Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2- 1993, Para la prevención y control de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana; para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-010-SSA2-2007, Para la prevención y el control del Virus de la Inmunodeficiencia Humana

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EmisorSecretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-010-SSA2-1993, PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA INFECCION POR VIRUS DE LA INMUNODEFICIENCIA HUMANA; PARA QUEDAR COMO PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-010-SSA2-2007, PARA LA PREVENCION Y EL CONTROL DEL VIRUS DE LA INMUNODEFICIENCIA HUMANA.

MAURICIO HERNANDEZ AVILA, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracciones XVII y XVII Bis, 13 Apartado A fracción I, 133 fracción I, 134 fracción XIII; 136 último párrafo, 139 y 140 de la Ley General de Salud; 38, fracciones II, 40 fracciones III y XI, 41, 43, 47 fracción I y 51 de la Ley Federal sobre de Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 8 fracción V, 10 fracciones VII y XVI y 46 fracción XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud; me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación, el Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y control de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana, para quedar como Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-010-SSA2-2007, Para la prevención y el control del Virus de la Inmunodeficiencia Humana.

El presente Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana se publica a efecto de que los interesados dentro de los 60 días naturales contados a partir de su publicación, presenten sus comentarios por escrito ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, sito en Lieja número 7, primer piso, colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, código postal 06696, México, D.F., teléfono y fax 55-53-70-56, correo electrónico mauricio.hernandez@salud.gob.mx

Durante el plazo mencionado, los análisis que sirvieron de base para la elaboración del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana, así como la correspondiente Manifestación de Impacto Regulatorio, estarán a disposición del público en general, en el domicilio del mencionado Comité para su consulta.

CONSIDERANDO

Que el 21 de junio del año 2000, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y control de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana y entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Que la infección producida en los seres humanos por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH) continúa presentado estadísticas en aumento en todo el mundo, fenómeno del que México no es una excepción y por tanto, es un problema de salud pública a nivel mundial.

La infección que en sus inicios fue estigmatizada como exclusiva a un sector determinado por sus preferencias sexuales ha demostrado que las vías de transmisión son más amplias, por lo que están en riesgo todos los sectores sociales independientemente de su edad, posición económica, ideológica, educativa o sexual.

Los principales mecanismos para limitar la extensión de la infección por Virus de la Inmunodeficiencia Humana están en las acciones preventivas, en las cuales, la aportación de la investigación en las Ciencias Médicas ha sido fundamental, para el establecimiento de nuevos métodos de tamizaje, diagnóstico oportuno y tratamientos más eficaces para quienes ya lo padecen, especialmente porque mejoran su calidad de vida y retardan los efectos de la enfermedad.

Que en atención a los anteriores considerandos, se expide el siguiente:

PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-010-SSA2-1993, PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA INFECCION POR VIRUS DE LA INMUNODEFICIENCIA HUMANA, PARA QUEDAR COMO PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-010-SSA2-2007, PARA LA PREVENCION Y EL CONTROL DEL VIRUS DE LA INMUNODEFICIENCIA HUMANA

PREFACIO

En la elaboración de la Modificación a la Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes instituciones públicas y civiles:

Secretaría de Salud

Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud

Dirección General de Promoción de la Salud

Dirección General Adjunta de Epidemiología

Centro Nacional para la Prevención y el Control del VIH/SIDA

Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva

Secretaría de la Defensa Nacional

Secretaría de Gobernación

Instituto Mexicano del Seguro Social

Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado

Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición Salvador Zubirán

Consejo Nacional para la Prevención y el Control del Síndrome de la Inmunodeficiencia Adquirida

Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

Comisión Nacional de Derechos Humanos

Consejo Estatal contra el SIDA de Jalisco

Consejo Estatal contra el SIDA en Oaxaca

Jefatura del Programa Estatal de VIH/SIDA del Estado de Hidalgo

Amigos Contra el SIDA, A.C.

Asociación Mexicana de Servicios Asistenciales en VIH/SIDA, Institución de Asistencia Privada (AMSAVIH, I.A.P.)

Asociación en Pro Apoyo a Servidores, A.C. (APROASE)

Brigada Callejera, A.C.

Centro de Atención Profesional para Personas con SIDA, A.C. (CAPPSIDA)

Comité Humanitario de Esfuerzo Compartido contra El SIDA, A.C. (CHECOOS)

Comité Técnico de Observación y Vigilancia Ciudadana de VIH/SIDA, A.C. (MEXSIDA)

Democracia y Sexualidad, A.C. (DEMYSEX)

Derechohabientes Viviendo con VIH del IMSS (DVVIMSS)

Frente Nacional de Personas Afectadas por el VIH/SIDA, A.C. (FRENPAVIH)

La Casa de la Sal, A.C.

La Manta de México, A.C.

Letra S: SIDA, Salud y Sexualidad, A.C.

Oasis de San Juan de Dios, A.C.

Red de Organismos de la Sociedad Civil con Trabajo en SIDA en Jalisco, A.C.

Salud Integral para la Mujer, A.C. (SIPAM)

Salud, SIDA, Derechos y Libertad, A.C. (SIDELI)

Sistema Nacional de Promoción y Capacitación en Salud Sexual, A.C. (SISEX)

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones y abreviaturas

  5. Generalidades

  6. Medidas de prevención del VIH y promoción de la salud

  7. Medidas de control

  8. Investigación

  9. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

  10. Bibliografía

  11. Observancia de la Norma

  12. Vigencia

  13. Introducción

    En México, como en la mayoría de los países en desarrollo, la distribución desigual de ingresos, la migración de hombres y mujeres, la falta de empleo y de oportunidades de vida, el estigma, la discriminación, la homofobia, la inequidad de género y la falta de educación sexual, entre otros factores, aumentan la vulnerabilidad de la población para contraer el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).

    México es uno de los países que presenta una epidemia concentrada que requiere estrategias para evitar que se generalice.

    Por ello es urgente fortalecer la prevención, atención y control del Virus de Inmunodeficiencia Humana y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida a través de acciones tendientes a desarrollar actitudes favorables para la salud, generar entornos propicios, reforzar la acción comunitaria, reorientar los servicios de salud e impulsar políticas públicas en la materia; así como brindar un servicio de atención integral de las personas con VIH/SIDA, con énfasis en el nivel local que comprenda:

    - Prestar servicios de atención integral de calidad

    - Manejo de riesgos personales;

    - Desarrollo de capacidad y competencia en salud;

    - Participación social para la acción comunitaria;

    - Desarrollo de acciones que combatan el estigma y la discriminación relacionada al VIH/SIDA;

    - Abogacía intra e intersectorial , y

    - Mercadotecnia social en salud

    Lo anterior hace indispensable unificar y establecer criterios de atención integral del Virus de Inmunodeficiencia Humana y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que involucren la prevención, la promoción de la salud y la atención médica, así como combatir los obstáculos que se enfrentan en la lucha contra la pandemia.

    El Sistema Nacional de Salud, conforme a las garantías individuales consagradas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está obligado a proporcionar protección a la salud en materia de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana. Desde el punto de vista epidemiológico y con base en los consensos internacionales, la prevención debe focalizarse, de manera específica, al segmento poblacional en mayor riesgo y vulnerabilidad por sus prácticas y/o contextos como son los hombres que tienen sexo con otros hombres (HSH); trabajadoras y trabajadores del sexo comercial (TSC); usuarios de drogas inyectables (UDI's); personas privadas de su libertad y niños en situación de calle.

    Esta Norma atiende los lineamientos y directrices internacionales emitidos por el Programa Mundial de SIDA de las Naciones Unidas (ONUSIDA), la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS), Centros de Control de Enfermedades de los Estados Unidos de América (CDC) y la Declaración de Compromiso de Alto Nivel de la Asamblea General de Naciones Unidas en sesión especial sobre SIDA (UNGASS).

  14. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 Esta Norma tiene por objeto establecer y actualizar los métodos, principios y criterios de operación de los componentes del Sistema Nacional de Salud, respecto de las actividades relacionadas con la prevención y control, que abarcan la detección, el diagnóstico oportuno, la atención y tratamiento médico de la infección por el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), ya que constituye, por su magnitud y trascendencia, un grave problema de salud pública en México.

    1.2 Las disposiciones de esta Norma son de orden público e interés social y por tanto de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para todas las instituciones y personal...

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