Acuerdo de Coordinación para la ejecución del Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Yucatán

Fecha de disposición21 Junio 2013
Fecha de publicación21 Junio 2013
SecciónSEGUNDA. Organismos Desconcentrados o Descentralizados

ACUERDO de Coordinación para la ejecución del Programa de Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas, que celebran la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas y el Estado de Yucatán.

ACUERDO DE COORDINACION PARA LA EJECUCION DEL PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA BASICA PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UN LADO LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARA "LA COMISION", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR DIANA MERCEDES CANTO MORENO, EN SU CARACTER DE DELEGADA ESTATAL EN YUCATAN Y POR EL OTRO EL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA "EL GOBIERNO DEL ESTADO", A TRAVES DE LA SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO DE YUCATAN, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL LICENCIADO NERIO JOSE TORRES ARCILA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARA "LA EJECUTORA", MISMAS QUE CUANDO ACTUEN DE MANERA CONJUNTA SE LES NOMBRARA "LAS PARTES"; ANTE LA PRESENCIA COMO TESTIGOS DE HONOR DE LA L.C. NUVIA MAGDALENA MAYORGA DELGADO, DIRECTORA GENERAL DE "LA COMISION" Y DEL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE YUCATAN LIC. ROLANDO RODRIGO ZAPATA BELLO. DOCUMENTO QUE MODIFICA LOS ACUERDOS DE COORDINACION FIRMADOS POR "LAS PARTES" EN LAS MODALIDADES DE REGIONES INDIGENAS Y PROYECTOS ESTRATEGICOS DE FECHAS 4 DE ENERO DE 2013 Y QUE SUSCRIBEN AL TENOR DE LOS SIGUIENTES:

ANTECEDENTES

  1. Con fecha 4 de enero de 2013 "LAS PARTES" suscribieron los acuerdos de coordinación para la ejecución del Programa Infraestructura Básica para la Atención de los Pueblos Indígenas, en las modalidades de Regiones Indígenas y Proyectos Estratégicos, con el objeto de realizar la ejecución de obras de "EL PROGRAMA" con "EL GOBIERNO DEL ESTADO" de Yucatán, por un importe total de $18'908,693.12 (dieciocho millones novecientos ocho mil seiscientos noventa y tres pesos 12/100 moneda nacional) y de $160'373,881.66 (ciento sesenta millones trescientos setenta y tres mil ochocientos ochenta y un pesos 66/100 moneda nacional), respectivamente.

  2. El día 27 de febrero de 2013, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo de Modificación a las Reglas de Operación de "EL PROGRAMA" para el ejercicio fiscal 2013, en lo sucesivo "LAS REGLAS DE OPERACION", modificaciones dentro de las cuales se incluye la desaparición de modalidades de "EL PROGRAMA", situación que motiva la suscripción del presente instrumento.

  3. El Artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su Apartado B, establece la obligación para la Federación, los Estados y los Municipios, de impulsar el desarrollo integral de las zonas indígenas con el propósito de fortalecer las economías locales y mejorar las condiciones de vida de sus pueblos, mediante acciones coordinadas entre los tres órdenes de gobierno.

  4. La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Yucatán, señala que el Estado garantizará. Protegerá y promoverá el desarrollo social, económico, político y cultural del pueblo maya.

  5. El Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2012, establece en su artículo 29 que los programas que deberán sujetarse a reglas de operación son aquellos enunciados dentro de su anexo 24, considerándose dentro de ese documento a los Programas de "LA COMISION".

  6. El artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con objeto de asegurar la aplicación eficaz, eficiente, oportuna, equitativa y transparente de los recursos públicos, entre los que se encuentran los de "EL PROGRAMA", deberán sujetarse a reglas de operación que establezcan los requisitos, criterios e indicadores que lo regulen.

  7. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen como objetivo general: "Contribuir a que los habitantes de las localidades indígenas elegibles superen el aislamiento y dispongan de bienes y servicios básicos, mediante la construcción de obras de infraestructura básica".

  8. Que "LAS REGLAS DE OPERACION" establecen en su punto 3.1.1.1. que para una mejor planeación e integración de la Cartera de Obras, los Gobiernos de los Estados integrarán y presentarán durante el último trimestre del año, una propuesta de obras a desarrollar durante el año siguiente, a fin de que en forma conjunta con la Dirección General de Infraestructura, la Delegación de "LA COMISION" y las instancias normativas federales se analice su factibilidad de ejecución, para que en caso de que sea positivo, se integre el proyecto ejecutivo, se revise y valide técnicamente y se conforme la posible lista de obras a concertar.

  9. Que a la fecha "LAS PARTES" han revisado y aprobado la cartera de obras a realizarse y ejecutarse durante el 2013 con recursos presupuestales de dicho ejercicio fiscal, por lo que a efecto de contribuir a un ejercicio eficiente y oportuno del gasto público, en particular, tratándose de inversión en infraestructura es que "LAS PARTES" han decidido suscribir el presente instrumento.

  10. De conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION" para la ejecución de "EL PROGRAMA" existe la necesidad de celebrar un Acuerdo de Coordinación con los gobiernos de los estados para la aplicación de los recursos.

  11. "LAS REGLAS DE OPERACION" de "EL PROGRAMA" establecen la constitución de un Comité de Regulación y Seguimiento, en lo sucesivo "EL CORESE" como la instancia colegiada de coordinación institucional creada con el propósito de garantizar el cumplimiento de los compromisos adquiridos entre "LAS PARTES" en el marco de "EL PROGRAMA", establecidos en los Acuerdos de Coordinación.

    DECLARACIONES

  12. De "LA COMISION":

    I.1. Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica, con patrimonio propio, con autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa, de conformidad con su Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 21 de mayo de 2003.

    I.2. Que tiene como objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas y tiene facultades para establecer acuerdos y convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, con la participación que corresponda a sus municipios, para llevar programas, proyectos y acciones conjuntas a favor de los pueblos y comunidades indígenas.

    I.3. Que Diana Mercedes Canto Moreno, Delegada Estatal en Yucatán, cuenta con las facultades suficientes para suscribir el presente Acuerdo de Coordinación, de conformidad con el artículo 25 fracción VIII del Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, así como el Poder otorgado ante el licenciado José Ignacio Sentíes Laborde, Notario Público número 104, del Distrito Federal, mediante Escritura Pública número 82499 de fecha 3 de septiembre de 2007.

    I.4. Que su domicilio legal es el ubicado en el predio número 389 planta alta de la Calle 72 (avenida Reforma) por 37 de la colonia García Ginerés de Mérida, Yucatán, código postal 97100.

    I.5. Que la Dirección General de Programación y Presupuesto "B" de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio número 307-A.- 0043 y su anexo de fecha 11 de enero de 2013, le comunicó el monto de las asignaciones que le fueron autorizadas en el Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2013.

  13. De "EL GOBIERNO DEL ESTADO":

    II.1 Que con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 12 y 44 de la Constitución Política del Estado de Yucatán, es un Estado Libre y Soberano que forma parte integrante de la Federación, cuyo Poder Ejecutivo lo ejerce el Gobierno del Estado.

    II.2 Que la Secretaría de Desarrollo Social, como entidad responsable de la ejecución de "EL PROGRAMA" es una dependencia centralizada de la Administración Pública Estatal, de conformidad con los artículos 2, 3 y 22 fracción VIII del Código de la Administración Pública de Yucatán y 4 del Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán, y que le corresponde el despacho, entre otros asuntos, el de conducir la política social del Estado e integrar la coordinación a nivel sectorial en materia de desarrollo social, conjuntamente con los niveles del Gobierno Federal y Municipal; así como promover y acordar las acciones y programas de desarrollo social en el Estado en materia de salud, educación, vivienda, infraestructura social básica; atención a grupos vulnerables, entre otros aspectos relacionados con la superación del rezago social, de conformidad con la fracción I del artículo 37 del Código de Administración Pública de Yucatán.

    II.3 Que el Licenciado Nerio José Torres Arcila, en su carácter de Secretario de Desarrollo Social, se encuentra facultado para suscribir el presente Convenio, en los términos de los artículos 24 y 27 fracción IV del Código de Administración Pública del Estado de Yucatán, así como del Decreto 07 publicado en el Diario Oficial del Estado número 32249, de fecha 5 de diciembre de 2012; 5, 11 Apartado B, fracciones III, VI, XI y XIV y 145 fracciones I, II, IV, VII y IX del Reglamento del Código de Administración Pública de Yucatán, así como de su designación por parte del Gobernador del Estado.

    II.4 Que en coordinación con la Delegación Estatal en Yucatán de "LA COMISION" estableció la prioridad de las obras a realizar, objeto del presente instrumento, de conformidad con "LAS REGLAS DE OPERACION", asimismo...

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