedades del sistema cardiovascular, especialmente para la hipertensión, la angina de pecho y la arritmia cardiaca e infarto agudo de miocardio. Además, el metoprolol funciona solo o en combinación con otros medicamentos para tratar los padecimientos mencionados.

  5. Convocatoria y notificaciones

    1. Mediante la Resolución de Inicio, la Secretaría convocó a las importadoras y exportadoras del producto objeto de investigación y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de la investigación, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes.

    2. La Secretaría notificó el inicio de la investigación antisubvención a la Solicitante, a las importadoras y exportadoras de que tuvo conocimiento y al gobierno de India. Con la notificación se les corrió traslado de la versión pública de la solicitud de inicio, de la respuesta a la prevención y de sus anexos, así como de los formularios oficiales de investigación, con el objeto de que presentaran la información requerida y formularan su defensa.

  6. Partes interesadas comparecientes

    1. Comparecieron como partes interesadas al presente procedimiento las siguientes empresas:

    2. Solicitante

      Sinbiotik, S.A. de C.V.

      Paseo de la Reforma No. 489, piso 6

      Colonia Cuauhtémoc

      C.P. 06500, México, Distrito Federal.

    3. Importadora

      Fark Corp, S.A. de C.V.

      Génova No. 33, despacho 703

      Colonia Juárez

      C.P. 06600, México, Distrito Federal.

  7. Prórrogas

    1. La Secretaría otorgó prórroga a las empresas IPCA, S.A. de C.V. ("IPCA") y Moléculas Finas de México, S.A. de C.V. ("Moléculas Finas") para que presentaran los documentos con los que acreditaran su legal existencia, la personalidad de sus representantes legales y que éstos cuentan con título profesional y cédula en los términos de la legislación mexicana o que pertenecen al consejo de administración de la empresa o su equivalente, así como las facultades de sus poderdantes, su respuesta al formulario oficial, argumentos y pruebas correspondientes al primer periodo de ofrecimiento de pruebas. El plazo venció el 25 de octubre de 2013.

    2. El 25 de octubre de 2013 IPCA solicitó una nueva prórroga para presentar su respuesta al formulario oficial, argumentos y pruebas correspondientes al primer periodo de ofrecimiento de pruebas. Mediante oficio del 28 de octubre de 2013, la Secretaría comunicó a IPCA su determinación de no concederle un plazo adicional al otorgado, por las razones y fundamentos que se detallan en el mismo, el cual se hizo de su conocimiento oportunamente, como consta en el expediente administrativo.

  8. Argumentos y medios de prueba de la importadora

    1. El 4 de octubre de 2013 Fark Corp, S.A. de C.V. ("Fark Corp") compareció para presentar los siguientes argumentos:

  9. La Solicitante no tiene la certeza de que los exportadores obtengan beneficios del gobierno de India, porque se limita a mencionar que los productores podrían recibir el equivalente a un 10.8% del precio de exportación en el esquema de devolución de impuestos, sin tener soporte de los porcentajes mencionados en este supuesto beneficio y tampoco en los demás que señala.

  10. Durante el periodo analizado importó la mercancía investigada para poder cumplir en tiempo y forma con sus clientes, ya que la demanda rebasa la capacidad de la producción nacional y la calidad que ofrece el proveedor de India es superior, además de que el tiempo de respuesta es mínimo.

  11. La Solicitante afirma que en 2012 sus inventarios aumentaron debido al incumplimiento de promesa de compra por parte de sus clientes, ya que éstos sustituyeron el producto nacional por el originario de India, pero no presenta soporte alguno para acreditarlo.

    1. Fark Corp presentó:

  12. Copia certificada del instrumento notarial número 43,512 otorgado ante el Notario Público número 74 del Estado de México, en el que consta la existencia legal de Fark Corp, el poder otorgado a su representante legal, así como las facultades del poderdante.

  13. Copia de la cédula para el ejercicio profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública a favor de su representante legal.

  14. Importaciones de Fark Corp de metoprolol en 2011, 2012 y el periodo investigado, en valor y volumen.

  15. Copia de 2 pedimentos de importación de metoprolol y sus documentos anexos.

  16. Estado de posición financiera y estado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR