Aviso para dar a conocer el incentivo por compensación de bases en agricultura por contrato para maíz, trigo y sorgo del ciclo agrícola otoño invierno/2013-2014, del componente Incentivos a la Comercialización

EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Agricultura Ganadería Desarrollo Rural Pesca y Alimentación

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. BALTAZAR MANUEL HINOJOSA OCHOA, Director en Jefe de la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA), Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA); con fundamento en los artículos 17, 26 y 35, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 9 y 12, de la Ley de Planeación; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 7, 32 fracciones VI, XIII y XIV, 54, 55, 56, 60, 70, 72, 104, 105, 109, 178, 179, 183, fracción V, 188, 189, 190, fracción II y 191, fracciones II, III, VI, VII y VIII de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable; 75 y 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 175, 176 y 179 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 3 fracciones XI, XX y XXI, 30, 31 fracción IV y 36 del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 2 apartado D, fracción I, 44, 45 párrafos primero y segundo, 46 y octavo transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; 1, fracción I, 2, 3 y 4 fracciones II, V, XLII y LXXXI, 7, 8 numeral 4, inciso b), 9 y 10, 20, 21, 22 numerales 1 al 14, apartados I y II, fracción III y X, 23, 24, 69, 70, 71, 72 primer y segundo párrafo, 74, 77, 79, 80 y sexto transitorio y Anexo I del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO

Que el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de mayo de 2013 tiene contemplado en su cuarta meta nacional "México Próspero", en su "Objetivo 4.10. Construir un sector agropecuario y pesquero productivo que garantice la seguridad alimentaria del país", la Estrategia 4.10.1. orientada a Impulsar la productividad en el sector agroalimentario mediante la inversión en el desarrollo de capital físico, humano y tecnológico, y más específicamente como línea de acción, la de Impulsar una política comercial con enfoque de agronegocios y la planeación del balance de demanda y oferta, para garantizar un abasto oportuno, a precios competitivos, coadyuvando a la seguridad alimentaria, así como la de apoyar la producción y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agropecuarios y pesqueros de las zonas rurales más pobres, generando alternativas para que se incorporen a la economía de manera más productiva;

Que conforme al Decreto que establece el Sistema Nacional para la Cruzada contra el Hambre (SINHAMBRE) publicado el 22 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación, el Gobierno Federal debe garantizar en el corto plazo a la población el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad a través de acciones coordinadas, eficientes y transparentes con alto contenido de participación social. Dichas acciones contribuirán a cumplir uno de los objetivos de SINHAMBRE estipulados en el Artículo Segundo, inciso III, referido a la necesidad de aumentar la producción de alimentos y el ingreso de los campesinos y pequeños productores agrícolas;

Que el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, establece en su Anexo 10, de conformidad con su artículo 3 fracciones XI, XX y XXI, la asignación del gasto para el Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, para el componente, denominado Incentivos a la Comercialización, dentro del Ramo 08, en la Vertiente de Competitividad, del Programa Especial Concurrente para el Desarrollo Rural Sustentable;

Que el Programa Sectorial de Desarrollo Agropecuario, Pesquero y Alimentario 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2013, prevé en el numeral II, parte II.1, el manejo y prevención de riesgos climáticos y de mercado, así como la planeación del balance oferta-demanda, como dos de los pilares de la estrategia integral de elevar la productividad para alcanzar el máximo potencial del sector agropecuario, y para impulsarlos, la instrumentación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados, con el fin de fortalecer con el primer pilar, la cadena productiva y comercial agroalimentaria, dando certidumbre en los mercados y en el ingreso de los productores a través de incentivos a la comercialización de productos agroalimentarios elegibles, buscando con el segundo un crecimiento equilibrado del mercado que permita elevar la producción y productividad para garantizar el abasto a precios accesibles y en condiciones adecuadas de sanidad, cantidad y calidad;

Que en el artículo 8, numeral 4, inciso b) del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Comercialización y Desarrollo de Mercados de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2013, en adelante Reglas de Operación, se determinó como parte del Componente Incentivos a la Comercialización, el concepto de Incentivos a Problemas Específicos de Comercialización, y dentro de éste, los Incentivos por Compensación de Bases en Agricultura por Contrato;

Que las citadas Reglas de Operación establecieron en los Artículos 22, fracción II, subfracción X y 23, para el Componente de referencia, que de acuerdo con la problemática y características del producto elegible, ASERCA dará a conocer mediante Avisos y conforme al tipo de incentivos de que se trate: justificación de la instrumentación del apoyo, población objetivo específica, productos elegibles, volumen, concepto y monto de incentivo, entidades federativas, ciclo agrícola, bases y áreas de influencia logística, porcentajes de apoyo de coberturas y recuperaciones, modalidad de coberturas, fianza de cumplimiento, así como las Ventanillas y las fechas de apertura y cierre para la realización de los trámites, y las disposiciones y requisitos aplicables al concepto de apoyo específico que se instrumente;

Que la Agencia de Servicios a la Comercialización y Desarrollo de Mercados Agropecuarios (ASERCA) en el año 2013, con el propósito de atender la problemática de la comercialización de cosechas excedentarias de maíz, trigo y sorgo, ciclo otoño-invierno 2013/2014 en las diversas regiones del país, así como brindar a los productores la certeza de la venta de sus cosechas a un precio competitivo, publicó en la página electrónica www.infoaserca.gob.mx, los comunicados de apertura de ventanillas y el comunicado de reapertura de ventanillas, así como su modificación, addendum y ampliación al addendum, con el fin de que los interesados en participar en Agricultura por Contrato para la cosecha del ciclo agrícola otoño invierno 2013/2014 acudieran a las Direcciones Regionales de ASERCA para realizar los trámites correspondientes al registro de contratos de compraventa y la adquisición de las coberturas correspondientes;

Que de acuerdo con la metodología a que se refiere el artículo 22, numeral 14 y fracción I de las Reglas de Operación, se realizó el cálculo del incentivo por compensación de bases en agricultura por contrato, obteniendo como resultado, una diferencia positiva en el comparativo entre la Base Zona Consumidora del físico y la Base Estandarizada Zona de Consumo, por lo que los productores que participen en agricultura por contrato del ciclo agrícola otoño invierno 2013-2014, podrán acceder al Incentivo por compensación de bases, a fin de proteger sus ingresos. Por lo que tengo a bien expedir el presente:

AVISO PARA DAR A CONOCER EL INCENTIVO POR COMPENSACIÓN DE BASES EN AGRICULTURA POR CONTRATO PARA MAÍZ, TRIGO Y SORGO DEL CICLO AGRÍCOLA OTOÑO INVIERNO/2013-2014, DEL COMPONENTE INCENTIVOS A LA COMERCIALIZACIÓN

PRIMERO.- Objeto. ASERCA en su carácter de Unidad Responsable, mediante el presente Aviso da a conocer el Incentivo por Compensación de Bases en Agricultura por Contrato para el ciclo agrícola otoño invierno 2013/2014 (OI/2013-2014) (en adelante el Incentivo), en el presente ejercicio fiscal, para las entidades federativas que se indican.

SEGUNDO.- Población Objetivo Específica. Personas físicas o morales, productores agropecuarios de los granos de maíz, trigo y sorgo OI/2013-2014, que participen en Agricultura por Contrato, y hayan firmado contratos de compraventa, registrados y validados por las Direcciones Regionales de ASERCA, conforme a los comunicados de apertura de ventanillas publicadas en la página electrónica www.infoaserca.gob.mx, el 25 y 30 de septiembre y 14 de noviembre de 2013; 30 de enero, 7 de febrero, 6, 26 y 31 de marzo y 8 de abril de 2014, y el comunicado de reapertura de ventanillas, su modificación, addendum y ampliación al addendum, de fechas 8, 17, 22 y 31 de enero de 2014 así como compradores (consumidores y/o comercializadores) que en su caso hayan adelantado al productor el importe equivalente a la compensación de bases.

TERCERO.- Bases y Áreas de Influencia Logística del Incentivo. Las áreas de influencia logística que se dan a conocer en este Aviso, corresponden a las bases señaladas en los comunicados de apertura de ventanillas publicado en la página electrónica de ASERCA, en las fechas citadas en el párrafo anterior, conforme al siguiente cuadro:

Bases y áreas de influencia logística del ciclo agrícola otoño-invierno/2013-2014:

Maíz

Entidad
Federati...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR