Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial

DOF, 9 de Febrero de 2010Poder Ejecutivo › Secretaria de Economia

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Extracto


Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, y el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 131 de la propia Constitución; 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción I, 12 y 13 de la Ley de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO

Que la política arancelaria del Gobierno Federal está orientada a promover la facilitación del comercio internacional como un instrumento para aumentar la competitividad de las exportaciones;

Que con objeto de homologar el nivel arancelario de los diferentes segmentos de la cadena productiva y proporcionar una mayor congruencia al tratamiento de los sectores industriales del país para hacer más eficientes sus operaciones de comercio exterior, es necesario ajustar la desgravación arancelaria prevista en la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE) para productos primarios y materiales intermedios;

Que el sector del acero requiere ampliar la gradualidad de las medidas de reducción arancelaria instrumentadas, para propiciar una mayor eficiencia en sus operaciones de comercio exterior e ir ajustando sus procesos productivos en respuesta a la medida, por lo que es conveniente modificar la desgravación arancelaria prevista en el rubro de láminas y tubos;

Que a efecto de equilibrar las condiciones de acceso de ciertos productos finales importados al mercado mexicano, así como eliminar incongruencias arancelarias entre las distintas cadenas productivas industriales, es necesario ajustar la desgravación prevista en la TIGIE para bienes de los sectores de abrasivos y de grifería doméstica, adecuándose las etapas de reducción de dichos bienes para homologar su arancel con el de mercancías con características similares y no generar inconsistencias en la política arancelaria;

Que a partir del 1 de enero de 2010, ciertas fracciones arancelarias contenidas en el Decreto por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial están totalmente libres de arancel en la TIGIE, por lo que se hace necesario ajustar dicho instrumento para eliminar de los diferentes programas las fracciones que están exentas del pago de arancel, a fin de que tengan un tratamiento mucho más favorable en la Tarifa que en este esquema de excepción, y

Que conforme a lo dispuesto en la Ley de Comercio Exterior, las medidas arancelarias a que se refiere el presente Decreto fueron opinadas favorablemente por la Comisión de Comercio Exterior, he tenido a bien expedir el siguiente

DECRETO

I.- Modificaciones a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación

ARTÍCULO 1.- Se modifican los aranceles de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 2007 y sus modificaciones posteriores, únicamente en lo que se refiere a las siguientes fracciones arancelarias: CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

Unidad

IMPUESTO

IMP.

EXP.

6805.10.01 De anchura superior a 1800 mm. Kg

5

Ex.

6805.10.99 Los demás. Kg

5

Ex.

6805.20.01 Con soporte constituido solamente por papel o cartón. Kg

5

Ex.

6805.30.01 Con soporte de otras materias. Kg

5

Ex.

7308.30.01 Puertas, ventanas y sus marcos. Kg

7

Ex.

7308.30.99 Los demás. Kg

7

Ex.

7308.90.01 Barandales; balcones; escaleras. Kg

7

Ex.

7308.90.02 Estructuras desarmadas consistentes en armaduras, columnas y sus placas de asiento, ménsulas, planchas de unión, tensores y tirantes, aun cuando se presenten con tuercas y demás partes para la construcción. Kg

7

Ex.

7308.90.99 Los demás. Kg

7

Ex.

7309.00.02 Tambores de acero al carbono, recubiertos interiormente con materias plásticas artificiales, con espesor de pared igual o superior a 1.5 mm. Kg

Ex.

Ex.

7309.00.03 Barril...

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