Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-76-77 hectárea de riego de uso común e individual, de terrenos del ejido San Pedro y Santa Ursula, Municipio de Texcoco, Edo. de Méx

EmisorSecretaría de la Reforma Agraria

DECRETO por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 1-76-77 hectárea de riego de uso común e individual, de terrenos del ejido San Pedro y Santa Ursula, Municipio de Texcoco, Edo. de Méx.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.

VICENTE FOX QUESADA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 06 1284 de fecha 14 de febrero del 2000, el organismo descentralizado Luz y Fuerza del Centro solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 1-81-27.50 Ha., de terrenos del ejido denominado “SAN PEDRO Y SANTA ÚRSULA”, Municipio de Texcoco del Estado de México, para destinarlos al derecho de vía necesario para la construcción de la línea de transmisión de energía eléctrica de 230 Kv., denominada Texcoco-Chapingo, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción VII y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 12293. Iniciado el procedimiento relativo, de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 1-76-77 Ha., de riego, de la que 0-12-88 Ha., es de uso común y 1-63-89 Ha., de uso individual, resultando afectados los siguientes ejidatarios.

NOMBRE PARCELA SUPERFICIE

No. HA.

  1. - SIXTO ONOFRE HERNÁNDEZ 1 0-39-27

  2. - JOSÉ CARLOS RAMÍREZ ESPINOZA 2 0-22-44

  3. - JUAN BUENDÍA SANTILLÁN 3 0-21-30

  4. - CONCEPCIÓN GODÍNEZ SÁNCHEZ 4 0-21-30

  5. - CLEMENTE MERAZ HERNÁNDEZ 5 0-19-65

  6. - RODRIGO MERAZ APARRADO 6 0-19-21

  7. - REYES MERAZ APARRADO 7 0-20-72

TOTAL 1-63-89 HA.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que terminados los trabajos técnicos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 26 de marzo de 1935, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 de junio de 1935 y ejecutada el 28 de junio de 1935, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido “SAN PEDRO Y SANTA ÚRSULA”, Municipio de Texcoco, Estado de México, una superficie de 160-00-00 Has., para beneficiar a 120 capacitados en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR